En el recurso contencioso-administrativo número 34/1996, interpuesto por don Ángel Zamoro Madera y doña Pilar Tapia Tapia, contra Resolución de la Universidad de Salamanca, de fecha 14 de noviembre de 1995, por la que se desestima la solicitud de exención de precios académicos, se ha dictado sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, de fecha 14 de enero de 1998, cuya parte dispositiva dispone el siguiente pronunciamiento:
"En su virtud, este Rectorado de acuerdo con el artículo 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,
Dispone:
Que desestimando la pretensión de inadmisibilidad formulada por la Administración demandada, debemos, asimismo, desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo; sin expresa imposición de costas."
Ejecutar la sentencia, en sus propios términos, y disponer su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Salamanca, 17 de febrero de 1998.-El Rector, Ignacio Berdugo Gómez de la Torre.
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