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Documento BOE-A-1998-5282

Orden de 10 de febrero de 1998 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia, dictada en fecha 25 de noviembre de 1997 por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo 5/2.416/1995, interpuesto por doña Arantzazu Melania Caño Gómez y otros.

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 4 de marzo de 1998, páginas 7532 a 7532 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1998-5282

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 5/2.416/1995, interpuesto por la representación legal de doña Arántzazu Melania Caño Gómez y otros, contra la Orden de 2 de agosto de 1995, por la que se aprueba la convocatoria específica de prueba selectiva 1995 para acceder en 1996 a la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria, se ha dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Quinta), con fecha 25 de noviembre de 1997, sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de doña Arántzazu Melania Caño Gómez, doña Ester Ferrer Alcaraz, doña María Amparo Arlandis Navarro y don Francisco Javier Pascual Ballesteros, contra la Orden de 2 de agosto de 1995, por la que se aprueba la convocatoria específica de prueba selectiva 1995 para acceder en 1996 a la especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria, debemos declarar y declaramos que la Orden impugnada es conforme a Derecho, sin hacer expresa imposición de costas."

En su virtud, este Ministerio, conforme a lo prevenido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Madrid, 10 de febrero de 1998.-P. D. (Orden de 1 de octubre de 1993), el Subsecretario, Juan Junquera González.

Ilmos. Sres. Subsecretarios de Educación y Cultura, de Sanidad y Consumo y del Departamento.

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