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Documento BOE-A-1998-8457

Orden de 3 de abril de 1998 por la que se convoca el proceso de selección de candidatos para ocupar cuatro puestos de profesionales asociados en la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación.

Publicado en:
«BOE» núm. 85, de 9 de abril de 1998, páginas 12103 a 12104 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1998-8457

TEXTO ORIGINAL

El Acuerdo de 12 de enero de 1998 entre el Gobierno español y la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación generó obligaciones para ambas partes: La FAO se comprometió a cubrir cuatro vacantes de su organización en Roma con profesionales asociados propuestos por el Gobierno español, mientras que el Gobierno español debía transferir a la FAO 40 millones de pesetas destinados a sufragar los salarios de los profesionales asociados y los demás gastos que genere la operación.

Con este objeto, el Gobierno y, en su nombre, la Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, se compromete a proponer candidatos para los puestos, aunque la decisión última sobre su contratación quedaba reservada a la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación.

El proceso de selección de estos candidatos debe respetar los principios de publicidad, igualdad y objetividad. Por ello, esta Orden convoca el proceso para la selección de los candidatos y establece los criterios objetivos a los que deberá sujetarse.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Objeto.

La presente Orden establece las bases y convoca el proceso de selección de candidatos para ocupar cuatro puestos de profesionales asociados, de conformidad con el Acuerdo suscrito por el Gobierno español y la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación.

Artículo 2. Descripción de los puestos.

Los candidatos seleccionados serán nombrados funcionarios de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación y quedarán sometidos a sus Estatutos y Reglamentos de personal, en las siguientes condiciones:

a) Los candidatos seleccionados prestarán sus servicios en la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación.

b) La duración inicial del contrato con la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación será de un año, siendo posible su prórroga, si el Gobierno español y la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación así lo acuerdan, por un período de dos años como máximo.

c) Los trabajos se referirán a las áreas de sanidad animal, recursos fitogenéticos, desarrollo sostenible y cooperación técnica y se desempeñarán bajo la supervisión de un experto superior.

d) Su salario será el correspondiente a la categoría profesional en que se integre y estará incluido en el régimen correspondiente de protección social.

Artículo 3. Requisitos de los candidatos.

1. Los candidatos a ocupar los puestos de profesional asociado deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Poseer una titulación universitaria superior en Ingeniería Agronómica, Ingeniería de Montes, Veterinaria, Economía, Derecho o Biología.

b) Poseer experiencia profesional posterior a la formación universitaria por un período mínimo de un año y máximo de cinco.

c) Acreditar el dominio del idioma inglés y conocimientos de francés.

2. Se valorará la experiencia profesional en materia de regadíos, patología animal, desarrollo sostenible, economía y derecho agrario e informática, así como la experiencia de trabajo en países en desarrollo.

Artículo 4. Solicitudes.

1. Los interesados deberán presentar sus solicitudes adecuadas al modelo contenido en el anexo 1 en el plazo de diez días naturales a partir de la publicación de esta convocatoria.

2. Las solicitudes deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Currículum vitae.

c) Certificación académica en la que figuren las calificaciones obtenidas y las fechas de las mismas. Los títulos expedidos en el extranjero o por centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos o en trámite de convalidación o reconocimiento justificado documentalmente.

d) Documentos acreditativos de los conocimientos de idiomas.

e) Documentación acreditativa de los méritos específicos mencionados en el currículum vitae.

3. Los solicitantes podrán presentar copia de la documentación recogida en el apartado anterior, sin perjuicio de la obligación de presentar los originales en caso de ser seleccionados.

Artículo 5. Comisión de Evaluación.

1. Con objeto de evaluar los méritos de los solicitantes se constituye una Comisión integrada por los siguientes miembros:

a) El Secretario general técnico, que actuará como Presidente.

b) La Directora general de Política Alimentaria e Industrias Agrarias y Alimentarias.

c) El Subdirector general de Relaciones Agrarias Internacionales.

d) El Subdirector general de Industrias Agroalimentarias.

e) El Representante Permanente de España ante la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación.

2. La Comisión de Evaluación podrá convocar a una entrevista personal a aquellos candidatos que inicialmente considere más idóneos.

Artículo 6. Resolución.

1. La Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, a propuesta de la Comisión de Evaluación, aprobará la lista de los candidatos seleccionados.

2. La Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación someterá la lista de candidatos a la consideración de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, que decidirá sobre su aceptación o rechazo.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 3 de abril de 1998.

DE PALACIO DEL VALLE-LERSUNDI

Ilmos. Sres. Subsecretario, Secretario general técnico y Directora general de Política Alimentaria e Industrias Agrarias y Alimentarias.

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