Por Resolución de 4 de marzo de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" del 21) del Secretario de Estado de Universidades, Investigación y Desarrollo, se convocan acciones para la Incorporación de Doctores y Tecnólogos a grupos de investigación en España, estableciendo en su punto 8.1 que la resolución correspondiente a las solicitudes presentadas durante el mes de junio, se produciría en el mes de diciembre.
Del mismo modo, las Resoluciones de 16 de julio de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" del 29) y de 24 de octubre de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" de 12 de noviembre), de la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación y Desarrollo, incluía en sus Anexos IV y III, respectivamente, la relación de candidatos cuya solicitud quedaba pendiente por no haber sido aún definitivamente aprobados los proyectos de investigación a los que solicitaban adscribirse, o por requerir la presentación de documentación complementaria. Una vez solventadas estas circunstancias en algunos de estos casos, se ha considerado conveniente resolver acerca de los mismos, así como corregir los errores padecidos en la mencionada Resolución de 24 de octubre.
En consecuencia, examinada la propuesta de la Comisión de Selección basada en la evaluación científica de las solicitudes de los candidatos, así como en los informes de interés de los organismos avalantes, he acordado:
Primero.-Conceder subvenciones a los organismos incluidos en el anexo I, destinadas a financiar la contratación de los doctores que se relacionan, en los proyectos que se indican, por el número de meses y dentro del período señalado en cada caso.
Segundo.-Denegar las solicitudes de los candidatos relacionados en el anexo II por no haber alcanzando la priorización necesaria impuesta por la concurrencia competitiva o por incumplimiento de las condiciones exigidas en la convocatoria.
Tercero.-Posponer a una Resolución posterior la decisión sobre los candidatos relacionados en el anexo III, por estar pendiente la presentación de documentación adicional.
Cuarto.-La cuantía total de las subvenciones se calcula en función del número de mensualidades concedidas, hasta un máximo de 12 por año, sobre la base de un coste total anual financiado para cada contrato de 4.450.000 pesetas, incluyendo la cuota patronal de las prestaciones sociales.
La contratación deberá formalizase en el plazo máximo de tres meses, a partir de la fecha de inicio señalada para cada subvención concedida.
Quinto.-Las entidades receptoras de estas subvenciones están obligadas a establecer con la Dirección General de Enseñanza Superior el Convenio previsto en el punto 5.1 de la Resolución de convocatoria. Si este Convenio ya existiera previamente, las entidades deberán actualizarlo en el anexo pertinente.
Sexto.-Las entidades colaboradoras deberán notificar a la Dirección General de Enseñanza Superior la formalización de los contratos que se suscriban al amparo de la presente Resolución, en las setenta y dos horas siguientes a que ésta se produzca.
Séptimo.-El gasto del programa será imputado al crédito 18.07.781 del programa 541A Investigación Técnica.
El compromiso de gasto sobre ejercicios futuros queda condicionado a la aprobación de los créditos correspondientes en los Presupuestos Generales del Estado.
Octavo.-Los organismos perceptores de subvenciones presentarán certificación que acredite que sus importes se han incorporado a su contabilidad en el plazo de tres meses a contar desde su percibo.
Las subvenciones quedarán afectas a los fines para los que se otorgan. De su correcta utilización responderán los organismos perceptores, dentro de los tres meses siguientes a la terminación de sus acciones, de la siguiente forma:
Con certificación que la acredite, los organismos sujetos a fiscalización por el Tribunal de Cuentas.
Con justificantes originales, los no sujetos a esa fiscalización.
Noveno.-Se corrigen los errores de transcripción de datos padecidos en la Resolución de 24 de octubre de 1997, en el sentido siguiente:
Organismo: Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
Candidata a contratar: Alcalá González, María Dolores.
Donde dice:
Número de meses a contratar: Trece.
Intervalo de contratación: 1 de junio de 1998 a 30 de junio de 1999.
Debe decir:
Número máximo de meses a contratar: Diecisiete.
Intervalo de contratación: 1 de febrero de 1998 a 30 de junio de 1999.
Organismo: Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
Candidato a contratar: Bahamonde Santos, Ana María.
Donde dice:
Número máximo de meses a contratar: Dieciocho.
Intervalo de contratación: 1 de enero de 1998 a 30 de junio de 1999.
Debe decir:
Número máximo de meses a contratar: Veintiuno.
Intervalo de contratación: 1 de enero de 1998 a 30 de septiembre de 1999.
Organismo: Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
Candidato a contratar: Yebra Yebra, María Jesús.
Donde dice:
Referencia proyecto: BIO4-CT96-0535.
Investigador: Ramón Vidal, Daniel. Número máximo de meses a contratar: Veinticuatro.
Intervalo de contratación: 1 de noviembre de 1997 a 30 de noviembre de 1999.
Debe decir:
Referencia proyecto: BIO4-CT-96-0380.
Investigador: Pérez Martínez, Gaspar.
Número máximo de meses a contratar: Veintitrés.
Intervalo de contratación: 1 de enero de 1998 a 30 de noviembre de 1999.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, que establece el artículo 58.1 de la Ley de 27 de diciembre de 1956, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, previa comunicación a que se refiere el artículo 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según dispone la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en su artículo 57.2 f).
Madrid, 17 de diciembre de 1997.-El Secretario de Estado, Manuel Jesús González González.
Ilmo. Sr. Director General de Enseñanza Superior.
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