Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha 27 de noviembre de 1997 por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el recurso contencioso-administrativo número 1/1.601/95, promovido por don Mariano Hernández Mijares, contra Resolución expresa de este Ministerio desestimatoria del recurso de alzada formulado sobre sanción económica impuesta al recurrente como titular de una oficina de farmacia, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
"Fallamos: Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Mariano Hernández Mijares, contra la Resolución de 3 de marzo de 1995 y la desestimatoria del recurso de alzada del Ministerio de Sanidad y Consumo que, en lo aquí discutido, se anulan por no ser conforme a Derecho; sin imposición de costas."
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 13 de febrero de 1998.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, "Boletín Oficial del Estado" del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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