De conformidad con lo dispuesto en el apartado 5.1 de la convocatoria publicada por Resolución 452/38176/1997, de 2 de marzo, de la Subsecretaría de Defensa ("Boletín Oficial del Estado" número 58), la composición y cometidos de la Comisión Permanente de Selección serán los siguientes:
Primero.-Composición.
1. La Comisión Permanente de Selección estará presidida por el General de Brigada (Infantería) excelentísimo señor don José Luis Asensio Gómez, actuando como Vocales el Coronel (Infantería) don Alejandro Flores Sanmartín, el Coronel (Infantería) don Santiago Tijero Berrocal, el Coronel del Ejército del Aire (Cuerpo General) don José Megías Rivas, el Teniente Coronel (Caballería) don Antonio Vázquez Rubio, el Comandante (Infantería de Marina) don José Antonio Carou Insúa, el Comandante (Infantería de Marina) don Mariano Villegas Ramírez y el Comandante (Infantería) don Javier Fernández Recio, que actuará como Secretario.
2. Como suplentes de dicha Comisión el Coronel (Ingenieros) don José Nogués Alabarta, el Coronel del Ejército del Aire (Cuerpo General) don Francisco Albentosa Latorre, el Teniente Coronel del Ejército del Aire (Cuerpo General) don Miguel Ángel Gálvez Toro, el Teniente Coronel (Ingenieros) don Juan Matamoros León, el Capitán de Corbeta (Cuerpo General) don Juan Antonio de Lara Carbajal, el Comandante (Infantería) don Francisco Sánchez Aragón, el Comandante (Infantería) don José Antonio Crespo-Francés Valero y el Teniente (Infantería de Marina) don José Manuel García Rodrigo Vivanco.
Segundo.-Cometidos.
a) Fijar los criterios de actuación que deben regir el proceso selectivo, de acuerdo con las bases de la convocatoria y proponer al Director general de Reclutamiento y Enseñanza Militar las actuaciones que a su juicio fueran pertinentes para un mejor desarrollo de dicho proceso.
b) La calificación definitiva de la fase de concurso, de acuerdo con las puntuaciones y valoraciones de méritos establecidos en el apéndice III de la convocatoria.
c) La calificación definitiva de la fase de oposición.
d) El cálculo de la calificación final obtenida por cada aspirante.
e) Determinar los aspirantes que pasarán a la segunda fase del proceso selectivo como seleccionados provisionalmente para cada especialidad.
f) La asignación definitiva del número de plazas convocadas entre los seleccionados provisionalmente de cada especialidad.
g) Resolver los recursos que los aspirantes seleccionados provisionalmente puedan presentar contra la calificación de "no apto" en la prueba de reconocimiento médico.
h) Cuantas otras competencias se le asignen durante el proceso selectivo por el Director general de Reclutamiento y Enseñanza Militar.
Tercero.-Asesores especialistas.
El Presidente de la Comisión Permanente de Selección podrá requerir la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, para todas o algunas de las pruebas, de acuerdo con lo previsto en la convocatoria.
Madrid, 10 de marzo de 1998.-El Director general, Jesús María Pérez Esteban.
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