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Documento BOE-A-1998-931

Resolución de 19 de diciembre de 1997, de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), por la que se modifican la primera y la segunda convocatorias de ayudas del Programa Iberoamericano de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo (CYTED) para el año 1997 en cuanto a la ampliación del plazo de realización de las actividades y su justificación.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 16 de enero de 1998, páginas 1719 a 1719 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1998-931

TEXTO ORIGINAL

En las subvenciones es frecuente en la fijación de plazos en que se toma como referencia el acuerdo de concesión, y en el pago se retrasa por causas de la Administración, que al beneficiario le resulte muy difícil cumplir los plazos y disponer de tiempo suficiente para aplicarlos a su finalidad.

Para salvar esta situación es práctica administrativa frecuente recurrir al otorgamiento de prórrogas cuya legalidad es incuestionable, según lo establecido en el artículo 49 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Teniendo en cuenta que la Agencia Española de Cooperación Internacional, debido al gran número de solicitudes, se ha retrasado en el cumplimiento de los plazos previstos en la convocatoria específica del Programa Iberoamericano de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo, en cuanto al plazo de resolución o concesión de las ayudas y pago de las mismas, los beneficiarios consecuentemente han tenido que retrasar el comienzo de sus actividades, resultándoles muy difícil finalizarlas y justificarlas el plazo establecido en la convocatoria.

La Agencia Española de Cooperación Internacional, teniendo en cuenta las solicitudes de ampliación de plazo y prórroga, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992 ("Boletín Oficial del Estado" del 27), ha resuelto prorrogar los plazos de realización de actividades y su justificación de la primera y segunda convocatorias de ayudas del Programa Iberoamericano de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo (CYTED) del año 1997, en los siguientes términos:

Primero.-En el párrafo segundo del artículo 3 del anexo I de la Resolución de 6 de marzo de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" del 25), se prorroga el plazo de finalización de las actividades hasta el 15 de septiembre de 1998.

Segundo.-En el artículo 10, párrafo segundo, del anexo de la mencionada Resolución, se prorroga el plazo de presentación de la documentación justificativa de los gastos realizados, que deberá remitirse a la Secretaría General del Programa CYTED antes del 30 de septiembre de 1998.

Tercero.-En el párrafo segundo del artículo 3 del anexo I de la citada Resolución, se prorroga el plazo de las actividades objeto de ayuda y se fija su fecha de finalización antes del 15 de noviembre de 1998.

Cuarto.-En el artículo 10, párrafo segundo, del anexo I de la Resolución de 5 de agosto de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" del 28), se prorroga el plazo de justificación de los gastos realizados y se fija como fecha límite el 30 de noviembre de 1998.

Madrid, 19 de diciembre de 1997.-P. D. (Resolución de 21 de noviembre de 1997, "Boletín Oficial del Estado" de 10 de diciembre), el Secretario general, Luis Espinosa Fernández.

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