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Documento BOE-A-1998-935

Resolución de 22 de diciembre de 1997, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se procede a la publicación del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Justicia, la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y el Consejo General del Poder Judicial para la informatización de la Administración de Justicia en el ámbito de dicha Comunidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 16 de enero de 1998, páginas 1720 a 1722 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1998-935

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito entre el Ministerio de Justicia, la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y el Consejo General del Poder Judicial un Convenio de colaboración para la informatización de la Administración de Justicia en el ámbito de dicha Comunidad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto noveno del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990 sobre Convenios de colaboración entre la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas, he resuelto proceder a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de dicho Convenio, que, a tal efecto, figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 22 de diciembre de 1997.-El Secretario de Estado, José Luis González Montes.

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Justicia, la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y el Consejo General del Poder Judicial para la informatización de la Administración de Justicia en el ámbito de dicha Comunidad

En Madrid, a 22 de diciembre de 1997.

REUNIDOS

La excelentísima señora doña Margarita Mariscal de Gante y Mirón, Ministra de Justicia, por delegación del Consejo de Ministros conforme al acuerdo de éste de 21 de julio de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" de 4 de agosto);

El excelentísimo señor don Sergio Marqués Fernández, Presidente de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, y

La excelentísima señora doña Elisa Veiga Nicole, Vocal del Consejo General del Poder Judicial delegada para el Principado de Asturias,

EXPONEN

I. Que el Estado tiene competencia exclusiva en materia de Administración de Justicia, conforme establece el artículo 149.1.5.a de la Constitución Española.

II. Que la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, dentro de sus límites presupuestarios y con el fin de dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 24 de la Constitución, considera objetivo prioritario lograr las máximas cotas de celeridad y eficacia en el funcionamiento de la Administración de Justicia dentro de su ámbito territorial.

III. Que el presente Convenio de colaboración, en línea con este objetivo, tiene por finalidad todas las actuaciones relacionadas con la informatización de la Administración de Justicia en dicho ámbito, a salvo en todo caso los principios constitucionales de unidad e independencia del Poder Judicial.

En consecuencia, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-El objeto del Convenio es la informatización de los órganos de la Administración de Justicia del Principado de Asturias.

Segunda.-Este objeto se concreta inicialmente en el plan de informatización que se refleja en el anexo a este Convenio. En él se describen, cuantifican y presupuestan las actuaciones que lo componen. En el plan se incluirán más adelante, si es el caso, las unidades que pudieran crearse en el curso de su ejecución.

Tercera.-El importe global del plan de informatización, de acuerdo con las previsiones del anexo, asciende a 125.000.000 de pesetas.

El Ministerio de Justicia y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias se comprometen a ejecutar este plan en los dos ejercicios presupuestarios de 1997 y 1998.

La Comunidad financiará actuaciones en este período hasta un importe global de 50.000.000 de pesetas, que se invertirán en el ejercicio de 1997.

El resto de la financiación necesaria para ejecutar el plan será aportado por el Ministerio de Justicia con cargo a la aplicación presupuestaria 13.02.142A.620.06, correspondiendo 25.000.000 de pesetas al ejercicio de 1997 y 50.000.000 de pesetas al de 1998. Igualmente, la supervisión de funcionamiento y el mantenimiento de los equipos y sus instalaciones correrá a cargo de Ministerio.

Para garantizar la coherencia de todas las actuaciones la Comunidad Autónoma aplicará, en las que corran a su cargo, las especificaciones que le facilite el Ministerio de Justicia.

Cuarta.-La informatización de los órganos de la Administración de Justicia, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, se llevará a cabo en el marco de lo establecido en el artículo 230.5 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, reformada por la Ley Orgánica 16/1994, de 8 de noviembre, y los artículos 89 y siguientes del Reglamento número 5/1995, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales.

Quinta.-Para la ejecución y desarrollo del presente Convenio se creará una Comisión de Seguimiento, compuesta por seis miembros, dos por cada una de las partes que lo suscriben.

La Presidencia de esta Comisión corresponderá a uno de los representantes del Consejo General del Poder Judicial. Las reuniones se celebrarán en el lugar que designe la convocatoria hecha por el Presidente, pudiendo los Vocales delegar la asistencia en otra persona de su mismo rango y procedencia. Los Vocales podrán hacerse acompañar de un asesor de su elección, con voz pero sin voto.

Corresponde a esta Comisión cuidar que la informatización se lleve a efectos en términos que conduzcan al fin propuesto de hacer más ágil, eficaz y operativa la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. En particular, se atribuye a la Comisión las siguientes funciones:

a) Decidir las actuaciones del plan a incluir en cada ejercicio y el reparto de las mismas entre el Ministerio y la Comunidad Autónoma.

b) Supervisar la ejecución del plan y resolver los problemas que en el curso de la misma pudieran plantearse.

c) Realizar en el plan y en los programas anuales los ajustes y correcciones que estime necesarios.

d) Proponer a los organismos competentes la adopción de las medidas que se consideren adecuadas para el mejor cumplimiento del objeto del Convenio.

Sexta.-La vigencia del presente Convenio se extenderá hasta el 31 de diciembre de 1998. A partir de esa fecha se renovará automática y sucesivamente por años completos, salvo denuncia de una de las partes, que deberá ser comunicada a las otras dos con, al menos, un mes de antelación a la fecha de vencimiento. En caso de renovación, las actuaciones a realizar y las aportaciones de cada una de las partes se decidirán en el seno de la Comisión de Seguimiento.

