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Documento BOE-A-1998-7501

Resolución de 9 de marzo de 1998, de la Universidad de Murcia, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de dos plazas de la Escala Técnica de Gestión de la misma, mediante el sistema de promoción interna.

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 31 de marzo de 1998, páginas 10882 a 10889 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1998-7501

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 1282/1985, de 19 de junio ("Boletín Oficial del Estado" de 30 de julio), y con el fin de atender las necesidades de personal de Administración y Servicios,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 18 de la Ley 11/1983, de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.e) de la misma, así como en los Estatutos de esta Universidad, resuelve convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Murcia, con sujeción a las siguientes:

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas de la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Murcia, mediante el sistema de promoción interna.

Los aspirantes que superen estas pruebas selectivas serán nombrados para el mismo puesto de trabajo que desempeñen, modificándose si fuera necesario la relación de puestos de trabajo.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, los Estatutos de la Universidad de Murcia, y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso de selección constará de las siguientes fases: Fase de concurso y fase de oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 El primer ejercicio de la fase de oposición comenzará a partir del 1 de septiembre de 1998, determinándose en la Resolución que se indica en la base 4.1 el lugar y la fecha de realización.

Con cuarenta y ocho horas de antelación como mínimo a la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de oposición, el Rectorado de la Universidad hará pública la lista de los aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso. Dicha lista deberá exponerse, en todo caso, en el local donde se vaya a celebrar el primer ejercicio de la fase de oposición y en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la Función Pública (artículo 30 del Real Decreto 315/1964, de 7 de febrero), y en particular:

a) Estar en posesión, o en condiciones de obtener el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

b) Pertenecer al grupo B de las Escalas de Gestión de Universidades Estatales, Cuerpos o Escalas de Gestión de la Administración del Estado y sus organismos autónomos, de la Seguridad Social, Comunidades Autónomas o de las Corporaciones Locales.

c) Tener destino en propiedad en la Universidad de Murcia en dicho grupo, o reserva de puesto de trabajo de los de dicho grupo en aplicación del subapartado b), 3, de la norma 2.D) de las de Provisión de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Murcia, aprobadas en Junta de Gobierno de fecha 26 de junio de 1996, o en cualquiera de las situaciones que permiten la reserva de puesto de trabajo.

d) Poseer una antigüedad de, al menos, dos años en los Cuerpos o Escalas citados.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, correspondientes a algunos de los Cuerpos o Escalas citados, serán computables, a efectos de antigüedad, para participar en estas pruebas selectivas.

2.2 Los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo en solicitud, que se ajustará al modelo que figura como anexo IV de esta convocatoria. A la solicitud se acompañará una fotocopia del documento nacional de identidad. Los aspirantes que soliciten puntuación en la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, deberán hacerlo constar en la solicitud, indicando en el recuadro A del apartado 23 (datos a consignar según las bases de la convocatoria) la antigüedad en años en el Cuerpo o Escala del grupo B al que pertenezcan, en el recuadro B el grado personal consolidado que se posea y en el recuadro C el nivel del puesto ocupado en propiedad.

3.2 Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Servicio de Recursos Humanos expedirá certificación acreditativa del Cuerpo o Escala a que pertenezca el funcionario, así como de su antigüedad en el mismo, grado personal consolidado y nivel del puesto ocupado en propiedad, referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3.3 La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de Murcia (Santo Cristo, 1, 30071 Murcia) o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán al Magnífico y excelentísimo señor Rector de la Universidad de Murcia.

Los interesados adjuntarán a dicha solicitud comprobante bancario original de haber abonado los derechos de examen.

3.4 Los aspirantes con minusvalías deberán indicar en la solicitud la minusvalía que padecen, para lo cual se utilizará el correspondiente recuadro de la solicitud. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en dicho recuadro, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.5 Los derechos de examen serán de 4.000 pesetas y se ingresarán en la cuenta número 10.538.111 "Universidad de Murcia" de la Caja Postal, oficina principal de Murcia.

En ningún caso la presentación y pago en la Caja Postal supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.3.

