Visto el expediente de indulto de doña Josefa Bautista Olmo, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla, en sentencia de fecha 12 de mayo de 1995, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor y multa de 1.000.000 de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de febrero de 1998,
Vengo en conmutar a doña Josefa Bautista Olmo la pena privativa de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 17 de febrero de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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