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De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Octava), en el recurso número 1.301/1995, interpuesto por don Laureano Gómez López, sobre reintegro de gastos.
Madrid, 13 de marzo de 1998.-El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.
Excmo. Sr. Director general del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas.
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