3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Murcia, a la vista de la certificación del Servicio de Recursos Humanos a la que se refiere la base 3.1, dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en la que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de los aspirantes excluidos con indicación de las causas de la exclusión. En la lista deberán constar en todo caso los apellidos, nombre y número del documento nacional de identidad.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución para poder subsanar el defecto que haya motiva do la exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando el derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

4.3 Los derechos de examen serán reintegrados de oficio a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización de las pruebas selectivas.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas estará compuesto en la forma prevista en el artículo 191 de los Estatutos de la Universidad de Murcia. La misma composición tendrá el Tribunal suplente. El Tribunal se nombrará en la Resolución prevista en la base 4.1 de esta convocatoria, y se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Murcia, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si se hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado", Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes. 5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Murcia.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con minusvalías que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial del Estado" del 22) o cualesquiera otros equivalentes.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Murcia, avenida Teniente Flomesta, sin número. Edificio Convalecencia, teléfono 36 36 86.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría primera de las recogidas en el artículo 33 del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 19).

5.12 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra "Z", de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración Pública de 9 de abril de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" del 12), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el 4 de abril de 1997.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad. 6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y por cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo ejercicio el anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Rector de la Universidad de Murcia, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10, y en aquellos otros que estime oportunos, la relación de aspirantes que superen las pruebas selectivas, por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad, una vez sumadas las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, y teniendo en cuenta lo establecido en la base 5.12.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista de aprobados al Rector de la Universidad de Murcia, especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquél en que se hizo pública la relación de aprobados en el lugar o lugares de examen, los opositores aprobados deberán presentar, en la Sección de PAS de la Universidad de Murcia, los siguientes documentos:

A) Fotocopia debidamente compulsada del título o certificación académica que acredite estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente, o certificación académica que acredite haber realizado y superado todos los estudios necesarios para la obtención del título.

B) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con minusvalías deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que acredite tal condición, e igualmente deberán presentar certificación de los citados órganos o de la Administración Sanitaria, acreditativa de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

De constar en su expediente personal los documentos de los apartados A) o B), podrán ser sustituidos por una certificación única expedida por el Servicio de Recursos Humanos, que acredite dicho extremo.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.3 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera, mediante Resolución que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

9. Norma final

9.1 La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Murcia, 9 de marzo de 1998.-El Rector, Juan Monreal Martínez.

ANEXO I

Ejercicios y valoración

1. El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases: Concurso y oposición.

1.1 En la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán los servicios efectivos prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de enero de 1979), hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes en los Cuerpos o Escalas citados en la Base 2.1, así como el grado personal consolidado y el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que desempeñe en propiedad en la misma fecha.

1.2 La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo todos obligatorios y eliminatorios.

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito tres temas, uno de cada grupo de materias en las que se divide el programa contenido en el anexo II. El tema correspondiente a cada grupo se elegirá por el aspirante de entre dos obtenidos al azar.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de tres horas.

El ejercicio será leído ante el Tribunal en sesión pública, convocada al efecto, y en llamamiento único, pudiendo el Tribunal dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio, durante un tiempo máximo de quince minutos.

Los aspirantes que superen este ejercicio estarán exentos de realizarlo en la siguiente convocatoria de ingreso por promoción interna en esta misma Escala, salvo que opten por presentarse para obtener mejor nota, de acuerdo con lo que establezca dicha convocatoria.

Segundo ejercicio: Consistirá en la exposición escrita de un tema de carácter general relacionado con el programa, a elegir por el aspirante de entre tres propuestos por el Tribunal. Tales temas deberán estar relacionados con el contenido del programa que figura como anexo II de esta convocatoria, sin que hayan de ser necesariamente coincidentes con sus enunciados.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas.

El ejercicio será leído ante el Tribunal en sesión pública, convocada al efecto, y en llamamiento único, pudiendo el Tribunal dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio, durante un tiempo máximo de diez minutos.

Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico, de entre tres propuestos por el Tribunal, sobre el contenido del programa que figura como anexo II.

El tiempo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas.

El ejercicio será leído ante el Tribunal en sesión pública, convocada al efecto, y en llamamiento único, pudiendo el Tribunal dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio, durante un tiempo máximo de 10 minutos.

2. Valoración de méritos y calificación de los ejercicios:

2.1 Fase de concurso. La valoración de los méritos señalados en el apartado 1.1 se realizará de la forma siguiente:

a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en los Cuerpos o Escalas del grupo B a que se refiere la base 2.1. se valorará hasta un máximo de 3,21 puntos, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios prestados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, asignándose por cada año completo de servicios efectivos en el Cuerpo o Escala una puntuación de 0,214 puntos hasta el límite máximo expuesto.

b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente, el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación: 6,43 puntos por grado personal consolidado igual al 22, y 0,2825 puntos por cada unidad de grado superior, hasta un máximo de 7,56 puntos.

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en propiedad el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación: 9,64 puntos por nivel de destino igual al 22, y 0,57 puntos por cada unidad de nivel de destino superior, hasta un máximo de 11,92 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones, con independencia de los efectos económicos de las mismas.

d) Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación final de la fase de oposición a efectos de establecer la relación definitiva de aspirantes aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

2.2 Fase de oposición:

a) Primer ejercicio: Se calificará de cero a 20 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no obtengan un mínimo de 10 puntos.

b) Segundo ejercicio: Se calificará de cero a 20 puntos, siendo necesario para superarlo un mínimo de diez puntos.

c) Tercer ejercicio: Se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos.

2.3 Calificación final de las pruebas selectivas:

La calificación final de las pruebas selectivas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y concurso. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio, segundo ejercicio, tercer ejercicio, y si persistiere el empate éste se dirimirá por orden alfabético del primer apellido de los aspirantes empatados, iniciándose el citado orden por la letra "Z" a que se refiere la base 6.1 de la presente convocatoria.

ANEXO II

Programa

GRUPO I

Derecho Administrativo

1. El Derecho Administrativo: Concepto y contenido. Tipos históricos de sometimiento de la Administración al Derecho. Sistemas contemporáneos.

2. La Administración Pública. Concepto. La Administración y las funciones y poderes del Estado, Gobierno y Administración.

3. Control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración. La Administración y la norma jurídica: El principio de legalidad.

4. Las fuentes del Derecho Administrativo: Concepto y clases. Jerarquía normativa. Autonomía y sistema de fuentes. La Constitución.

5. La Ley: Concepto. Leyes Orgánicas y Leyes Ordinarias. Disposiciones del ejecutivo con fuerza de Ley: Decretos-leyes y Decretos Legislativos.

6. El Reglamento. Clases de Reglamentos. Fundamentos y límites de la potestad reglamentaria. Los Reglamentos de los órganos constitucionales.

7. La Ley y el Reglamento. Reserva de Ley y reserva reglamentaria. Reglamentos ilegales.

8. La relación jurídico-administrativa. El administrado. Teoría del administrado.

9. Los interesados. Capacidad de obrar. Concepto de interesado. Representación. Pluralidad de interesados. Identificación de los interesados.

10. La intervención administrativa. La clasificación tradicional de las formas de acción administrativa: Fomento, policía y servicio público.

11. El fomento: Manifestaciones más importantes de la acción administrativa de fomento.

12. La actividad de policía en el Estado de Derecho. Los poderes de policía de las distintas Administraciones Públicas. Principales manifestaciones en la acción administrativa de policía.

13. La actividad administrativa de servicio público. Formas de gestión de los servicios públicos. Especial referencia a la concesión administrativa.

14. El acto administrativo. Concepto y clases. Elementos del acto administrativo: Sujeto, causa, fin y forma.

15. Requisitos de los actos administrativos. Contenido. Motivación, forma.

16. Eficacia de los actos administrativos. Ejecutividad. Efectos de los actos administrativos. Notificación. Práctica de la notificación. Publicación. Indicación de notificaciones y publicaciones.

17. Nulidad y anulabilidad de los actos administrativos. Nulidad de pleno derecho y anulabilidad.

18. Transmisibilidad: Conversión de actos viciados. Conservación de actos y trámites. Convalidación.

19. El procedimiento administrativo. Fases. Iniciación del procedimiento: Clases de iniciación. Ordenación del procedimiento: impulso. Celeridad. Cumplimiento de trámites. Cuestiones incidentales.

20. Instrucción del procedimiento administrativo: Actos de instrucción. Alegaciones. La prueba. Informes. Participación de los interesados.

21. Finalización del procedimiento administrativo. Disposiciones generales. Resolución. Desistimiento y renuncia. Caducidad.

22. Ejecución de resoluciones administrativas: Título. Ejecutoriedad. Ejecución forzosa. Medios de ejecución forzosa.

23. La revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de oficio. Revisión de actos nulos. Revisión de actos anulables. Suspensión. Revocación de actos. Límites de la revisión.

24. Recursos administrativos. Principios generales. Objeto y clases. Interposición de recurso. Suspensión de la ejecución. Audiencia de los interesados. Resolución.

25. Recurso ordinario: Objeto y plazo. Motivos. Interposición. Resolución presunta. Recurso de revisión: Objeto y plazo. Resolución.

26. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Extensión y límites. Órganos de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

27. Las partes en el proceso contencioso-administrativo. El objeto del recurso contencioso-administrativo. El procedimiento contencioso-administrativo.

28. Las peculiaridades del proceso contencioso-administrativo en materia de protección de Derechos Fundamentales. Otros procedimientos especiales. Recursos de apelación, revisión y casación.

29. Los contratos administrativos: Naturaleza, caracteres y clases. Elementos. Formas de contratación. Resolución, rescisión y denuncia.

30. Los contratos administrativos en particular. Disposiciones comunes a los contratos administrativos de obras, gestión de servicios y suministros.

31. El contrato de obras. Disposiciones generales. Actuaciones administrativas preparatorias del contrato de obras. Anteproyecto y proyecto de obras. Replanteo y pliegos de cláusulas administrativas particulares. Expedientes de contratación.

32. Formas de adjudicación de los contratos de obras. Las subastas. Las subastas con admisión previa. Los concursos. El procedimiento negociado. Publicidad de las adjudicaciones.

33. Formalización del contrato de obras. Efectos del contrato de obras. Ejecución, cumplimiento de plazos. Abonos al contratista. Modificación del contrato de obras.

34. Extinción del contrato de obras. Causas y efectos de la resolución. Recepción y liquidación de las obras. Plazo de garantía. Recepción provisional. Recepción definitiva.

35. Contrato de suministros. Disposiciones generales. Actuaciones administrativas preparatorias del contrato de suministro. Formas de adjudicación del contrato de suministros: Subasta, concurso, procedimiento negociado.

36. Formalización del contrato de suministro. Suministros menores. Requisitos de las facturas según el artículo 259 del Reglamento General de Contratación. Ejecución del contrato de suministros. Modificación del contrato de suministros. Extinción.

37. Fianzas y demás garantías en los contratos de obras y suministros. Fianzas provisionales, definitiva y complementaria. Las garantías especiales. Los avales.

38. Régimen jurídico de los contratos de consultoría y asistencia, de los de servicios y de los trabajos específicos y concretos no habituales de la Administración.

39. Responsabilidad de la Administración.

Ciencia de la Administración

1. La planificación de la gestión pública. Naturaleza y propósito de la planificación. Tipos de planes. El proceso de planificación. La planificación estratégica.

2. Objetivos. Naturaleza de los objetivos. Conceptos básicos. Desarrollo, seguimiento y evaluación. Aplicación a la Administración Pública.

3. La organización. Teorías de la organización. Elementos esenciales.

4. La dirección. Fases del proceso de dirección. Toma de decisiones. Técnicas de apoyo. Estilos de dirección.

5. Sistemas y procesos de control: Definición de control. Planificación y control. Proceso básico de control. El control como sistema de retroalimentación.

6. La comunicación. El proceso de comunicación. Tipos de comunicación. Comunicación oral y escrita; comunicación formal e informal; comunicación ascendente y descendente.

7. La Administración al servicio del público. La calidad en el servicio de atención al ciudadano. El ciudadano como cliente.

8. Gestión de la calidad. Organización para la gestión de la calidad: Rediseño y mejora de procesos; política de recursos humanos.

