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Documento BOE-A-1998-7573

Resolución de 4 de marzo de 1998, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre la Gerencia de Servicios Sociales de la Junta de Castilla y León y el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) para la ampliación de la plantilla de los centros de atención a minusválidos psíquicos de Béjar y Fuentes Blancas.

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 31 de marzo de 1998, páginas 10916 a 10917 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1998-7573

TEXTO ORIGINAL

Suscrito entre el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) y la Comunidad de Castilla y León un Convenio de colaboración para la ampliación de la plantilla de los centros de atención a minusválidos psíquicos de Béjar y Fuentes Blancas, en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" del 27) procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 4 de marzo de 1998.-El Secretario general técnico, P. A. (Real Decreto 1888/1996, de 2 de agosto, "Boletín Oficial del Estado" del 6), el Subdirector general de Relaciones con las Comunidades Autónomas e Informes sobre Seguridad Social y Asuntos Sociales, Luis Bas Rodríguez.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA GERENCIA DE SERVICIOS SOCIALES Y LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN Y EL INSTITUTO DE MIGRACIONES Y SERVICIOS SOCIALES (IMSERSO) PARA LA AMPLIACIÓN DE LA PLANTILLA DE LOS CENTROS DE ATENCIÓN A MINUSVÁLIDOS PSÍQUICOS DE BÉJAR Y FUENTES BLANCAS

En Madrid, a 3 de diciembre de 1997.

REUNIDOS

De una parte, el ilustrísimo señor don Héctor Maravall Gómez-Allen de, Director general del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO), en nombre y representación del Gobierno de la Nación, por delegación conferida por Acuerdo del Consejo de Ministros del día 21 de julio de 1995,

Y, de otra parte, el ilustrísimo señor don César Antón Beltrán, Gerente de Servicios Sociales, en virtud de nombramiento por Decreto 270/1995, de 28 de diciembre,

EXPONEN

I

La Constitución Española, en su artículo 149.1.17.a, reserva al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las Comunidades Autónomas; de otro lado, en su artículo 148.1.20, dispone que las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en materia de asistencia social.

De conformidad con ello, el Estatuto de Autonomía de Castilla y León, aprobado por Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, y reformado por Ley Orgánica 11/1994, de 24 de marzo, atribuye a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en su artículo 28.6, la función ejecutiva en materia de gestión de las prestaciones y servicios sociales del sistema de la Seguridad Social, INSERSO (en lo sucesivo IMSERSO), y en su artículo 26.1.18 dispone que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva en materia de asistencia social y servicios sociales.

II

Mediante Reales Decretos 905/1995 y 906/1995, ambos de 2 de junio, se aprueban sendos acuerdos de la Comisión MIxta de Transferencias Administración del Estado-Comunidad de Castilla y León, adoptados en fecha 11 de mayo de 1995, por los que, en el primero de ellos, se concretan las funciones y servicios de la Seguridad Social en las materias encomendadas al IMSERSO que deben ser objeto de traspaso a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, y en el segundo, se amplían los medios y servicios traspasados a la Comunidad de los Reales Decretos 251/1982, 710/1984 y 1269/1985 en materia de asistencia y servicios sociales.

La efectividad de los traspasos y servicios, objeto de los acuerdos citados, se produjo el 1 de enero de 1996.

III

Entre las funciones y servicios traspasados se encuentran el Centro de Atención a Minusválidos Psíquicos (CAMP) de Béjar y el CAMP de Fuentes Blancas, incluidos respectivamente en sendas relaciones núme- ro 1 de los acuerdos de traspaso aprobados mediante Reales Decre- tos 905/1995 y 906/1995.

IV

El anexo V que acompaña a los acuerdos de traspaso a los que se ha hecho referencia en los apartados anteriores recoge el compromiso del IMSERSO de asumir la cobertura de la plantilla pendiente de ampliación en el CAMP de Béjar y en el CAMP de Fuentes Blancas, así como la financiación de la repercusión de esa ampliación en los gastos del capítu- lo II del Presupuesto. Por último, prevé la suscripción de un Convenio entre el IMSERSO y la Comunidad Autónoma de Castilla y León, para el período 1996 a 1998, a fin de incorporar a la valoración de la transferencia la financiación correspondiente en los capítulos I y II derivada de los gastos de ampliación de plantilla de ambos centros.

