Suscrito, previa tramitación reglamentaria, entre el Ministerio de Medio Ambiente y las Consejerías de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, y las de Política Territorial y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Canarias, el día 6 de febrero de 1998, un Convenio de colaboración para actuaciones en infraestructuras de costas, y en cumplimiento de lo establecido por el artículo 8, apartado 2, párrafo 2.o, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en el punto noveno del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990 ("Boletín Oficial del Estado" del 16), procede la publicación de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.
Madrid, 18 de febrero de 1998.-El Director general, Fernando Marín Castán.
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y EL GOBIERNO DE CANARIAS PARA ACTUACIONES EN INFRAESTRUCTURAS DE COSTAS
En Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de febrero de 1998.
REUNIDOS
De una parte, la excelentísima señora doña Isabel Tocino Biscarolasaga, Ministra de Medio Ambiente, que actúa en nombre y representación del Gobierno de la Nación, en uso de la delegación conferida por Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de julio de 1995, previa autorización otorgada por la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica con fecha 25 de noviembre de 1997 y facultada a efectos de este Convenio por Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de noviembre de 1997.
Y de otra, el excelentísimo señor don Antonio A. Castro Cordobez, Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, actuando en nombre y representación del Gobierno de Canarias, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.1.k) de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en base a las competencias que tiene atribuidas su Departamento para coordinar, en materia de costas, las actuaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma con las de la Administración General del Estado, según el Decreto 161/1996, de 4 de julio, y facultado a efectos de este Convenio por Acuerdo del Consejo de Gobierno de Canarias de fecha 27 de noviembre de 1997.
Y la excelentísima señora doña María Eugenia Márquez Rodríguez, Consejera de Política Territorial y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, en base a las competencias que tiene atribuidas su Departamento en materia de ordenación del territorio y medio ambiente, según el Decreto 107/1995, de 26 de abril, y facultada a efectos de este Convenio por Acuerdo del Consejo de Gobierno de Canarias, de fecha 27 de noviembre de 1997.
Ambas partes, en la calidad en que cada uno interviene, se reconocen recíprocamente la capacidad legal para el otorgamiento del presente Convenio, a cuyo efecto.
MANIFIESTAN
El Ministerio de Medio Ambiente, en el ámbito de su competencia, está realizando en la actualidad, y tiene previsto promover en el futuro, las inversiones necesarias para la mejora medioambiental del litoral canario y de su uso y disfrute público, de acuerdo con las previsiones de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, de su Reglamento de desarrollo y ejecución aprobado por Real Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, así como en las Resoluciones del Consejo de la Unión Europea de 25 de febrero de 1992, relativa a la futura política comunitaria para la zona costera europea, y de 6 de mayo de 1994, relativa a una estrategia comunitaria de gestión integrada de la zona costera.
La Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo con el apartado 15 del artículo 30 de su Estatuto de Autonomía, tiene competencia plena exclusiva en materia de ordenación del litoral. Así, el Gobierno de Canarias ejerce sobre la franja costera las competencias de ordenación territorial y del litoral, urbanismo, protección del medio ambiente, saneamiento y depuración de aguas residuales, puertos no de interés general, vertidos al mar, red viaria autonómica, etc., así como las demás relacionadas con el ámbito costero atribuidas en virtud de su Estatuto.
Los indudables valores que posee la franja costera, así como la gran sensibilidad de la misma frente a las acciones que se ejercen sobre ella o en su entorno, han determinado que todos los países del mundo reconozcan la necesidad de llevar a cabo programas para su gestión integral en el marco de un modelo de desarrollo sostenible. Esta necesidad se ha recogido en diversos pronunciamientos, recomendaciones y compromisos internacionales suscritos en relación con la gestión de la franja litoral.
El reconocimiento de la franja costera como un valioso y sensible espacio natural, sobre el que es preciso arbitrar medidas de protección, exige una adecuada ordenación del territorio litoral y que, para ello, las acciones interadministrativas se plasmen en la coordinación y armonización de los distintos planes de actuación de las Administraciones Públicas con competencia sobre el mismo.
Asimismo, el Plan Director de Infraestructura, aprobado en el Congreso de los Diputados ("Boletín Oficial de las Cortes Generales" número 191, de 2 de enero de 1996), establece una serie de directrices que deben ser tenidas en cuenta para Canarias, en cuanto a un modelo de desarrollo compatible con el medio ambiente del territorio.
En consecuencia, sólo una óptima coordinación de las actuaciones de las distintas Administraciones Públicas con competencia sobre el litoral y, más concretamente, de la Administración del Estado y de la autonómica, permitirá llevar a cabo los planes de gestión integral de la costa necesarios para conseguir los objetivos de protección y defensa de la misma. Dicha coordinación deberá, dado el carácter insular de Canarias y para una mejor gestión de las actuaciones, tener en cuenta a los Cabildos Insulares como órganos de gobierno de las islas, a través de los oportunos Convenios de colaboración con el Gobierno de Canarias.
Con este mismo propósito, los artículos 82 y 83 de la Ley de Costas regulan la financiación de las obras de competencia del Estado, permitiendo la participación de las Comunidades Autónomas, Corporaciones Locales, organismos internacionales y particulares, debiéndose fijar la aportación de cada partícipe mediante acuerdos que podrán referirse también a la elaboración del planeamiento y de los proyectos de obras correspondientes.
La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, permite la actuación conjunta de ambas Administraciones Públicas.
Ambas Administraciones, teniendo en cuenta las singularidades del archipiélago canario y la importancia de sus recursos naturales, expresan su voluntad de desarrollar un plan que coordine y armonice las actuaciones en la franja costera en el marco de un desarrollo sostenible compatible con el medio natural.
En consecuencia, ambas partes han decidido sistematizar las actividades de colaboración para la protección de la costa, con reflejo en la política inversora, a través del presente Convenio de colaboración, y con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.-El presente Convenio tiene por objeto establecer el régimen de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Comunidad Autónoma de Canarias que permita mejorar las condiciones de coordinación y eficacia con que se llevan a cabo las actuaciones costeras, de tal forma que se garantice la consecución de los siguientes objetivos en el marco de la gestión integrada de la costa:
Tener conocimiento mutuo de los planes y proyectos de actuaciones en la costa o con incidencia sobre la misma a desarrollar por cada Administración.
Coordinar las previsiones y planes de cada Administración, racionalizando, de esta forma, la planificación integral de la franja litoral.
Desarrollar, en su caso, con la anticipación necesaria a cualquier actuación, las medidas complementarias de ordenación o urbanísticas necesarias para corregir situaciones de fuerte degradación ambiental del litoral.
Mejorar las condiciones de coordinación y eficacia de las inversiones sobre la costa en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Segunda.-1. La financiación del Convenio será realizada en un 50 por 100 por el Ministerio de Medio Ambiente con cargo a las dotaciones que se le asignen por la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año a este fin, y en el 50 por 100 restante por la Comunidad Autónoma de Canarias. Estas dotaciones deberán ser compatibles con el cumplimiento de los criterios de convergencia previstos en el Tratado de Maastricht y sus correlativas exigencias.
2. Las aportaciones económicas de ambas Administraciones Públicas se coordinarán a través de los mecanismos previstos en el presente Convenio.
3. Las actuaciones a llevar a cabo y el programa de ejecución de las obras para los próximos siete años, entre 1998 y 2004, ambos inclusive, por un importe de 35.000.000.000 de pesetas para las actuaciones que figuran en el anejo de este Convenio, que se incorpora como parte del mismo, y que se ejecutarán mediante una inversión de 5.000.000.000 de pesetas/año, de los que el Estado aportará el 50 por 100 y la Comunidad Autónoma de Canarias el 50 por 100 restante. Dichas actuaciones, dependiendo de lo que resulte de los estudios de impacto ambiental, así como de los pronunciamientos de los órganos ambientales competentes, podrán ser sustituidas por otras a propuesta de la Comisión Bilateral Mixta de Programación, Seguimiento y Control.
4. El Gobierno de Canarias, a través de las medidas de colaboración pertinentes, podrá establecer con los Cabildos Insulares y Ayuntamientos los mecanismos de financiación correspondientes a la aportación de la Comunidad Autónoma.
5. Los créditos de las anualidades no ejecutadas durante el ejercicio presupuestario correspondiente se incorporarán, por las respectivas Administraciones, al siguiente ejercicio.
Tercera.-1. Las actuaciones a llevar a cabo se realizarán íntegramente, en cada caso, por el Ministerio de Medio Ambiente o por la Comunidad Autónoma de Canarias, conforme a lo que oportunamente acuerde la Comisión Bilateral Mixta de Programación, Seguimiento y Control prevista en este Convenio, en atención a las respectivas competencias.
2. Los estudios previos, anteproyectos y proyectos que sean precisos para la ejecución de las obras serán aprobados por la Administración que financie y contrate la actuación de que se trate, sin perjuicio de las competencias de cada una de ellas en materia de costas.
3. Asimismo, corresponde a la Administración que financie la actuación la licitación, contratación, ejecución, dirección, control, vigilancia y pago de las obras.
4. La Comunidad Autónoma de Canarias deberá hacerse cargo de las actuaciones incluidas en el presente Convenio que se realicen fuera de la zona de dominio público marítimo-terrestre una vez terminadas, corriendo por su cuenta los gastos de conservación, mantenimiento y explotación.
Cuarta.-1. En la valoración de los proyectos, a efectos de determinar su prioridad, se tendrá en cuenta especialmente la mejora que representen desde el punto de vista ambiental y su adecuación a los criterios de elegibilidad para ser cofinanciados con fondos de cohesión medioambientales de la Unión Europea.
2. La ejecución de las obras que impliquen extracción de áridos estará condicionada a la posibilidad de localizar un yacimiento adecuado para realizar dicha extracción, cumpliendo la normativa medioambiental y demás limitaciones establecidas por la legislación estatal y canaria.
3. Cuando la actuación prevista consista en la construcción de un paseo marítimo, éste se localizará fuera de la ribera del mar, tal y como establece el artículo 44.5 de la Ley de Costas, ubicándose sobre servidumbre de tránsito y de protección.
4. En los casos en los que la obra a realizar se ubique, en todo o en parte, sobre zona portuaria, su realización dependerá de la previa desafectación de los terrenos necesarios.
Quinta.-Los terrenos situados fuera del dominio público marítimo- terrestre necesarios para la ejecución de las actuaciones a que se refiere el presente Convenio serán aportados por la Comunidad Autónoma de Canarias.
Sexta.-Se crea un grupo de trabajo de análisis ambiental integrado por los siguientes miembros:
El Subdirector general de Evaluación Ambiental y Actuaciones Sectoriales.
Dos Técnicos de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
Un Técnico de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Un Técnico de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Un representante del Plan Director de Infraestructuras de Canarias.
El grupo de trabajo de análisis ambiental tendrá un carácter eminentemente técnico y se reunirá para analizar qué proyectos de los contenidos en el Convenio requieren su sometimiento a las distintas categorías de evaluación: Evaluación básica de impacto ecológico, evaluación detallada de impacto ecológico y evaluación de impacto ambiental.
Los proyectos para los que el grupo de trabajo entienda que, por sus características, deben someterse a la categoría de evaluación básica o detallada de impacto ecológico serán tramitados de conformidad con lo previsto en el capítulo VII de la Ley Territorial 11/1990, de 13 de julio, de Prevención del Impacto Ecológico, por parte del órgano ambiental competente de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Los proyectos para los que el grupo de trabajo entienda que, por sus características, deben someterse a la categoría de evaluación de impacto ambiental serán tramitados de conformidad con lo previsto en el capítulo II, sección tercera, del Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, por parte del órgano ambiental competente de la Administración General del Estado. En los casos en los que se aplique dicho procedimiento, el referido órgano ambiental del Estado recabará informe preceptivo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias.
Séptima.-1. Se crea una Comisión Bilateral Mixta de Programación, Seguimiento y Control del presente Convenio que estará integrada:
Por parte de la Administración del Estado: El Director general de Costas, tres Vocales designados por el Ministerio de Medio Ambiente y un Vocal designado por la Dirección General de Presupuestos del Ministerio de Economía y Hacienda.
Por parte del Gobierno de Canarias: El Viceconsejero de Infraestructuras, el Viceconsejero de Medio Ambiente, el Director general de Aguas, un Vocal designado por la Consejería de Economía y Hacienda con rango de Director general y un Vocal designado por la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, que actuará de Secretario.
La representación del Ministerio de Medio Ambiente será presidida por el Director general de Costas y la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias por el Viceconsejero de Infraestructuras, quienes podrán delegar su representación en el Subdirector general de Actuaciones en la Costa y en el Director general de Aguas, respectivamente. Asimismo, podrán designarse suplentes de los restantes miembros de la Comisión.
2. A las sesiones de la Comisión Mixta podrán asistir, como asesores, los Técnicos que se juzguen convenientes, de acuerdo con la naturaleza de los asuntos a tratar.
3. La Comisión se reunirá a lo largo de la vigencia del Convenio en sesión ordinaria una vez al trimestre, y en sesión extraordinaria siempre que lo requiera el asunto a tratar a solicitud de una de las partes.
4. Las funciones de la Comisión serán las siguientes:
a) Realizar la programación y seguimiento de las actuaciones del Convenio proponiendo, en su caso, las variaciones que se consideren precisas.
b) Informar, con carácter previo, los estudios, los pliegos de bases y los proyectos que se realicen en el ámbito del presente Convenio.
c) Impulsar la tramitación de los expedientes.
d) Asegurar la coordinación de los diversos proyectos durante el período de su redacción, tramitación y ejecución.
e) Tener conocimiento de las incidencias, tanto técnicas como administrativas, de los proyectos y obras, proponiendo las decisiones oportunas.
f) Garantizar el intercambio de información entre la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma.
g) Interpretar, en caso de duda, las normas y previsiones del presente Convenio.
h) Estudiar y proponer las nuevas actuaciones a desarrollar en el futuro dentro del marco del presente Convenio.
i) Estudiar y proponer cualquier clase de medida y acción que redunde en beneficio de la política inversora y medioambiental en materia costera de las islas Canarias.
Octava.-Las incidencias en el desarrollo de las actuaciones a que den lugar las inversiones previstas que, de acuerdo con la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, impliquen alteración del presupuesto serán financiadas por la Administración que ejecute la obra, previo informe favorable de la Comisión Bilateral Mixta.
Novena.-1. Se crea una Ponencia Técnica Paritaria formada por:
Por parte de la Administración del Estado: Un Subdirector general del Ministerio de Medio Ambiente y dos Vocales designados por la Dirección General de Costas del citado Ministerio.
Por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias: El Director general de Aguas de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, un Vocal designado por la indicada Dirección General, en representación del Plan Director de Infraestructuras de Canarias, y un Vocal designado por la Consejería de Política Territorial.
2. Es función de la Ponencia Técnica Paritaria el estudio y valoración de las ofertas de acuerdo con los criterios y objetivos indicados en los pliegos de cláusulas administrativas vigentes, cuando así lo solicite la Mesa de Contratación, en virtud de lo establecido en el artículo 82.2 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Décima.-El clausulado del presente Convenio sólo podrá ser modificado, total o parcialmente, por otro Convenio.
El presente Convenio entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y tendrá vigencia hasta su total cumplimiento, pudiendo ser prorrogado por mutuo acuerdo de las partes.
Undécima.-Serán causa de resolución de este Convenio el mutuo acuerdo entre las partes y el incumplimiento de alguna de sus cláusulas. En este último supuesto será preceptiva la previa denuncia del Convenio, que deberá hacerse con una antelación mínima de seis meses al día en que se solicite la resolución.
La Comisión Bilateral Mixta será la encargada de resolver las cuestiones que pudieran plantearse para terminar las actuaciones en curso, en el momento de la extinción del presente Convenio.
Duodécima.-Este Convenio tiene naturaleza administrativa. Para resolver las dudas y lagunas que pudieran suscitarse en su aplicación se estará a los principios del Derecho Administrativo y, en particular, a la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, así como, en defecto de los anteriores, a los generales del Derecho común.
Será competente para entender los litigios que se puedan suscitar en su ejecución e interpretación la jurisdicción contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad, firman el presente documento en el lugar y fecha indicados.
La Ministra de Medio Ambiente, Isabel Tocino Biscarolasaga.-El Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, Antonio A. Castro Cordobez.-La Consejera de Política Territorial y Medio Ambiente, María Eugenia Márquez Rodríguez.
ANEJO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y el Gobierno de Canarias para actuaciones en infraestructuras de costas
Presupuesto
-
Millones de pesetas / Isla / Municipio
Gran Canaria / 11.838
1. Obras contratadas o próximas a contratar por el M.M.A.: / 1.745
Deslindes, obras de defensa y otras previsiones / Varios.
Paseo marítimo Las Canteras. Tramo Cícer-Los Muellitos / Las Palmas de Gran Canaria.
2. Acondicionamiento desembocadura del barranco de Agaete / Agaete / 40
3. Mejora y ampliación paseo marítimo de Los Poetas / Agaete / 60
4. Acceso a Guayedra / Agaete / 50
5. Aportación grava playa de Arinaga / Agüimes / 39
6. Recuperación escollera Zoco del Negro / Agüimes / 25
7. Recuperación playa de Vargas, 1.a fase / Agüimes / 60
8. Recuperación playa de Vargas, 2.a fase / Agüimes / 100
9. Restauración playa de El Cabrón / Agüimes / 70
10. Paseo peatonal Risco Verde-Zoco del Negro / Agüimes / 65
11. Mejora acceso a Punta de Las Arenas / Artenara / 25
12. Recuperación playa Puertillo de Arucas / Arucas / 300
13. Acondicionamiento costa Puertillo-San Andrés / Arucas / 300
14. Acondicionamiento costa Punta del Camello / Arucas / 25
15. Terminación paseo Bocabarranco / Gáldar / 60
16. Piscinas naturales costa de Gáldar / Gáldar / 150
17. Acceso de Sardina a Punta Márquez / Gáldar / 25
18. Paseo marítimo playa del Burrero, 2.a fase / Ingenio / 156
19. Continuación margen izquierda paseo del Burrero / Ingenio / 170
20. Acondicionamiento borde marítimo Vegueta-San Cristóbal / Las Palmas de Gran Canaria / 147
21. Paseo marítimo Parque de la Música / Las Palmas de Gran Canaria / 488
22. Acondicionamiento y equipamiento San Cristóbal-La Laja / Las Palmas de Gran Canaria / 1.700
23. Mejora y acondicionamiento de costa Ayala / Las Palmas de Gran Canaria / 200
24. Ordenación de El Confital / Las Palmas de Gran Canaria / 500
25. Mejoras en la playa de Las Canteras / Las Palmas de Gran Canaria / 200
26. Mejora en la costa de Arguineguín / Mogán / 450
27. Rehabilitación desembocadura barranco Arguineguín (playa del Parche) / Mogán / 600
28. Recuperación del litoral Roque San Lorenzo / Moya / 400
29. Protección marítima playa de El Roque / Moya / 200
30. Regeneración y paseo marítimo en El Veril / San Bartolomé de Tirajana / 1.500
31. 2.a fase piscinas Castillo del Romeral y costa de Juncalillo del Sur / San Bartolomé de Tirajana / 49
32. Rehabilitación integral Faro de Maspalomas / San Bartolomé de Tirajana / 150
33. Restauración playa de Tasarte / San Nicolás de Tolentino / 30
34. Mejora en playa de La Aldea / San Nicolás de Tolentino / 30
35. Rehabilitación borde litoral Pozo Izquierdo / Santa Lucía / 73
36. Protección y rehabilitación borde marítimo Las Caletillas-El Arenal / Santa Lucía / 108
37. Mejora playa Bahía de Formas / Santa Lucía / 70
38. Restauración de costa Pozo Izquierdo-Punta Tenefe / Santa Lucía / 127
39. Acondicionamiento talud de playa de Pozo Izquierdo / Santa Lucía / 50
40. Mejora de charco de Roque Prieto / Santa María de Guía / 50
41. Mejora en el litoral de San Felipe / Santa María de Guía / 250
42. Paseo marítimo Melenara-Salineta / Telde / 95
43. Paseo marítimo playa del Hombre-Taliarte / Telde / 207
44. Paseo peatonal playa de Taliarte / Telde / 115
45. Paseo marítimo La Garita-San Borondón / Telde / 276
46. Recuperación playa en Aguadulce / Telde / 108
47. Recuperación playa de Ojos de Garza / Telde / 200
Tenerife / 11.838
1. Obras contratadas o próximas a contratar por el M.M.A.: / 1.231
Mejora playa Las Teresitas / Santa Cruz de Tenerife.
Convenio Cabildo (Tenerife y El Mar) / Varios.
Paseo marítimo playa Martiánez / Puerto de la Cruz.
Acondicionamiento playa El Monís / Icod de los Vinos.
2. Paseo marítimo Las Américas-Costa Adeje / Arona-Adeje / 549
3. Remodelación dique piscina de Bajamar / La Laguna / 299
4. Acondicionamiento Bajamar-Punta del Hidalgo / La Laguna / 369
5. Paseo marítimo y regeneración de playa de San Juan / Guía de Isora / 333
6. Remodelación playa de La Jaquita y paseo litoral / Granadilla de Abona / 324
7. Recuperación y acondicionamiento en Las Galletas / Arona / 449
8. Paseo marítimo en La Caleta de Interián / Garachico-Los Silos / 199
9. Acondicionamiento y equipamiento en Punta Larga / Candelaria / 249
10. Regeneración de playa de Las Américas / Adeje / 1.399
11. Acondicionamiento paseo marítimo playa de El Socorro / Los Realejos / 55
12. Frente de Los Abrigos (paseo marítimo) / Granadilla de Abona / 64
13. Frente de Los Cristianos (paseo marítimo) / Arona / 249
14. Frente de San Juan de la Rambla-Las Aguas (paseo) / San Juan de la Rambla / 103
15. Frente costero del valle de La Orotava / Orotava-Puerto de la Cruz / 324
16. Tabaiba, acceso a la playa de (2) / El Rosario / 29
17. Las Caletillas, acceso a la playa / Candelaria / 34
18. Actuación en costa de Montaña Pelada / Granadilla de Abona / 38
19. Actuación en costa de Montaña Roja / Granadilla de Abona / 104
20. Actuación en costa de Montaña Amarilla / San Miguel / 103
21. Actuación en costa de Malpaís de Rasca / Arona / 103
22. Actuación en costa de Teno Bajo / Buenavista del Norte / 64
23. Actuación en el acantilado de La Hondura / Fasnia / 25
24. Actuación en costa Buenavista-Los Silos / Buenavista del Norte-Los Silos / 51
25. Actuación en costa del borde sur del Malpaís de Güímar / Güímar / 64
26. La Tejita-Montaña Roja / Granadilla de Abona / 64
27. Actuación en costa de Punta de Teno / Buenavista del Norte / 64
28. Playa Pozo de la Virgen / Güímar / 64
29. Playa de El Callao-El Rincón de los Cristianos / Arona / 64
30. Acondicionamiento borde costero Tacoronte / Tacoronte / 399
31. Paseo peatonal La Nea-Radazul / El Rosario / 249
32. Mejora ambiental en la playa del Fraile y La Arena / Buenavista del Norte / 237
33. Acondicionamiento entorno ensenada de Garachico / Garachico / 365
34. Frente de Las Gaviotas (paseo) / Santa Cruz de Tenerife / 64
35. Playa del Roque de Las Bodegas (paseo) / Santa Cruz de Tenerife / 64
36. Frente de Tabaiba (paseo) / El Rosario / 64
37. Frente Candelaria (plaza San Blas) (paseo) / Candelaria / 129
38. Frente Puertito Güímar (paseo) / Güímar / 129
39. Frente Porís de Abona (paseo) / Arico / 64
40. Frente de La Caleta de Adeje (paseo) / Adeje / 64
41. Frente Alcalá / Guía de Isora / 64
42. Frente del casco El Prís (paseo) / Tacoronte / 155
43. Actuación en charco de Tabaiba / El Rosario / 39
44. Actuación en charco de Punta del Rey / Candelaria / 39
45. Actuación en charco de La Sarnosa / Arico / 39
46. Actuación en charco de El Callao / Arona / 39
47. Paseo marítimo y demolición en Cho Vito / Candelaria / 99
48. Acondicionamiento playa de Güímar / Güímar / 249
49. Paseo marítimo Costa Santiago / Santiago del Teide / 259
50. Paseo marítimo y recuperación de El Caletón de La Matanza / La Matanza de Acentejo / 199
51. Restauración paseo litoral Los Abriguitos / Arico / 149
52. Acondicionamiento de playa de San Blas / San Miguel / 249
53. Acondicionamiento de playa de San Marcos / Icod de los Vinos / 249
54. Adecuación costera y paseo litoral en El Sauzal / El Sauzal / 399
55. Actuaciones prioritarias en Tenerife y El Mar / Varios / 716
El Hierro / 730
1. Obras contratadas o próximas a contratar por el M.M.A.: / 14
Deslindes, obras de defensa y otras previsiones / Varios.
2. Acondicionamiento del litoral de Timijiraque y costa anexa / Valverde / 240
3. Actuación en el litoral de Las Puntas / Frontera / 192
4. Actuación en el litoral de La Restinga / Frontera / 194
5. Acondicionamiento del litoral de Tamaduste (playa, piscina y paseo marítimo) / Valverde / 25
6. Actuaciones en las playas Charco Manso y Pozo las Calcosas / Valverde / 55
7. Acondicionamiento playa del Verodal / Frontera / 10
La Gomera / 1.458
1. Obras contratadas o próximas a contratar por el M.M.A.: / 119
Deslindes, obras de defensa y otras previsiones / Varios.
2. Actuación en el litoral de Vallehermoso (playa de Vallehermoso) / Vallehermoso / 176
3. Actuación en el litoral de playa Santiago y ejecución paseo marítimo / San Sebastián-Alajeró / 440
4. Actuación en el litoral, recuperación playa y paseo marítimo en Valle Gran Rey / Valle Gran Rey / 440
5. Actuación en el litoral de Hermigua: Playa Santa Catalina y La Caleta / Hermigua / 123
6. Acceso peatonal y reacondicionamiento de la playa de San Marcos / Agulo / 62
7. Rec. ambiental de la costa en los pescantes de Hermigua, Agulo y Vallehermoso / Hermigua, Agulo, Vallehermoso / 63
8. Actuación en el litoral de Alojera / Vallehermoso / 35
La Palma / 3.996
1. Obras contratadas o próximas a contratar por el M.M.A.: / 839
Deslindes, obras de defensa y otras previsiones / Varios.
Regeneración litoral y equipamiento playa Los Cancajos / Breña Baja.
Acondicionamiento costa Puerto Spíndola / San Andrés y Sauces.
Ampliación de playa y paseo en la playa de Tazacorte / Tazacorte.
Modificado playa de Bajamar / Breña Alta.
2. Actuación en El Remo / Los Llanos de Aridane / 574
3. Piscinas naturales en la costa de Puntallana / Puntallana / 110
4. Ampliación de playa y paseo en la playa de Tazacorte / Tazacorte / 585
5. Paseo marítimo de Santa Cruz de la Palma / Santa Cruz de la Palma / 490
6. Actuación en playa de Puerto Naos / Los Llanos de Aridane / 680
7. Actuaciones litoral Fuencaliente / Fuencaliente / 386
8. Acondicionamiento costero en El Porís / Tijarafe / 115
9. Piscinas en costa zona aeropuerto / Mazo / 217
Fuerteventura / 2.570
1. Obras contratadas o próximas a contratar por el M.M.A.: / 63
Deslindes, obras de defensa y otras previsiones / Varios.
2. Avenida marítima de playa Blanca / Puerto del Rosario / 610
3. Avenida marítima de Corralejo, 1.a y 2.a fases / La Oliva / 635
4. Actuación costera en Pájara / Pájara / 523
5. Ampliación avenida de Gran Tarajal / Tuineje / 50
6. Paseo peatonal acondicionamiento Nuevo Horizonte-El Castillo / Antigua / 300
7. Limpieza y acondicionamiento playa Valle Santa Inés / Betancuria / 30
8. Acondicionamiento Puerto Molinos / Puerto del Rosario / 29
9. Acondicionamiento avenida de Tarajalejo / Tuineje / 300
10. Acondicionamiento Puerto Lajas / Puerto del Rosario / 30
Lanzarote / 2.570
1. Obras contratadas o próximas a contratar por el M.M.A.: / 1.169
Deslindes, obras de defensa y otras previsiones / Varios.
Adecuación y restitución medioambiental Punta Lima-Los Pocillos / Tías.
2. Adecuación, restauración medio ambiental y equip. artístico Puerto del Carmen / Tías / 93
3. Adecuación y acondicionamiento costas de Lanzarote / Varios / 1.147
4. Acondicionamiento litoral municipio de Haría / Haría / 107
5. Dragado del lago de El Golfo (Los Clicos) / Yaiza / 54
Resumen del Convenio
Presupuesto
-
Millones de pesetas / Isla
El Hierro / 730
Fuerteventura / 2.570
Gran Canaria / 11.838
La Gomera / 1.458
Lanzarote / 2.570
La Palma / 3.996
Tenerife / 11.838
Total importe actuaciones / 35.000
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
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