De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del primer protocolo para la ejecución del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía y Hacienda, la Consejería de Turismo del Gobierno Balear, el Ayuntamiento de Alcudia y la Asociación de Empresarios Turísticos de Alcudia para el desarrollo de un Plan de Excelencia Turística.
Madrid, 3 de abril de 1998.-El Director general, Carlos Díaz Ruiz.
PRIMER PROTOCOLO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, LA CONSEJERÍA DE TURISMO DEL GOBIERNO BALEAR, EL AYUNTAMIENTO DE ALCUDIA Y LA ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS TURÍSTICOS DE ALCUDIA PARA EL DESARROLLO DE UN PLAN DE EXCELENCIA TURÍSTICA
En Madrid, a 29 de diciembre de 1997.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Rodrigo de Rato y Figaredo, Vicepresidente Segundo del Gobierno, en su calidad de Ministro de Economía y Hacienda, nombrado por los Reales Decretos 761/1996 y 762/1996, de 5 de mayo, en el ejercicio de las competencias conferidas por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de julio de 1995, por el que se delega la competencia para la celebración de Convenios con las Comunidades Aautónomas.
De otra, el excelentísimo señor don José María González Ortea, Consejero de Turismo del Gobierno Balear, nombrado por Decreto de 18 de junio de 1996.
De otra, el ilustrísimo señor don Miquel Ramis Socias, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alcudia, por acuerdo del Pleno de la Corporación Municipal, de fecha 17 de junio de 1995.
Y de otra, el señor don Miquel Ramis Puigros, Presidente de la Agrupación Hotelera de Alcudia, por acuerdo de su junta directiva, de fecha 14 de febrero de 1995.
Todos reconocen, en la representación que ostentan, capacidad para formalizar el presente protocolo de desarrollo del Convenio marco de colaboración, suscrito entre las partes el 29 de diciembre de 1997, y, a tal efecto,
EXPONEN
Que la cláusula séptima del Convenio de colaboración para el desarrollo de un Plan de Excelencia Turística de Alcudia preveía que, en protocolos adicionales al Convenio, se determinarían, entre otras, las siguientes cuestiones:
Las actuaciones a realizar:
Los términos en que se realizarán las aportaciones económicas de cada una de las Administraciones Públicas.
Cualquier otra cuestión conveniente para un mejor desarrollo del Plan de Excelencia Turística y del Convenio.
Que consideran conveniente proceder al desarrollo del Plan de Excelencia Turística en Alcudia y que, para ello
ACUERDAN
Primero.-Desarrollar el Plan de Excelencia Turística en Alcudia mediante la ejecución de las actuaciones que, junto con su coste estimado, se relacionan en el anexo.
Segundo.-De acuerdo con lo previsto en la cláusula tercera del Convenio, la financiación del importe global de las actuaciones se distribuirá, a partes iguales, entre el Ministerio de Economía y Hacienda, la Consejería de Turismo del Gobierno Balear y el Ayuntamiento de Alcudia correspondiendo a cada uno, por tanto, una aportación de hasta 100.000.000 de pesetas.
Las aportaciones del Ministerio de Economía y Hacienda se abonarán al Ayuntamiento de Alcudia, para que, de acuerdo con la cláusula sexta del Convenio, pueda proceder a la ejecución de los proyectos.
Tercero.-El 50 por 100 de la aportación prevista del Ministerio de Economía y Hacienda será abonada tras la firma del presente protocolo, con cargo al concepto presupuestario 1524.751A.765 de la Dirección General de Turismo del ejercicio presupuestario 1997 y el resto, con cargo al mismo concepto presupuestario del ejercicio económico de 1998, conforme al cuadro de distribución de anualidades especificado en la cláusula tercera del Convenio de Excelencia Turística de Alcudia
Cuarto.-La Consejería de Turismo del Gobierno Balear, dentro de su estrategia de desarrollo turístico para las islas y, en especial, de la política de embellecimiento de los municipios costeros, continuará apoyando la mejora urbanística de Alcudia, con unas inversiones en el primer año desde la firma del presente protocolo no inferiores a 100.000.000 de pesetas.
Quinto.-De producirse remanentes de fondos por la no ejecución de algunas de las actuaciones previstas o por un menor coste del previsto en las realizadas, aquéllos podrán destinarse, mediante acuerdo, en tal sentido, de la Comisión de Seguimiento, a financiar la realización de otras cuyo coste fuera superior al previsto o aplicarse a nuevas actuaciones que coadyuven a la consecución de los objetivos del Convenio marco, siempre que ello no implique la necesidad de aportaciones suplementarias.
Sexto.-La ejecución de los proyectos corresponderá al Ayuntamiento de Alcudia. Los contratos que, para ello, tenga que realizar se regirán plenamente por lo previsto en la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas.
Séptimo.-El plazo para la ejecución y justificación de las actuaciones recogidas en el anexo será de un año, a partir de la fecha de la firma del protocolo. Podrá ser ampliado por las Administraciones firmantes, previa petición, en tal sentido, de la Comisión de Seguimiento, cuando alguna circunstancia sobrevenida así lo aconseje.
En prueba de conformidad, se firma el presente protocolo, por cuatriplicado ejemplar, en lugar y fecha al principio indicados.-El Ministro de Economía y Hacienda, Rodrigo de Rato y Figaredo.-El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alcudia, Miquel Ramis Socias.-El Consejero de Turismo del Gobierno Balear, José María González Ortea.-El Presidente de la Agrupación Hotelera de Alcudia, Miquel Ramis Puigros.
ANEXO
Proyectos para el protocolo 1997 / Pesetas
Peatonalización y embellecimiento paseo marítimo (primera fase) / 142.000.000
Embellecimiento y adecuación al uso turístico-recreativo de la zona de los Lagos Menor y Esperanza / 100.000.000
Estudio de puesta en valor turístico del parque arqueológico de Pollentia / 30.000.000
Señalización turística / 20.000.000
Difusión y promoción del plan de excelencia turística en el destino / 2.000.000
Dotación Gerencia del plan de excelencia / 6.000.000
Total / 300.000.000
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