Detectados errores en la Resolución de 2 de febrero de 1998, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia ("Boletín Oficial del Estado" de 3 de marzo),
Este Rectorado ha resuelto realizar las siguientes correcciones:
Base cuarta, en su apartado 4.2. Valoración del trabajo desarrollado, donde dice: "4.2.1 Por estar desempeñando o haber desempeñado un puesto en la misma Unidad Administrativa a la que pertenece el puesto objeto del concurso: 0,40 puntos por año o fracción superior a seis meses, hasta un máximo de 4 puntos.
4.2.2 Por estar desempeñando o haber desempeñado un puesto en distinta Unidad Administrativa a la que pertenece el puesto objeto del concurso: 0,20 puntos por año o fracción superior a seis meses, hasta un máximo de 4 puntos.", debe decir: "4.2.1 Por estar desempeñando o haber desempeñado en la Universidad Nacional de Educación a Distancia un puesto en la misma Unidad Administrativa a la que pertenece el puesto objeto del concurso: 0,40 puntos por año o fracción superior a seis meses, hasta un máximo de 4 puntos.
4.2.2 Por estar desempeñando o haber desempeñado en la Universidad Nacional de Educación a Distancia un puesto en distinta Unidad Administrativa a la que pertenece el puesto objeto del concurso: 0,20 puntos por año o fracción superior a seis meses, hasta un máximo de 4 puntos."
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, previa comunicación a este Rectorado.
Madrid, 17 de marzo de 1998.-El Rector, Jenaro Costas Rodríguez.
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