GRUPO II

Régimen Económico y Financiero

1. La economía española. Evolución de la economía española. La economía española y la UE.

2. El presupuesto: Conceptos, clasificación y principios. Las funciones del presupuesto y su evolución.

3. La crisis del presupuesto clásico y las nuevas técnicas presupuestarias. El presupuesto por programas.

4. La Ley anual de Presupuestos Generales del Estado. Preparación y aprobación del proyecto por el Gobierno. Su tramitación como ley.

5. La Ley General Presupuestaria. Características y estructura. Gastos e ingresos del Estado.

6. Los ingresos públicos: Concepto y clasificación. La Ley General Tributaria y el sistema tributario español.

7. Contabilidad pública. Concepto. Contabilidad preventiva, ejecutiva y crítica.

8. Control del gasto público en España. Especial referencia del control de legalidad. El Tribunal de Cuentas.

Contratación, Patrimonio y Régimen Económico y Financiero

de la Universidad de Murcia

1. La autonomía universitaria y autonomía financiera. Alcance y contenido de la autonomia financiera de las Universidades.

2. La financiación de las Universidades. Aproximaciones al tema de la financiación Universitaria. La financiación como instrumento de planificación.

3. Régimen económico-financiero actual de las Universidades Públicas. Relación de los ingresos universitarios con los presupuestos de la Comunidad Autónoma y del Estado.

4. El Presupuesto de la Universidad de Murcia: Elaboración del presupuesto. Estructura del presupuesto.

5. El Presupuesto de la Universidad de Murcia: Modificaciones presupuestarias. Clases. Órganos competentes para su aprobación. Ordenación de gastos y pagos en la Universidad de Murcia.

6. La Cuenta General de Ejecución del Presupuesto en la Universidad de Murcia. Formación de la Cuenta. Estructura.

7. El Presupuesto de la Universidad de Murcia. Normas de ejecución del Presupuesto.

8. El Patrimonio de la Universidad de Murcia: Referencia a sus Estatutos.

9. El Inventario Patrimonial de la Universidad de Murcia: Alcance y contenido. Procedimiento de gestión del Inventario en la Universidad de Murcia.

Gestión de Investigación

1. La investigación científica y técnica de España. Órganos competentes. Planificación y financiación de la investigación.

2. Organización de la Investigación en la Universidad de Murcia. Órganos de decisión, coordinación y gestión.

3. La contratación de trabajos al amparo del artículo 11 de la Ley de Reforma Universitaria en la Universidad de Murcia. Competencia. Competencia para contratar. Procedimiento. Régimen económico y administrativo.

Derecho Laboral y Seguridad Social

1. Las fuentes del Derecho Laboral. Jerarquía. La ley. Los Convenios Colectivos. Principios Generales del Derecho del Trabajo.

2. El Estatuto de los Trabajadores. Estructura y contenido.

3. El Contrato de trabajo: Tipos de contrato de trabajo.

4. Características y especialidades de la contratación temporal en las Administraciones Públicas. El contrato de interinidad y su consideración legal y jurisprudencial. Soluciones aportadas en la Universidad de Murcia.

5. La huelga. Constitucionalización de la huelga. Alcance y límites. La huelga en los servicios esenciales de la comunidad.

6. Modificación del contrato de trabajo. Movilidad funcional y geográfica.

7. Suspensión y extinción del contrato de trabajo. Suspensión del contrato por causas técnicas, organizativas, económicas, derivadas de fuerza mayor. Las excedencias. Causas de extinción. El despido.

8. La negociación colectiva laboral. Régimen Jurídico. Partes. Procedimiento. Contenido.

9. Régimen disciplinario laboral. La jurisdicción social.

10. La Seguridad Social en la Constitución Española. La universalización de las prestaciones.

11. Antecedentes y regulación actual del régimen jurídico de la Seguridad Social. Financiación y gestión de la Seguridad Social.

12. Acción protectora de la Seguridad Social. Concepto y clases de prestaciones. Afiliación y cotización.

13. Incapacidad temporal. Invalidez y jubilación. Régimen jurídico. Prestaciones.

14. El personal laboral al servicio de la Universidad de Murcia. Régimen jurídico: El Convenio Colectivo para el Personal Laboral de Universidades Estatales. Provisión de vacantes.

