Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla), con fecha 28 de junio de 1997, sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 925/1995, promovido por "Aceites Carbonell, Sociedad Anónima", sobre restitución a la exportación de aceite de oliva; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Estimamos el recurso contencioso-administrativo objeto de este procedimiento, interpuesto contra la resolución referida en el antecedente de hecho primero de la presente Resolución, la cual anulamos por ser contraria al ordenamiento jurídico, sin hacer expresa imposición de las costas procesales."
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 9 de marzo de 1998.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), la Jefa del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Asunción Pérez Román.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).
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