De conformidad con cuanto antecede, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes y obligando con ello a las instituciones que representan, sucriben por triplicado el presente Convenio en la fecha y lugar indicados.-Por el Ministerio del Justicia, Margarita Mariscal de Gante y Mirón.-Por la Comunidad del Principado de Asturias, Sergio Marqués Fernández.-Por el Consejo General del Poder Judicial, Elisa Veiga Nicole.

ANEXO

1. Informatización de la oficina judicial (proyecto Libra)

En el siguiente cuadro se refleja la situación a 31 de diciembre de 1996. Las cifras representan Juzgados unipersonales, Secciones de las Audiencias y Salas del Tribunal Superior de Justicia.

Órganos con sistema informático

Órganos sin

informatizar / Total órganos / Nuevo / Antiguo / Total

37 / 14 / 51 / 24 / 75

Las actuaciones a incluir en el plan en el marco de este proyecto serían las siguientes:

a) Treinta y siete actuaciones de implantación de la nueva aplicación en sistemas existentes, que comprenden:

La instalación de la nueva aplicación.

La formación necesaria para la puesta en marcha.

b) Catorce actuaciones de reposición de sistemas existentes, que comprenden:

La sustitución del servidor y el SAI.

En su caso, la sustitución de otros elementos y la renovación del cableado.

La instalación de la nueva aplicación.

La formación necesaria para la puesta en marcha.

c) Veinticuatro actuaciones de nueva informatización, que comprenden:

La instalación de cableado eléctrico y de datos.

La dotación de los equipos para la oficina judicial: Un servidor, un sistema de alimentación ininterrumpida, terminales pantalla/teclado para el Secretario, los Oficiales y los Auxiliares y dos impresoras láser.

La instalación de la nueva aplicación.

La formación necesaria para la puesta en marcha.

2. Informatización de la función jurisdiccional (proyecto Corte)

Las actuaciones a incluir en el plan en el marco de este proyecto serían las siguientes:

a) Sesenta y seis actuaciones en Juzgados unipersonales, que comprenden:

La dotación de un ordenador personal y una impresora.

La instalación de la aplicación.

La formación necesaria para la puesta en marcha.

b) Una actuación en la Audiencia, que comprende:

La instalación de cableado eléctrico y de datos.

La instalación de un servidor y un sistema de alimentación ininterrumpida.

La dotación de los ordenadores personales e impresoras necesarios.

La instalación de la aplicación.

La formación necesaria para la puesta en marcha.

c) Una actuación en el Tribunal Superior de Justicia, que comprende:

La instalación de cableado eléctrico y de datos.

La instalación de un servidor y un sistema de alimentación ininterrumpida.

La dotación de los ordenadores personales e impresoras necesarios.

La instalación de la aplicación.

La formación necesaria para la puesta en marcha.

3. Informatización de la Fiscalía (proyecto Linde)

En el marco de este proyecto se contemplan las siguientes actuaciones:

Una actuación en la Fiscalía, que comprende:

La instalación de cableado eléctrico y de datos.

La instalación de un servidor y un sistema de alimentación ininterrumpida.

La dotación de los terminales, ordenadores personales e impresoras necesarios.

La instalación de las aplicaciones.

La formación necesaria para la puesta en marcha.

La actuación incluye las adscripciones de Avilés, Gijón y Langreo.

Contenido del plan

A continuación se identifican, describen y cuantifican las operaciones previstas:

Tipo / Descripción y cuantificación

A / Implantación de Libra en 37 órganos ya informatizados.

B / Reposición parcial del sistema existente e implantación de Libra en 14 órganos ya informatizados.

C / Nueva informatización con Libra en 24 órganos.

D / Nueva informatización con Corte en 66 Juzgados unipersonales.

E / Nueva informatización con Corte en la Audiencia.

F / Nueva informatización con Corte en el Tribunal Superior de Justicia.

G / Nueva informatización con Linde en la Fiscalía.

Presupuesto (cifras en millones de pesetas)

Distribución por órganos

Tipo

de / Número

de / Importe / Importe / Clase /

unitario / actuaciones / operación / global / de proyecto / Juzgados / Audiencias / TSJ

A / 37 / 0,4 / 14,8 / 12,0 / 2,4 / 0,4 / Libra

B / 14 / 1,2 / 16,8 / 16,8 / / / Libra

C / 24 / 2,0 / 48,0 / 44,0 / / 4,0 / Libra

D / 66 / 0,3 / 19,8 / 19,8 / / / Corte

E / 1 / 6,1 / 6,1 / / 6,1 / / Corte

F / 1 / 5,6 / 5,6 / / / 5,6 / Corte

G / 1 / 13,9 / 13,9 / / / / Linde

Total / 125,0

Resumen por proyectos y tipos de órgano

Juzgados / Audiencias / TSJ / Fiscalía / Total

Proyecto Libra / 72,8 / 2,4 / 4,4 / / 79,6

Proyecto Corte / 19,8 / 6,1 / 5,6 / / 31,5

Proyecto Linde / 13,9 / 13,9

Total / 92,6 / 8,5 / 10,0 / 13,9 / 125,0

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