Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 4 de diciembre de 1996, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 1.801/1994, promovido por don Manuel Caño Collado, sobre diferencias retributivas de grado personal; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Manuel Caño Collado contra el acuerdo de la Subsecretaría, de la Dirección General de Servicios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de fecha 13 de julio de 1993, que reconoció al recurrente el grado personal consolidado 16, con efectos de 17 de septiembre de 1992, así como frente a la Resolución del mismo organismo de fecha 4 de mayo de 1994 que desestimó el recurso deducido contra aquél, debemos declarar y declaramos las mencionadas resoluciones ajustadas a Derecho, sin hacer expresa imposición de las costas procesales causadas."
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 9 de marzo de 1998.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), la Jefa del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Asunción Pérez Román.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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