15. La promoción profesional del personal laboral en la Uníversidad de Murcia. Finalidad de esta promoción profesional y económica.

GRUPO III

Burocracia y Función Pública Estatal

1. Función Pública y burocracia. Evolución de la Función Pública española. La Constitución de 1978. La Ley 30/1984, de 2 de agosto.

2. Régimen general establecido en la Ley de Medidas de Reforma de la Función Pública. Órganos superiores de la Función Pública española.

3. La reforma del régimen jurídico de la Función Pública introducido por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y su incidencia en las Universidades. 4. Los Planes de Empleo: Elaboración y alcance. Racionalización de las estructuras administrativas. Incidencia de la regulación de los Planes de Empleo en la Función Pública española.

5. El personal funcionario al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen jurídico, selección de los funcionarios públicos. Provisión de puestos y promoción profesional. Situaciones administrativas de los funcionarios. Las comisiones de servicios. Los servicios especiales. Excedencias.

6. Derechos y deberes de los funcionarios. Derechos sindicales. Derechos económicos: Régimen retributivo.

7. Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen disciplinario.

Función Pública de la Universidad de Murcia

1. El personal docente de la Universidad de Murcia. Régimen jurídico. Clases de personal docente.

2. Selección del profesorado. Situaciones administrativas y régimen de retribuciones.

3. El Personal Funcionario de Administración de la Universidad de Murcia. Referencia a los Estatutos.

4. Representación del personal al servicio de la Universidad de Murcia. La Mesa General como órgano de representación sindical. Composición y funcionamiento de la Mesa. Régimen de acuerdos.

5. La provisión de puestos de trabajo de personal funcionario en la Universidad de Murcia.

Organización y Gestión Universitaria

1. Los modelos históricos y la Universidad actual en España. Génesis de la Universidad española contemporánea. El sistema anterior a la Ley de Reforma Universitaria y sus quiebras.

2. La educación superior y la autonomia universitaria. Contenido y alcance de la autonomía universitaria. Reconocimiento constitucional.

3. Los fines de la Universidad. La educación superior como servicio público. La Universidad pública.

4. Magnitud del fenómeno educativo. Previsiones de crecimiento y planificación en la enseñanza superior. La financiación de las Universidades.

5. Los indicadores de la educación. La calidad de la educación. Tendencias actuales para la medición de la calidad de las Universidades.

6. Las Universidades públicas españolas. Fuentes del ordenamiento y régimen jurídico. Ámbito de autoorganización. Estructura. Órganos de Gobierno.

7. Estructura y organización académica de la Universidad de Murcia. Departamentos, Centros e Institutos.

8. La Gerencia. Organización y estructura orgánica de la Gerencia de la Universidad de Murcia.

9. Los servicios generales de la Universidad de Murcia. Organización administrativa de centros y departamentos. Referencia a los Estatutos.

10. El Consejo de Universidades. Competencias de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en materia de Universidades.

11. El acceso a la Universidad. Pruebas de aptitud. Régimen general. Acceso de los mayores de veinticinco años. Otros regímenes de acceso.

12. Procedimientos para el ingreso en la Universidad. Régimen de permanencia. Simultaneidad de estudios.

13. Procedimientos de matricula. Los precios públicos y sus exenciones o bonificaciones. Convalidaciones.

14. Becas y ayudas al estudio. Régimen general. Ayudas al estudio en la Universidad de Murcia.

15. Organización de los estudios universitarios. Los estudios de primer y segundo ciclo. Directrices generales comunes. Las directrices generales propias y los Planes de Estudio.

16. Los estudios del tercer ciclo. Régimen jurídico general. Los programas de Doctorado. Acceso a los estudios de Doctorado. Los estudios de Doctorado: Procedimiento de gestión del Doctorado en la Universidad de Murcia.

17. Otros estudios de postgrado: Cursos de especialista y "master" en la Universidad de Murcia.

18. Los títulos universitarios. Obtención, expedición, homologación. Especial referencia al procedimiento de expedición de títulos en la Universidad de Murcia.

ANEXO III

Don, con domicilio en y documento nacional de identidad número, declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Murcia, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

En Murcia, a de de 199

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