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Documento BOE-A-1998-9258

Resolución de 30 de marzo de 1998, del Banco de España, en ejecución de Acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de mayo de 1992, confirmado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de octubre de 1992, por el que se impusieron, entre otras sanciones, a la entidad «Monleasing, Sociedad Anónima», las sanciones de revocación de autorización y amonestación pública, y a don Luis Montoro Muñoz, don Francisco Javier Jiménez Ruiz y don Ramón Andújar López, a cada uno de ellos, la sanción de multa de 2.000.000 de pesetas.

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 17 de abril de 1998, páginas 12922 a 12922 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-1998-9258

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 8 de mayo de 1992, el Consejo de Ministros dictó Acuerdo resolviendo el expediente de referencia IE/SAF-9/91, incoado por el Banco de España, a la entidad "Monleasing, Sociedad Anónima", y a las personas que ostentaban cargos de administración y dirección en la entidad, confirmado posteriormente en reposición por Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de octubre de 1992, y habiendo adquirido firmeza por sentencia firme de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, del Tribunal Supremo, de 4 de febrero de 1997, procede, de conformidad con el artículo 27.5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio ("Boletín Oficial del Estado" del 30), de Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, dar publicidad en el "Boletín Oficial del Estado" de las siguientes sanciones por infracciones muy graves impuestas en dicho Acuerdo, que dispuso:

Primero.-Imponer a "Monleasing, Sociedad Anónima", la siguientes sanciones previstas en la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre disciplina e intervención de las entidades de crédito:

Revocación de la autorización prevista en el artículo 9, b), por la infracción de carácter muy grave prevista en la letra e) del artículo 4, consistente en incumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, sobre prohibición de captación de fondos del público en forma de depósitos a la vista por plazo inferior a un año.

Amonestación pública prevista en el apartado a) del artículo 10, por las infracciones graves consistentes en la omisión de las comunicaciones preceptivas al Banco de España que se reseñan en el apartado de hechos probados y que se tipifican en el artículo 5, b).

Segundo.-Imponer a don Luis Montoro Muñoz, a don Francisco Javier Jiménez Ruiz y a don Ramón Andújar López, a cada uno de ellos, las siguientes sanciones, todas ellas previstas en la Ley sobre Disciplina:

Multa de 2.000.000 de pesetas [artículo 12, a)] por su participación en el grado que ha quedado acreditado en el expediente en la infracción relativa a incumplimiento de lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la Ley 26/1988, de 29 de julio [artículo 4, e)], sobre prohibición de captación de fondos del público en forma de depósitos a la vista, por plazo inferior a un año.

Madrid, 30 de marzo de 1998.-El Secretario general, Joaquín Fanjul de Alcocer.

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