De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 7 y 8 de la Ley 11/1971, de 30 de marzo, de Semillas y Plantas de Vivero; los artículos 7 y 8 del Decreto 3767/1972, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Producción de Semillas y Plantas de Vivero; así como las condiciones que se fijan en el Reglamento General Técnico de Control y Certificación de Semillas y Plantas de Vivero, aprobado por Orden de 23 de mayo de 1986, y modificado por Órdenes de 26 de noviembre de 1986, de 16 de julio de 1990, 13 de julio de 1992 y 10 de octubre de 1994, el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Ce- reales de Fecundación Autógama, aprobado por Orden de 1 de julio de 1986; el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Maíz, aprobado por Orden de 1 de julio de 1986; el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Sorgo, aprobado por Orden de 1 de julio de 1986; el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Oleaginosas, aprobado por Orden de 1 de julio de 1986; el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas y Plantas Forrajeras, aprobado por Orden de 1 de julio de 1986; el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Remolacha, aprobado por Orden de 1 de julio de 1986; y el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Hortícolas, aprobado por Orden de 1 de julio de 1986, respecto a la concesión de autorizaciones de Productor de Semillas, así como lo dispuesto en los diferentes Decretos de Transferencias de funciones a las Comunidades Autónomas relativo a los informes preceptivos, y estudiada la documentación aportada por los interesados, he tenido a bien disponer:
Primero.-Se concede el título de Productor Multiplicador de Semillas Hortícolas, con carácter definitivo, a: "Hermanos Llopis, Sociedad Limitada", de Silla (Valencia).
Segundo.-Se concede el título de Productor Multiplicador de Semillas Hortícolas, con carácter definitivo, a: José Esteve Ribera, de Enguera (Valencia).
Tercero.-Se concede el título de Productor Seleccionador de Semillas Oleaginosas, con carácter definitivo, a: "Danisco Semillas, Sociedad Anónima", de Madrid.
Disposición final.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 26 de febrero de 1998.
DE PALACIO DEL VALLE-LERSUNDI
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid