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Documento BOE-A-1998-9227

Resolución de 16 de marzo de 1998, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se homologa la Escuela de Formación Profesional Náutico-Pesquera «Nuestra Señora de la Antigua», de Ondarroa, para impartir cursos de especialidad marítima.

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 17 de abril de 1998, páginas 12889 a 12889 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1998-9227

TEXTO ORIGINAL

Recibida en el Ministerio de Fomento la documentación presentada por don Emiliano de Iturrararán Basabe, Director de la Escuela de Formación Profesional Náutico-Pesquera "Nuestra Señora de la Antigua" de Ondarroa, en solicitud de homologación de dicho centro, para impartir cursos de especialidad marítima;

Vista la Orden de 30 de noviembre de 1993 ("Boletín Oficial del Estado" número 300), por la que se establecen los certificados de Operador general y restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima, Manejo de Embarcaciones de Salvamento y Socorrismo Marítimo,

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.-Homologar la Escuela de Formación Profesional Náutico-Pesquera "Nuestra Señora de la Antigua" para impartir los cursos de especialidad marítima:

Cursos de Operador general del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima (SMSSM).

Cursos de Operador restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima (SMSSM).

Segundo.-Esta homologación tendrá validez por un año a partir de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado", pudiendo prorrogarse, siempre que se solicite por el interesado antes de la fecha de su expiración y cumpla el centro con los requisitos establecidos en la Orden de 30 de noviembre de 1993.

Tercero.-Quince días antes de la celebración de cada curso, la Escuela de Formación Profesional Náutico-Pesquera "Nuestra Señora de la Antigua" solicitará la autorización de la Dirección General de la Marina Mercante, Subdirección General de Inspección Marítima, acompañando a esta solicitud de autorización currículum profesional de los Profesores que impartan los cursillos, así como fechas y horarios de los mismos.

Cuarto.-El centro de formación, a la finalización del curso, remitirá las actas del mismo, en las que deben constar: Nombre, apellidos, documento nacional de identidad y calificación (apto, no apto), de los alumnos así como firma de los Profesores responsables del curso, con el visto bueno del Director del centro.

Quinto.-El personal marítimo que haya finalizado con aprovechamiento los cursillos impartidos por la Escuela de Formación Profesional Náutico-Pesquera "Nuestra Señora de la Antigua", siempre que los planes de estudios y las prácticas se acomoden a los contenidos en la Orden que regula estos cursos, podrán solicitar el certificado que expide la Dirección General de la Marina Mercante (Subdirección General de Inspección Marítima), a la vista de las actas emitidas por el centro de formación.

Sexto.-Al objeto de comprobar que el desarrollo de los cursos se lleva a cabo con los planes aprobados por la Subdirección General de Inspección Marítima, ésta efectuará inspecciones periódicas.

Madrid, 16 de marzo de 1998.-El Director general, Fernando Casas Blanco.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Inspección Marítima.

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