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Documento BOE-A-1998-5451

Resolución de 12 de febrero de 1998, de la Universidad de La Rioja, por la que se convoca concurso-oposición libre para la provisión de dos puestos vacantes de personal laboral del grupo I.

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 6 de marzo de 1998, páginas 7806 a 7811 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1998-5451

TEXTO ORIGINAL

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

Esta convocatoria se somete a lo previsto en los títulos I y II del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la Administración del Estado, al Convenio Colectivo para el personal laboral de Universidades ("Boletín Oficial del Estado" de 6 de octubre de 1990), y a las normas de la presente convocatoria.

2. Número y características de las plazas

2.1 Número.-Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por personal laboral de nuevo ingreso, dos plazas en las siguientes categorías:

Un Titulado superior, grupo I (Responsable del Gabinete de Comunicación y Prensa).

Un Titulado superior, grupo I (Jefe de la Unidad de Actividades Deportivas).

2.2 Características:

2.2.1 Las plazas convocadas tienen asignadas las retribuciones establecidas en el Convenio Colectivo para el personal laboral de Universidades estatales, en la categoría profesional correspondiente. 2.2.2 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, en materia de incompatibilidades para el personal al servicio de las Administraciones Públicas.

3. Requisitos de los aspirantes

3.1 Para ser admitido a las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que en virtud de tratados internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa.

c) Poseer el título universitario de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto. En el caso de titulaciones extranjeras deberá acreditarse la correspondiente homologación por el Ministerio de Educación y Cultura.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que impida el ejercicio de las funciones propias de la plaza objeto de esta convocatoria.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones. En caso de los nacionales de un Estado de los detallados anteriormente, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

3.2 Los requisitos establecidos deberán cumplirse el último día de plazo de presentación de solicitudes.

4. Solicitudes y documentación

4.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada gratuitamente en la Oficina Única de Información de la Universidad de La Rioja [avenida de la Paz, número 93, 26004 Logroño, teléfono (941) 29 91 50]. Se presentará una solicitud por cada puesto en que se desee participar.

4.2 Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo señor Rector magnífico de la Universidad de La Rioja en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al del anuncio de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

4.3 La presentación de solicitudes podrá realizarse en el Registro General de la Universidad de La Rioja (avenida de la Paz, número 93, 26004 Logroño), o mediante las formas que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A cada instancia se acompañará necesariamente:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Justificante de haber abonado los derechos de examen.

c) Fotocopia compulsada de la titulación académica.

4.4 Los derechos de examen serán de 3.000 pesetas para cada puesto en que se desee participar y se ingresarán en la siguiente cuenta corriente del Banco Santander a nombre de la Universidad de La Rioja (CCC 0085-0510-40-0000050219).

En la solicitud deberá figurar el sello de la oficina bancaria acreditativo del pago de los derechos, o, ir acompañada del resguardo acreditativo de transferencia, cuya falta determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en esta convocatoria.

4.5 Los aspirantes que padezcan alguna minusvalía podrán indicarlo en el recuadro número 7 de la instancia y solicitar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea necesaria, expresándolo en el recuadro número 9 de la solicitud. Dicha adaptación deberá notificarse personalmente en la Sección de Personal de la Universidad con quince días de antelación a la realización del primer ejercicio.

5. Admisión de los aspirantes

5.1 En el plazo máximo de quince días, a partir de la fecha de terminación del plazo previsto para la presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad dictará resolución, que se publicará en el tablón de anuncios de la Oficina Única de Información de la Universidad, en la que además de declarar aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha de comienzo del primer ejercicio, así como la relación de los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión.

5.2 Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la citada resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, caso de que sea subsanable.

La resolución que apruebe definitivamente los admitidos pondrá fin a la vía administrativa y, en consecuencia, los aspirantes definitivamente excluidos podrán formular recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la citada resolución.

5.3 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización de las pruebas selectivas.

6. Sistema de selección

6.1 El procedimiento de selección de los aspirantes será el concurso-oposición:

a) En la fase de concurso, los méritos se valorarán de acuerdo con el baremo que figura en el anexo I a estas bases.

b) La fase de oposición constará de los ejercicios que se indican en el anexo I a estas bases, siendo eliminatorios cada uno de ellos.

7. Calendario y desarrollo de los ejercicios

7.1 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a partir del 15 de abril de 1998, publicándose en la misma resolución a la que se refiere la base 5.1, el lugar, fecha y hora de su celebración.

7.2 El anuncio de celebración del segundo o posteriores ejercicios se efectuará al hacer pública la relación de aprobados del anterior ejercicio en los locales donde se haya celebrado éste, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación del mismo.

7.3 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra "Z", de conformidad con lo previsto en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 9 de abril de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" del 12).

7.4 El tribunal podrá requerir en cualquier momento a los candidatos que acrediten su identidad mediante presentación del documento nacional de identidad, pasaporte o documento similar.

7.5 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

7.6 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes. El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor.

7.7 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes aprobados deberán presentar en el plazo que se determine por el Tribunal, que no podrá ser inferior a cinco días hábiles, la relación de los méritos a valorar en la fase de concurso, acompañada de las correspondientes acreditaciones documentales. El tiempo de servicios prestados deberá acreditarse mediante certificación expedida por el organismo correspondiente.

7.8 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad.

8. Valoración de méritos y calificación de los ejercicios

8.1 Fase de concurso: En esta fase se valorarán los méritos profesionales de los aspirantes. Dicha valoración se efectuará aplicando el baremo de méritos que figura como anexo I de esta convocatoria.

8.2 Fase de oposición: Esta fase se desarrollará de acuerdo con lo especificado en el anexo I.

8.2.1 La calificación de los ejercicios de la fase de oposición, se especifica en el anexo I.

8.3 Para aprobar las pruebas selectivas será necesario superar los ejercicios de la fase de oposición y encontrarse, una vez sumadas las puntuaciones de la fase de oposición y la fase de concurso, en un número de orden no superior al número de plazas convocadas. Los puntos de la fase de concurso no podrán, en ningún caso, ser aplicados para superar el ejercicio o ejercicios de la fase de oposición.

8.4 La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso.

8.5 En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.

9. Tribunal calificador

9.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura en el anexo IV de estas bases.

9.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias previstas en dichos artículos.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran alguna de dichas circunstancias.

9.3 Cambio en la composición: Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará resolución por la que se nombra a los nuevos miembros del Tribunal que han de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 9.2.

9.4 Constitución: Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal, con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

9.5 Actuaciones: Durante el desarrollo de las pruebas selectivas, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como los que deba hacerse en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

9.6 Asesores: El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

9.7 Adaptaciones para minusvalías: El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes.

En este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en la base 4.5 las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

9.8 Sede: A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Gerencia de la Universidad de La Rioja, avenida de la Paz, número 93, 26004 Logroño.

9.9 Categoría: Con arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 19), el Tribunal tendrá la categoría primera.

10. Relación de aprobados

10.1 El Tribunal hará pública la relación de aprobados en el mismo lugar donde se realizaron los ejercicios y en el tablón de anuncios de la Oficina Única de Información de la Universidad.

10.2 Una vez efectuada la calificación final de los aspirantes, el Tribunal elevará al Rector la relación de aprobados por orden de puntuación, con indicación de su documento nacional de identidad, no pudiendo rebasar aquélla el número de plazas convocadas por la presente Resolución. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

10.3 Junto a la calificación final, deberán constar, además, las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la fase de oposición.

11. Presentación de documentos

11.1 El aspirante que figure en la relación de aprobados, para su contratación como personal laboral fijo, presentará en el Registro General de esta Universidad, dentro de los veinte días naturales desde la publicación de las relaciones definitivas de aprobados, los siguientes documentos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad o acreditación equivalente.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas que imposibiliten para el ejercicio de las funciones de su categoría.

d) Los aspirantes aprobados con minusvalía deberán presentar, asimismo, certificado del órgano competente del Ministerio de Asuntos Sociales, acreditativo del grado de minusvalía y de la adecuación para el desempeño de las tareas y funciones correspondientes al puesto de trabajo.

11.2 Quienes dentro del plazo indicado y salvo causas de fuerza mayor, no presentasen la referida documentación, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones.

11.3 Quienes ya pertenecieran a cualquiera de las Administraciones Públicas como funcionarios de carrera o personal laboral fijo, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u organismo del que dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

12. Formalización de los contratos

12.1 El órgano competente procederá a la formalización de los contratos. Hasta tanto se formalicen los contratos y se incorporen a su puesto los aspirantes no tendrán derecho a percepción económica alguna.

12.2 Se establecerá un período de prueba de tres meses.

12.3 Durante el período de prueba el trabajador tendrá los mismos derechos y obligaciones que el fijo de su misma categoría profesional, pudiendo cada una de las partes rescindir en cualquier momento la relación laboral, sin plazo de preaviso ni derecho a indemnización. Transcurrido el período de prueba, el trabajador será fijo, computándose a todos los efectos este período.

12.4 La incapacidad temporal interrumpirá el período de prueba.

13. Norma final

La convocatoria y sus bases, así como cuantos actos administrativos se deriven de ellas y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados en el plazo y forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Logroño, 12 de febrero de 1998.-El Rector, Urbano Espinosa Ruiz.

ANEXO I

A) Fase de concurso

Baremo

a) Antigüedad: 0,5 puntos por año completo de servicio o fracción superior a seis meses en Universidades, hasta un máximo de 1,5 puntos.

b) Méritos académicos: 0,2 puntos por cada curso realizado en la Universidad o centros públicos que tengan total relación con las tareas, funciones y responsabilidades del puesto objeto de convocatoria, hasta un máximo de 2 puntos.

c) Méritos profesionales: 1 punto por cada año completo o fracción superior a seis meses trabajado en Universidades o centros públicos en puestos de tareas similares a las del puesto convocado hasta un máximo de 4 puntos.

B) Fase de oposición

Responsable del Gabinete de Comunicación y Prensa

Primer ejercicio: Constará de dos partes a realizar en una misma sesión:

a) Contestar por escrito a una serie de preguntas con respuestas cortas relacionadas con el temario de la convocatoria.

b) Desarrollar por escrito un supuesto práctico relacionado con la especialidad de la plaza convocada.

Cada parte será valorada de 0 a 5 puntos, siendo necesario para superar esta prueba obtener al menos una calificación de 2,5 puntos en cada una de las partes.

El tiempo para la realización de este ejercicio no será superior a tres horas.

Segundo ejercicio: Aplicación práctica de conocimientos de herramientas informáticas para la creación de publicaciones en soporte electrónico o en soporte papel.

El tiempo para su realización no será superior a una hora.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener al menos una calificación de 5 puntos.

Tercer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito dos temas, elegidos por los opositores de entre tres propuestos por el Tribunal, relacionados con la materia del programa que figura como anexo III a la presente convocatoria.

El tiempo para la realización no podrá ser superior a cuatro horas.

Esta prueba será leída por cada uno de los aspirantes ante el Tribunal en sesión pública. En este ejercicio se valorarán la profundidad y amplitud de los conocimientos específicos así como la claridad y el orden de las ideas y su expresión escrita.

Este ejercicio será valorado de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener al menos una calificación de 5 puntos.

Jefe de la Unidad de Actividades Deportivas

Primer ejercicio: Constará de dos partes a realizar en una misma sesión:

a) Contestar por escrito a una serie de preguntas con respuestas cortas relacionadas con el temario de la convocatoria.

b) Desarrollar por escrito un supuesto práctico relacionado con la especialidad de la plaza convocada.

Cada parte será valorada de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superar esta prueba obtener al menos una calificación de 5 puntos en cada una de las partes.

El tiempo para la realización de este ejercicio no será superior a tres horas.

Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar dos temas, elegidos por los opositores de entre tres propuestos por el Tribunal, relacionados con la materia del programa que figura como anexo III a la presente convocatoria.

El tiempo para la realización no podrá ser superior a cuatro horas.

Esta prueba será leída por cada uno de los aspirantes ante el Tribunal en sesión pública. En este ejercicio se valorarán la profundidad y amplitud de los conocimientos específicos así como la claridad y el orden de las ideas y su expresión escrita.

Este ejercicio será valorado de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener al menos una calificación de 5 puntos.

ANEXO II

Funciones de los puestos convocados

Responsable del Gabinete de Comunicación y Prensa (grupo I)

Gestión de las relaciones de la Universidad de La Rioja con los medios de comunicación. Organización de eventos informativos que acompañan a la vida universitaria y elaboración de comunicados informativos sobre temas de actualidad en la Universidad de La Rioja.

Redacción de la documentación informativa de la institución.

Asesoría general en materia de comunicación a los responsables de las diversas áreas de la Universidad. Elaboración de la revista de prensa de la institución y del archivo informativo.

Elaboración de las publicaciones informativas de la Universidad de La Rioja.

Participación en la elaboración de las publicaciones institucionales.

Gestión de la publicidad de la institución.

Gestión de los trabajos audiovisuales y de fotografía de la institución.

Responsabilidad sobre la identidad visual de la Universidad de La Rioja.

Elaboración de las noticias del servidor "web" de la Universidad de La Rioja, así como de la agenda de actividades. Responsabilidad sobre su manual de estilo.

Gestión del plan de comunicación de la Universidad de La Rioja, en cuya elaboración participa el Gabinete de Comunicación.

Jefe de la Unidad de Actividades Deportivas (grupo I)

Dirigir, coordinar, organizar y supervisar el Servicio de Actividades Deportivas, siendo el responsable de su funcionamiento general.

Realizar la dirección, seguimiento, control y evaluación del plan de actuación y Memoria anual.

Estudiar y realizar las gestiones necesarias para la consecución de acuerdos con otras instituciones, tanto públicas como privadas, que favorezcan el fomento de la actividad físico-deportiva en la Universidad.

Recopilar, interpretar, actualizar y, en su caso, comunicar a la comunidad universitaria las disposiciones legales, normas y todas aquellas informaciones relacionadas con las materias de su área.

Recopilar la información sobre ayudas y fondos oficiales para los planes de desarrollo deportivo universitario.

Estudiar, seleccionar y determinar relaciones con entidades públicas y privadas parar la consecución de acuerdos que favorezcan la continuidad, funcionalidad y buena marcha de los programas de actividades del servicio.

Difundir la oferta deportiva de la Universidad.

ANEXO III

Programa

Responsable del Gabinete de Comunicación y Prensa

1. La comunicación humana y la comunicación colectiva. Aspectos y elementos del acto de comunicación.

2. Orígenes y desarrollo de la comunicación colectiva. Las ciencias de la comunicación y la difusión.

3. Proceso de la comunicación colectiva. Elementos y fases. Elementos objetivos y elementos subjetivos.

4. Sistemas de comunicación colectiva. Tipologías. Regímenes autoritarios y democráticos.

5. Los medios de comunicación. La estructura informativa en España y en el mundo. Prensa diaria y no diaria. Radio y televisión. Los nuevos medios.

6. El lenguaje periodístico. Características y finalidad. El lenguaje publicitario. El lenguaje político.

7. La retórica en la comunicación. Fundamentos.

8. Los géneros del periodismo escrito: Información, crónica, reportaje, entrevista, etc.

9. La opinión pública. Historia. Procesos psicosociológicos de formación de la opinión pública.

10. La propaganda y la opinión pública. Naturaleza, tipos y efectos de la propaganda. Evolución histórica.

11. La publicidad. Naturaleza y características. Creación del mensaje publicitario. Los medios publicitarios en España. Regulación legal de la publicidad en España.

12. Documentación informativa. Concepto y funciones. Historia de la documentación informativa.

13. Los gabinetes de comunicación. Funciones, organización e historia.

14. La comunicación de las organizaciones. Historia, naturaleza y concepto de la comunicación institucional. Ámbitos y formas de la comunicación institucional.

15. La identidad institucional. Concepto y relevancia. El estilo corporativo. Clases de identidad institucional.

16. La imagen institucional. Concepto y relevancia. Formación de la imagen institucional.

17. El manual de imagen institucional. Concepción e implantación del manual de imagen.

18. La imagen institucional en las Universidades españolas.

19. Definición de los públicos-objetivo en la comunicación desarrollada por las instituciones universitarias. Sectores destinatarios de la información generada por la Universidad. Caracterización.

20. La evolución del concepto de marketing aplicado a las Universidades.

21. El proceso de comunicación de la Universidad con sus públicos. Planificación y elementos del proceso.

22. Las relaciones públicas en las instituciones universitarias. Herramientas y estrategia.

23. Las publicaciones institucionales en la Universidad. El desarrollo de un periódico universitario.

24. La comunicación y la atracción de recursos para la Universidad.

25. La comunicación aplicada a la captación y a la fidelización de los alumnos universitarios.

26. Las relaciones de las Universidades con los medios informativos. Objetivos, estrategia y recursos empleados.

27. Composición, maquetación y edición de publicaciones. Función del diseño gráfico en los medios impresos.

28. La comunicación audiovisual en las Universidades. Características de la producción audiovisual. Técnicas y formas de la comunicación audiovisual. Marco jurídico y deontológico.

29. La comunicación interna. La auditoría de comunicación interna. El plan de comunicación interna y los recursos para su aplicación.

30. La comunicación de crisis. Tipología. Identificación de riesgos y concepción del plan preventivo. Gestión y control de la crisis.

31. El patrocinio como estrategia de comunicación. El mecenazgo.

32. El protocolo universitario. El espíritu ceremonial universitario.

33. El protocolo en los actos universitarios. Precedencia y disposición de autoridades en actos universitarios. Actos históricos. Actos patronales.

34. El protocolo universitario en congresos y exposiciones. Soporte informático en la preparación de actos universitarios.

35. El periodismo científico. Concepto. Las fuentes del periodismo científico. La divulgación de la ciencia.

36. Los géneros informativos y el periodismo científico. Los medios tradicionales y los nuevos medios, al servicio de la difusión de la ciencia.

37. El periodismo de precisión.

38. El periodismo electrónico. Los medios de comunicación en soporte digital.

39. Las tecnologías de la información y de la comunicación en las Universidades españolas.

40. La aplicación de las nuevas tecnologías a la comunicación en las Universidades. Internet e intranet. Listas de correo. Correo electrónico. Foros de discusión. "Word wide web".

41. Naturaleza de los servidores "web": Estructura. Administración de un sistema de información y servicios. La comunicación universitaria "on-line".

42. La edición de páginas "web". El lenguaje "html".

43. Normas de diseño de páginas "web". El manual de estilo. 44. Derecho de la información. Implicaciones jurídicas del hecho informativo.

45. Derecho de la información. Evolución histórica. Facultades jurídicas que lo integran.

46. Deontología informativa. El autocontrol.

47. Coordinación del derecho a la información con el resto de derechos humanos. Derecho de autor, derecho a la vida, derecho al honor, a la intimidad, a la vida privada, a la propia imagen.

48. La Ley de Reforma Universitaria.

49. El Consejo de Universidades. El estudio en la Universidad.

50. Clases y régimen jurídico del profesorado universitario.

51. Clases y régimen jurídico del personal de Administración y Servicios.

52. El Consejo Social de la Universidad de La Rioja.

53. La Universidad de La Rioja; creación, período constituyente y estructura.

54. Convenio Colectivo para el personal laboral de las Universidades.

55. Los Estatutos de la Universidad de La Rioja.

56. Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Jefe de la Unidad de Actividades Deportivas

1. La política deportiva en España.

2. La Ley del Deporte de 1990.

3. Organización administrativa deportiva del Estado.

4. Administración deportiva de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales.

5. Marco competencial y articulación del deporte universitario.

6. El deporte universitario y su integración en los sistemas deportivos de las Comunidades Autónomas, con referencia especial a la Comunidad Autónoma de La Rioja.

7. Estructura y organización del deporte en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

8. Normativa deportiva de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

9. El modelo deportivo de la Universidad de La Rioja. Principios básicos y oferta deportiva.

10. La planificación en el ámbito deportivo: Plan estratégico.

11. Análisis estratégico de una organización deportiva.

12. Áreas de gestión y funciones generales del servicio de actividades deportivas en la Universidad.

13. La gestión de los recursos humanos de una organización deportiva.

14. Selección de objetivos y estrategias para una entidad deportiva.

15. El tratamiento de los recursos económico-financieros de una organización deportiva.

16. La gestión de los programas deportivos: Concepto, construcción y funcionamiento.

17. Implantación de los principios básicos de calidad en el servicio de actividades deportivas.

18. Los procedimientos de gestión informatizada en los servicios deportivos.

19. La planificación operativa en una unidad de gestión de una organización deportiva.

20. El marketing en los servicios deportivos.

21. El control en la dirección estratégica de una organización deportiva.

22. La organización de acontecimientos y espectáculos deportivos.

23. Responsabilidad y medidas de seguridad en la gestión de servicios deportivos.

24. La prevención del mantenimiento de las instalaciones deportivas.

25. La gestión económica del mantenimiento de instalaciones deportivas.

26. Planes de mantenimiento de las instalaciones deportivas.

27. Principios de planificación de los equipamientos deportivos.

28. Gestión de los espacios y del material deportivo de las instalaciones deportivas.

29. El deporte de alto nivel en el ámbito estatal y de las Comunidades Autónomas.

30. Programas de ayuda a deportistas de alto nivel y alto rendimiento en el ámbito universitario.

31. Las competiciones oficiales de carácter autonómico, nacional e internacional.

32. Programas nacionales de promoción del deporte universitario.

33. Concertación de proyectos para la promoción del deporte universitario.

34. El deporte de competición universitario.

35. Las actividades físicas de tiempo libre y su práctica en el ámbito universitario.

36. Acción del Consejo de Europa en materia de deporte.

37. El deporte y las Comunidades Europeas.

38. El deporte en las Universidades españolas: Organización y niveles de práctica.

39. El patrocinio publicitario en el deporte: Regulación jurídica y gestión.

40. Contratos de suministros, consultoría y asistencia y de gestión de servicios públicos de la Administración.

41. El asociacionismo deportivo en el ámbito universitario.

42. Las organizaciones deportivas privadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

43. El fomento del asociacionismo deportivo por los poderes públicos.

44. El enfoque cultural del deporte. Los componentes formativo y social del deporte.

45. La evolución del deporte en la sociedad moderna y perspectivas de futuro.

46. Las enseñanzas y titulaciones deportivas en los ámbitos académico, profesional y deportivo.

47. Los programas de apoyo a la investigación científica y el desarrollo tecnológico en el ámbito del deporte.

48. El movimiento olímpico internacional.

49. El Comité Olímpico Español.

50. Justicia deportiva: Principios fundamentales. Régimen disciplinario y comités de disciplina deportiva.

51. El deporte profesional. Régimen jurídico.

52. La Ley de Reforma Universitaria.

53. El Consejo de Universidades. El estudio en la Universidad.

54. Clases y régimen jurídico del profesorado universitario.

55. Clases y régimen jurídico del personal de Administración y Servicios.

56. El Consejo Social de la Universidad de La Rioja.

57. La Universidad de La Rioja; creación, período constituyente y estructura.

58. Convenio Colectivo para el personal laboral de las Universidades.

59. Los Estatutos de la Universidad de La Rioja.

60. Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

ANEXO IV

Tribunales calificadores

Para el puesto de Responsable del Gabinete de Comunicación y Prensa

Miembros titulares:

Presidente: Don Ferrán Mateo Rueda, Gerente de la Universidad de La Rioja.

Vocales en representación de la Universidad: Doña María Luisa Iriarte Vañó, Jefa del Servicio de Gestión de Personal y Retribuciones de la Universidad de La Rioja, y doña Esther Crespo Romeo, Jefa de la Oficina de Prensa de la Universidad Politécnica de Cataluña.

Vocales en representación del Comité de Empresa: Doña Pilar Caballero Wangüemert y doña Cristina Aragón Fernández.

Secretaria: Doña Raquel Ruiz Suso, Jefa de la Sección de Personal de la Universidad de La Rioja.

Miembros suplentes:

Presidenta: Doña Marta Magriñá Contreras, Directora de la Biblioteca de la Universidad de La Rioja.

Vocales en representación de la Universidad: Doña Milagros Torrecilla Miguel, Jefa del Servicio de Información y Extensión Universitaria de la Universidad de La Rioja y don Ángel Losada Vázquez, Jefe del Gabinete de Comunicación de la Universidad Pontificia de Salamanca.

Vocales en representación del Comité de Empresa: Doña Montserrat Criado Cristóbal y doña Valvanera Terroba Pascual.

Secretaria: Doña Esther Ocón Martínez, Jefa del Negociado del PAS de la Universidad de La Rioja.

Para el puesto de Jefe de la Unidad de Actividades Deportivas

Miembros titulares:

Presidente: Don Ferrán Mateo Rueda, Gerente de La Universidad de La Rioja.

Vocales en representación de la Universidad: Doña María Luisa Iriarte Vañó, Jefa del Servicio de Gestión de Personal y Retribuciones de la Universidad de La Rioja, y don Rafael Jericó Lizalde, Director del Servicio de Actividades Deportivas de la Universidad de Zaragoza.

Vocales en representación del Comité de Empresa: Don Jesús Bujanda Requibátiz y doña Ana Rosario Rodrigo Terroba.

Secretaria: Doña Raquel Ruiz Suso, Jefa de la Sección de Personal de la Universidad de La Rioja.

Miembros suplentes:

Presidenta: Doña Marta Magriñá Contreras, Directora de la Biblioteca de la Universidad de La Rioja.

Vocales en representación de la Universidad: Doña Milagros Torrecilla Miguel, Jefa del Servicio de Información y Extensión Universitaria de la Universidad de La Rioja, y don Andreu Benet y Busquets, Director del Servicio de Actividad Física de la Universidad Autónoma de Barcelona.

Vocales en representación del Comité de Empresa: Doña Montserrat Criado Cristóbal y doña Valvanera Terroba Pascual.

Secretaria: Doña Esther Ocón Martínez, Jefa del Negociado del PAS de la Universidad de La Rioja.

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