De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Cuarta), en el recurso número 540/1996, interpuesto por don Antonio Lacambra Artaso, sobre indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado.
Madrid, 13 de marzo de 1998.-El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.
Excmo. Sr. General Director de Asuntos Económicos. Cuartel General del Ejército del Aire.
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