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Documento BOE-A-1998-9144

Orden de 24 de marzo de 1998 por la que se dispone el cumplimiento, en sus propios términos, de la sentencia de 18 de septiembre de 1996, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo número 1.262/1993, interpuesto por la representación procesal de la urbanización «Las Lomas», así como cumplimiento de auto de 17 de octubre de 1997, dictado por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por el que se declara desierta la casación en el recurso número 5.721/1997, preparado por el Abogado del Estado, en representación de la Administración General del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 16 de abril de 1998, páginas 12748 a 12748 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1998-9144

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1.262/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por la representación procesal de la urbanización "Las Lomas", contra la Resolución de la Confederación Hidrográfica del Tajo de 24 de mayo de 1993, relativa a sanción por vertido de aguas residuales al arroyo Los Pastores, término municipal de Boadilla del Monte, sin la correspondiente autorización administrativa, en fecha 18 de septiembre de 1996, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva, literalmente, dice:

"Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador señor Pinto Marabotto, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios de la urbanización "Las Lomas", contra el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, debemos declarar y declaramos nula por no ser ajustada a derecho la Resolución de la Confederación Hidrográfica del Tajo de 24 de mayo de 1993, así como el acto administrativo presunto por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto en 18 de julio de 1993; todo ello sin costas."

Asimismo, y en el recurso de casación número 5.721/1997, preparado ante el Tribunal Supremo por el Abogado del Estado, en representación de la Administración General del Estado, contra la anterior sentencia, en fecha 17 de octubre de 1997, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"La Sala acuerda: Declarar desierto el recurso de casación preparado por la Administración General del Estado contra resolución dictada por Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Novena) en los autos número 1.262/1993, sin hacer expresa imposición de costas."

Este Ministerio, a efectos de lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos los referidos sentencia y auto.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y cumplimiento.

Madrid, 24 de marzo de 1998.-P. D. (Orden de 25 de septiembre de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 27), el Subsecretario, Claro José Fernández-Carnicero González.

Excmo. Sr. Presidente de la Confederación Hidrográfica del Tajo.

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