En el recurso contencioso-administrativo número 5/1.643/1995, interpuesto ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Quinta, por don Javier Pagalday Gastelurrutia, contra la Administración General del Estado, sobre revisión de retribuciones de funcionarios destinados en el extranjero, se ha dictado, con fecha 14 de noviembre de 1997, sentencia, cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos:
Primero.-Rechazar la causa de inadmisibilidad alegada por el Abogado del Estado.
Segundo.-Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de don Javier Pagalday Gastelurrutia, contra resolución del Ministro de Asuntos Exteriores de fecha 5 de junio de 1995, que se confirma por ser ajustada a derecho, con todos los efectos inherentes a esta declaración.
Sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes procesales."
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 24 de febrero de 1998.-P. D. (Orden de 31 de agosto de 1989), el Subsecretario, José de Carvajal Salido.
Ilmo. Sr. Director general del Servicio Exterior.
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