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Documento BOE-A-1998-8285

Orden de 20 de marzo de 1998 por la que se modifica la de 22 de octubre de 1996, que regula el observatorio de la distribución comercial.

Publicado en:
«BOE» núm. 84, de 8 de abril de 1998, páginas 11834 a 11835 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1998-8285
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1998/03/20/(3)

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión del 12 de mayo de 1995, aprobó el Plan Marco de Modernización del Comercio Interior, que, entre otras cosas, preveía la creación de un Observatorio de la Distribución Comercial, con el doble fin de realizar un adecuado seguimiento y evaluación de la evolución del sistema de distribución comercial en España y de elaborar estudios y evaluar la información existente al respecto.

Este Observatorio fue creado en virtud de la Orden de 14 de febrero de 1996, del entonces Ministerio de Comercio y Turismo, que lo configuró como un órgano consultivo integrado exclusivamente por expertos en distribución comercial.

Posteriormente, la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 22 de octubre de 1996 modificó la composición del Observatorio de la Distribución Comercial para dar entrada en el mismo a una adecuada representación de los diversos agentes que intervienen en el proceso de la distribución comercial española, tanto por lo que respecta al tejido sectorial de la misma, como a las distintas Administraciones Públicas, cuya participación se consideró imprescindible para la buena comprensión del comercio interior en España, y que habían quedado excluidos en la primera configuración de este órgano consultivo.

La experiencia de más de un año de funcionamiento de este órgano aconseja modificar de nuevo su composición, para dar una mayor representación en el mismo a la Administración Autonómica, en concordancia con la importancia que ésta posee en la mayor parte de las materias relacionadas con el comercio interior, así como continuando con la política de descentralización y mayor peso de la Administración Autonómica en la toma de decisiones, aspecto que se ha venido corroborando positivamente, en los trabajos desarrollados hasta la fecha por el propio Observatorio de la Distribución Comercial.

En su virtud, previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo:

Primero.-Se modifica el apartado tercero de la Orden de 22 de octubre de 1996, que queda con la siguiente redacción:

«El Pleno del Observatorio se compondrá de un Presidente, veinticinco Vocales y un Secretario, que se distribuyen de la manera siguiente:

a) El Presidente, que será el Secretario de Estado de Comercio, Turismo y Pequeña y Mediana Empresa y que podrá delegar en el Director general de Comercio Interior.

b) El Director general de Comercio Interior.

c) Otros veinticuatro Vocales que deberán ser expertos de reconocido prestigio en el ámbito del comercio interior, de todo el territorio nacional, elegidos entre las Administraciones Públicas, Instituciones y miembros de los sectores implicados.

Los veinticuatro Vocales mencionados procederán de:

Doce por las Comunidades Autónomas.

Uno por la Administración Local.

Tres por las grandes empresas de distribución comercial.

Tres por la pequeña y mediana empresa comercial.

Uno por las asociaciones de consumidores.

Dos catedráticos de Universidad.

Uno por el Consejo Superior de Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de España.

Uno por la industria vinculada al sector de la distribución comercial de detalle.

d) Un Secretario, no Vocal, que será nombrado por el Director general de Comercio Interior entre los funcionarios titulares de un puesto de trabajo ya existente en la relación de puestos de trabajo de esa Dirección General que tendrá voz, pero no voto, en las deliberaciones.»

Segundo.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 20 de marzo de 1998.

DE RATO Y FIGAREDO

Ilmo. Sr. Director general de Comercio Interior.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 20/03/1998
  • Fecha de publicación: 08/04/1998
  • Fecha de entrada en vigor: 09/04/1998
Referencias anteriores
Materias
  • Ministerio de Economía y Hacienda
  • Observatorio de la Distribución Comercial

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