En el recurso contencioso-administrativo número 5/1.440/1995, interpuesto ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Quinta, por don Juan Fernández Trigo, contra la Administración General del Estado, sobre revisión de retribuciones de funcionarios destinados en el extranjero, se ha dictado, con fecha 2 de diciembre de 1997, sentencia, cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Que rechazando la causa de inadmisibilidad alegada por la Abogacía del Estado y desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de don Juan Fernández Trigo, contra la Resolución del Ministerio de Asuntos Exteriores de 5 de junio de 1995, debemos declarar y declaramos que la resolución impugnada es conforme a Derecho; sin hacer expresa imposición de costas."
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 20 de febrero de 1998.-P. D. (Orden de 31 de agosto de 1989), el Subsecretario, José de Carvajal Salido.
Ilmo. Sr. Director general del Servicio Exterior.
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