Está Vd. en

Documento BOE-A-1998-9441

Orden de 24 de marzo de 1998 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso contencioso-administrativo número 48/1991, promovido por «Celso García, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 21 de abril de 1998, páginas 13330 a 13331 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1998-9441

TEXTO ORIGINAL

Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme, dictada con fecha 27 de noviembre

de 1991, por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Novena) en el recurso contencioso-administrativo número 48/1991, promovido por la entidad "Celso García, Sociedad Anónima", contra Resolución expresa de este Ministerio, desestimatoria del recurso de alzada formulado sobre sanción de multa impuesta a la recurrente en defensa del consumidor, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

"Fallamos: Que debemos desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado don Salvador Bullón, en nombre y en representación de la entidad "Celso García, Sociedad Anónima", contra la Resolución dictada por la Jefatura Provincial de Comercio Interior de Madrid, de fecha 3 de mayo de 1984, confirmada en alzada por la Resolución dictada por la Secretaría General de Consumo, de fecha 26 de julio de 1990, Resoluciones que imponen a la recurrente la sanción de 25.000 pesetas, sanción que debe ser confirmada al ser ajustada a derecho.

No se hace un especial pronunciamiento sobre las costas procesales causadas en esta instancia, al no apreciarse temeridad ni mala fe en ninguna de las partes."

Asimismo, se certifica que contra la referida sentencia se interpuso, por la parte actora, recurso de apelación, el cual ha sido desestimado por la Sección Cuarta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en sentencia de 9 de enero de 1998, confirmando en consecuencia la de primera instancia.

Lo que digo a V. I. a efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.

Madrid, 24 de marzo de 1998.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, "Boletín Oficial del Estado" del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.

Ilmo. Sr. Vicepresidente del Instituto Nacional del Consumo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid