En el recurso contencioso-administrativo número 1.639/1996, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por la Confederación Española de Cajas de Ahorros, contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 20 de noviembre de 1995 y de 3 de julio de 1996, se ha dictado, con fecha 16 de mayo de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Confederación Española de Cajas de Ahorros, contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 3 de julio de 1996, contra la concesión de la marca 1.909.643, Cs Codi Servi, perteneciendo al recurrente la 1.700.244, Codi Colateral Divisas, por ser acto ajustado a derecho, que confirmamos; sin costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 27 de febrero de 1998.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid