De conformidad con lo establecido en los artículos 131 y 386 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, según redacción dada por la Ley Orgánica 7/1992, de 20 de noviembre y en el artículo 28.2.a) y 3.e) del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, por acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial en su reunión del día 23 de diciembre de 1997,
Vengo en declarar la jubilación forzosa de don Eugenio López López, Magistrado de la Audiencia Provincial de Soria, por cumplir la edad legalmente establecida el día 9 de abril de 1998, con los derechos pasivos que le correspondan, cuya jubilación producirá efectos a partir de la fecha indicada.
Dado en Madrid a 6 de marzo de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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