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Documento BOE-A-1998-6634

Resolución de 16 de marzo de 1998, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se hace público el tipo de interés efectivo anual para el segundo trimestre natural de 1998, a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros.

Publicado en:
«BOE» núm. 68, de 20 de marzo de 1998, páginas 9492 a 9493 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1998-6634

TEXTO ORIGINAL

A efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios, conforme a lo previsto en la disposición adicional sexta de la Ley 65/1997, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1998,

Esta Dirección General del Tesoro y Política Financiera hace público:

1. Los tipos efectivos equivalentes a los precios medios ponderados redondeados registrados en las últimas subastas del primer trimestre de 1998 en que se han adjudicado Bonos y Obligaciones del Estado son los siguientes:

Tipo de interés

efectivo equivalente

al precio medio

ponderado redondeado

(%) / Emisión / Fecha

de subasta

15.07.97 al 5,0 por 100, de Bonos del Estado a tres años / 3-3-1998 / 4,310

15.07.97 al 5,25 por 100, de Bonos del Estado a cinco años / 4-3-1998 / 4,682

15.07.97 al 6,15 por 100, de Obligaciones del Estado a quince años / 4-3-1998 / 5,458

2. En consecuencia, a efectos de lo previsto en el artículo 37.2.c) de la Ley 18/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y en el artículo 59.7 del Real Decreto 537/1997, de 14 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, el tipo de interés efectivo anual de naturaleza explícita que resulta para el segundo trimestre natural de 1998, determinado conforme establece la disposición adicional sexta de la Ley 65/1997, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1998, es el 2,310 por 100 para activos financieros con plazo igual o inferior a cuatro años, el 2,682 por 100 para aquellos con plazo superior a cuatro años pero igual o inferior a siete y el 3,458 por 100 si se tratara de activos con plazo superior.

Madrid, 16 de marzo de 1998.-El Director general, Jaime Caruana Lacorte.

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