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Documento BOE-A-1998-6247

Orden de 5 de febrero de 1998 por la que se autoriza el cambio de titularidad de los centros privados de Educación Infantil y Educación Primaria «Minerva», domiciliados en Alcalá de Henares y Madrid, respectivamente.

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 14 de marzo de 1998, páginas 8984 a 8985 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-6247

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente promovido por don Pascual-Lorenzo Berlanga Sarmentera, en representación de los centros privados denominados "Minerva", domiciliados en Alcalá de Henares y Madrid, en solicitud de cambio de titularidad de los mismos,

Este Ministerio, de conformidad con el artículo 14.1 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril ("Boletín Oficial del Estado" del 9), ha resuelto:

Primero.-Autorizar el cambio de titularidad de los centros privados de Educación Infantil y Educación Primaria denominados "Minerva", domiciliados en las calle Batalla de Lepanto, número 1, de Alcalá de Henares y Villardondiego, números 15-25, de Madrid, respectivamente, que en lo sucesivo será ostentada por la entidad mercantil "Colegios Minerva, Sociedad Limitada", que, como cesionaria, queda subrogada en la totalidad de las obligaciones y cargas que afecten a los centros cuya titularidad se le reconoce y, muy especialmente, las relacionadas con las ayudas y préstamos que los centros puedan tener concedidos por el Ministerio de Educación y cultura, así como las derivadas de su condición de centros concertados en Educación Primaria, aquéllas que le correspondan en el orden docente y las que se deriven de la vigente legislación laboral.

Segundo.-La modificación de la titularidad no afectará al régimen de funcionamiento de los centros.

Tercero.-Contra la presente Orden, el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 5 de febrero de 1998.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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