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Documento BOE-A-1998-7871

Orden de 26 de febrero de 1998 por la que se resuelve el concurso público para la adjudicación, mediante procedimiento abierto, de una concesión para la prestación del servicio público de telecomunicaciones por cable en la demarcación territorial de isla de Menorca.

Publicado en:
«BOE» núm. 79, de 2 de abril de 1998, páginas 11282 a 11282 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1998-7871

TEXTO ORIGINAL

La Ley 42/1995, de 22 de diciembre, de las Telecomunicaciones por Cable, establece el régimen jurídico del servicio público de telecomunicaciones por cable y de las redes que le sirven de soporte. En aplicación y desarrollo de la mencionada Ley, el Real Decreto 2066/1996, de 13 de septiembre, aprueba el Reglamento Técnico y de Prestación del Servicio de Telecomunicaciones por Cable.

El artículo 2 de la Ley 42/1995, de 22 de diciembre, de las Telecomunicaciones por Cable, dispone que el servicio de telecomunicaciones por cable se prestará por demarcaciones territoriales. En tal sentido, la demarcación territorial de isla de Menorca ha quedado constituida por la resolución de la excelentísima Consejera de Presidencia del Gobierno balear de fecha 14 de marzo de 1997.

A su vez, el artículo 3 de la citada Ley 42/1995, establece que el servicio de telecomunicaciones por cable se prestará por los operadores de cable en régimen de gestión indirecta, mediante concesión administrativa que será otorgada por el Ministerio de Fomento, previa la convocatoria por éste del oportuno concurso público.

A tal efecto, el pliego de bases administrativas y condiciones técnicas que ha de regir el concurso que se convoque para la adjudicación de una concesión del servicio de telecomunicaciones por cable en la demarcación territorial de isla de Menorca ha sido aprobado por la Orden de 30 de julio de 1997, habiendo sido convocado el concurso público para el otorgamiento de la citada concesión por Orden de 23 de septiembre de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" número 243, de 10 de octubre), modificada parcialmente por la Orden de 17 de octubre de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" número 264, de 4 de noviembre).

La Mesa de Contratación, constituida de conformidad con lo dispuesto en el pliego anteriormente citado, ha examinado la documentación administrativa aportada por el único licitador presentado al actual concurso ("Telecable de Menorca, Sociedad Anónima"), habiendo acordado la no admisión al presente concurso de dicho licitador por cuanto que no ha cumplido los requisitos exigidos por las bases 6 y 7 del pliego de bases referentes a la solicitud de otorgamiento de concesión y al sobre núme ro 1 (documentación administrativa), respectivamente, y ha elevado la correspondiente propuesta de resolución del citado concurso.

En aplicación de las previsiones de la base 17 del pliego de bases administrativas y condiciones técnicas anteriormente citado y de conformidad con dicha propuesta, resuelvo:

Único.-Declarar desierto el concurso público convocado para la adjudicación de una concesión de gestión directa del servicio público de telecomunicaciones por cable en la demarcación territorial de isla de Menorca, por no ser admitido al concurso el único licitador presentado.

De conformidad con lo señalado en la mencionada base 17 del pliego, la presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, previa comunicación de su interposición a este órgano, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha jurisdicción.

Madrid, 26 de febrero de 1998.

ARIAS-SALGADO MONTALVO

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