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Documento BOE-A-1998-7586

Resolución de 2 de marzo de 1998, del Instituto Nacional de Empleo, de convocatoria adicional para la concesión de subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo a entidades colaboradoras sin ánimo de lucro.

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 31 de marzo de 1998, páginas 10947 a 10947 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1998-7586

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de esta Dirección General de 2 de febrero de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" de 18 de febrero), de convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo a entidades colaboradoras sin ánimo de lucro, se establecieron unas necesidades de actuación fijadas en su anexo I. Habiéndose detectado posteriormente nuevas necesidades a atender,

El Director general del Instituto Nacional de Empleo ha resuelto:

Primera.-Convocar en los términos establecidos en la Resolución de 2 de febrero de 1998, de esta Dirección General, de convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo a entidades colaboradoras sin ánimo de lucro, las siguientes necesidades adicionales de actuación a ejecutar por entidades colaboradoras en orientación profesional y autoempleo en 1998:

Acciones / Comunidad,

Provincia

IPE / PPEF / DAPO / BAE / SIOBE / INMA+APE / Total

Madrid / 3.193 / 122 / 118 / 2.675 / 236 / - / 6.344

Melilla / 1.000 / 40 / 50 / 600 / 300 / 142 / 2.132

IPE = Información Profesional para el Empleo.

PPEF = Plan Personal de Empleo y Formación.

DAPO = Desarrollo de los Aspectos Personales para la Ocupación.

BAE = Búsqueda Activa de Empleo.

SIOBE = Seguimiento de Información, Orientación y Búsqueda Activa de Empleo.

INMA + APE = Información y Asesoramiento para el Autoempleo.

Segunda.-El plazo para la presentación de las solicitudes y la documentación para estas necesidades, según modelos y relación establecidos en la citada Resolución de esta Dirección General de 2 de febrero, será de quince días, a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución.

Disposición final.

Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 2 de marzo de 1998.-El Director general, Juan Chozas Pedrero.

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