Con la finalidad de hacer efectivos los compromisos anteriores, ambas partes, reconociéndose legitimidad y capacidad jurídica suficiente, suscriben, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el presente Convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-El presente Convenio tiene por objeto establecer los acuerdos y colaboración necesarios entre el IMSERSO y la Junta de Castilla y León para hacer efectivos los compromisos a los que se ha hecho referencia en la exposición de motivos, asumidos por el IMSERSO, en relación con la ampliación de las plantillas del CAMP de Béjar (Salamanca) y del CAMP de Fuentes Blancas (Burgos), según el siguiente detalle:

CAMP de Béjar:

R. A. Personal/Administrativa: Una.

R. A. Asistencial/Residencial: Una.

Fisioterapeuta: Una.

ATS/DUE: Una.

Asistente Social: Una.

Terapeuta ocupacional: Una.

Jefe de Servicios Técnicos: Una.

ETAR: Tres.

Cuidador: 18.

Cocinero de segunda: Dos.

Ayudante de Cocina: Una.

Ordenanza: Dos.

Camarero/Limpiador: Dos.

Total de plazas nuevas: 35.

CAMP de Fuentes Blancas:

ATS/DUE: Dos.

Cuidador: 14.

Ayudante de Cocina: Una.

Total de plazas nuevas: 17.

Segunda.-La Junta de Castilla y León, que creará los puestos de trabajo cuya especificidad figura en la cláusula primera, procederá a su cobertura por los procedimientos establecidos en las normas de aplicación al personal que presta servicios en los CAMP de Béjar y Fuentes Blancas.

La responsabilidad de la selección del personal corresponde a la Junta de Castilla y León, que asumirá respecto al mismo todas las obligaciones de carácter laboral, de Seguridad Social, de prevención de riesgos laborales y cualesquiera otras que procedan. Los nuevos contratos que, en su caso, se formalicen se regirán por el mismo Convenio Colectivo que el del resto del personal que presta servicios en los centros de atención de minusválidos psíquicos de Béjar y Fuentes Blancas.

Tercera.-Con efectos económicos desde el momento en que se incorporen las personas seleccionadas para la cobertura de dichas plazas y hasta el 31 de diciembre de 1998, el IMSERSO suplementará a la Comunidad Autónoma de Castilla y León el crédito necesario para afrontar el gasto efectivo en el capítulo I del Presupuesto de la ampliación de plantilla de los centros de atención a minusválidos psíquicos de Béjar y Fuentes Blancas. Suplementará, asimismo, la repercusión de esa ampliación en el capítulo II.

A tales efectos, la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León comunicará al IMSERSO la fecha de incorporación a dichas plazas del personal que resulte seleccionado conforme a la cláusula segunda.

A efectos indicativos el coste anual, según retribuciones de 1997, de la cobertura total de las 52 plazas de plantilla que se amplían es de 146.518.355 pesetas, y la repercusión de ese coste en el capítulo II del Presupuesto es de 44.200.000 pesetas anuales en 1997.

Cuarta.-La cantidad que sea suplementada por el IMSERSO en el ejercicio económico de 1998 se incorpora el presente Convenio para la financiación de los gastos de los capítulos I y II de los centros a que se refiere el mismo.

Quinta.-Se habilitarán los cauces y mecanismos necesarios entre el IMSERSO y la Gerencia de Servicios Sociales para la gestión, vigilancia y control de lo pactado en este Convenio. Una Comisión de seguimiento, constituida por representantes del IMSERSO y de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, resolverá los problemas que pudieran plantearse respecto al mismo, sin perjuicio de la competencia del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo y, en su caso, de la competencia del Tribunal Constitucional.

Sexta.-El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, quedando excluido de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, al amparo del artículo 3.1.C) de la misma.

Séptima.-Este Convenio tendrá vigencia desde el momento de su firma y hasta el 31 de diciembre de 1998. Con independencia de la extinción del Convenio seguirá vigente lo dispuesto en su cláusula cuarta.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio, en cuadruplicado ejemplar, quedándose dos en poder de cada parte, en el lugar y fecha indicados en su encabezamiento.-El Director general del IMSERSO, Héctor Maravall Gómez-Allende.-El Gerente de Servicios Sociales de Castilla y León, César Antón Beltrán.

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