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Documento BOE-A-1998-9773

Orden de 27 de marzo de 1998 por la que se modifica el concierto educativo del centro «María Madre», de Burgos.

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 24 de abril de 1998, páginas 13861 a 13861 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-9773

TEXTO ORIGINAL

El centro "María Madre", sito en la avenida Reyes Católicos, sin número, de Burgos, tiene concierto educativo para tres unidades de la rama de Servicios en Formación Profesional de primer grado; cinco unidades para tres ciclos formativos de grado medio [Confección (dos unidades); Gestión Administrativa (una unidad), y Peluquería (una unidad para primer ciclo y una unidad para segundo ciclo], y nueve unidades de la rama Administrativa-Delineación: Seis unidades en Formación Profesional de segundo grado; dos unidades en Bachillerato, modalidad Humanidades y Ciencias Sociales, y una unidad para la implantación anticipada del primer curso del ciclo formativo de grado superior: Estética, en base a lo establecido en la Orden de 9 de mayo de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" del 14), por la que se resuelve la renovación y el acceso al régimen de conciertos educativos de los centros docentes privados para el curso 1997/1998, modificada posteriormente por Orden de 17 de octubre de 1997;

Examinados los datos de escolarización correspondientes al curso 1997/1998, se comprueba que el centro ha puesto en funcionamiento una unidad menos de las concertadas en el ciclo formativo de grado medio: Confección, y una unidad más en primer ciclo de Peluquería;

Habiendo comunicado a la titularidad del centro que procedía la modificación del concierto educativo suscrito y una vez finalizado el plazo establecido sin haber formulado alegación alguna al respecto,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Aprobar la modificación del concierto educativo suscrito en ciclos formativos de grado medio por el centro "María Madre", sito en avenida Reyes Católicos, sin número, de Burgos, quedando establecido un concierto educativo para las unidades, cursos y ciclos formativos que a continuación se indican:

Cinco unidades para tres ciclos formativos de grado medio:

Confección: Una unidad.

Gestión Administrativa: Una unidad.

Peluquería: Dos unidades para primer ciclo y una unidad para segundo ciclo.

Segundo.-La Dirección Provincial del Departamento en Burgos notificará al titular del centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar y hora en que deberá firmarse la modificación del concierto en los términos que por la presente se acuerda.

Tercero.-Dicha modificación se formalizará mediante diligencia firmada por el Director provincial del Departamento en Burgos y el titular del centro o persona con representación legal debidamente acreditada.

Entre la notificación y la firma de la misma deberá mediar un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas.

Cuarto.-El concierto educativo que por esta Orden se aprueba tendrá efectos desde el inicio del curso académico 1997/1998.

Quinto.-De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 109 y 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente Orden agota la vía administrativa por lo que contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación de la Orden, previa comunicación a este Departamento.

Madrid, 27 de marzo de 1998.-P. D. (Orden de 17 de junio de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 19), el Secretario general de Educación y de Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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