La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha dictado sentencia, con fecha 29 de septiembre de 1997, en el recurso contencioso-administrativo número 3.275/1994, en el que son partes, de una, como demandante, don Juan José Corral López, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 14 de septiembre de 1994, que desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 24 de mayo de 1994, sobre remuneración de la persona encargada de la asistencia al gran inválido.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
"Fallo: Estima íntegramente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Letrada doña María Dolores Corral Salas en nombre y representación de don Juan José Corral López, contra la Resolución del Subsecretario del Ministerio para las Administraciones Públicas de 14 de septiembre de 1994, desestimatoria del recurso ordinario formulado contra la Resolución de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 24 de mayo de 1994, denegatoria de la solicitud de gran invalidez con derecho a la prestación de "Remuneración de la persona encargada de la asistencia al gran inválido", declarando nula por no conforme a derecho la resolución recurrida y reconociendo el grado de gran invalidez a la invalidez permanente del recurrente, con derecho a la prestación de "Remuneración de la persona encargada de la asistencia al gran inválido" en la cuantía que corresponda; sin expreso pronunciamiento en las costas."
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín Oficial del Estado" para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 6 de marzo de 1998.-P. D. (Orden de 19 de noviembre de 1997, "Boletín Oficial del Estado" del 28), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.
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