En el recurso contencioso-administrativo número 1.237/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Miguel Torres, Sociedad Anónima", contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de febrero de 1993 y 31 de enero de 1994, se ha dictado, con fecha 1 de marzo de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que, desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad "Miguel Torres, Sociedad Anónima", contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial, de 31 de enero de 1994, que estimo el recurso de reposición interpuesto contra el acuerdo de 5 de febrero de 1993 que concedió el acceso al Registro de la marca "Torre de Deiro" número 1.550.942, marca nacional, debemos declarar y decla ramos ser ajustada a derecho la resolución recurrida; sin hacer declaración especial sobre costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 13 de febrero de 1998.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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