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Documento BOE-A-1999-1004

Orden de 10 de diciembre de 1998 por la que se resuelve concurso de méritos, referencia M1/98, convocado por Orden de 2 de junio de 1998.

Publicado en:
«BOE» núm. 13, de 15 de enero de 1999, páginas 1936 a 1941 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1999-1004

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 2 de junio de 1998 ("Boletín Oficial del Estado"

del 13, corrección de erratas en el "Boletín Oficial del Estado"

del 19), se convocó concurso de méritos, referencia M1/98, para

la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Instituto Nacional

de Meteorología, y de acuerdo con lo previsto en la base undécima

de dicha convocatoria, así como en el artículo 47.1 del vigente

Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la

Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo

y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto

364/1995, de 10 de marzo, en lo que se refiere al plazo de

resolución del presente concurso, y habiéndose cumplido cuantos

requisitos y procedimientos se establecen en las bases de la

convocatoria mencionada, que recogen lo prevenido en el mencionado

Reglamento General, de 10 de marzo de 1995, sobre plazo de

presentación de instancias, examen de las mismas, valoración de

méritos alegados según baremo establecido y previa propuesta

elaborada por la correspondiente Comisión de Valoración a la

que hace referencia la base novena de la citada Orden de 2 de

junio de 1998, este Ministerio ha resuelto:

Primero.-Resolver la convocatoria y aprobar la propuesta de

la Comisión de Valoración de Méritos, adjudicando los puestos

de trabajo que se relacionan en los anexosI y I resultas a los

funcionarios que, asimismo, se especifican.

Segundo.-Dejar en suspenso la adjudicación del puesto

número de orden de convocatoria 42: Programador de primera, N. 17,

del Centro Meteorológico Territorial de Andalucía Occidental, en

Sevilla, por encontrarse actualmente en trámite la ejecución de

la sentencia dictada el 20 de julio de 1998 por la Sala de lo

Contencioso-Administrativo (Sección Séptima) de la Audiencia

Nacional en el recurso 486/1996, interpuesto por don Juan de

Dios Ayuso Guixot contra la Orden del suprimido Ministerio de

Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, de 14 de febrero

de 1996 ("Boletín Oficial del Estado" del 23), por la que se resolvió

el concurso de méritos convocado por la de 23 de octubre de

1995 ("Boletín Oficial del Estado" de 13 de noviembre).

Tercero.-Declarar desierto el puesto R10 del anexo I resultas.

Cuarto.-Declarar los puestos del anexo I resultas que no son

adjudicados por no haberse producido las correspondientes

resultas.

Quinto.-El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles

si no implica cambio de residencia del funcionario o de un mes

si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente

al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles

siguientes a la publicación de la presente Orden.

Sexto.-Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo,

el plazo de toma de posesión deberá computarse desde la

publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial del Estado". No

obstante, aquellos funcionarios que hayan obtenido destino desde

la situación de servicios especiales o de excedencia para el cuidado

de hijos tendrán derecho, mientras duren las citadas situaciones,

a la reserva del nuevo destino sin que para ello sea preciso

formalizar la toma de posesión del mismo hasta tanto se haga efectivo

al servicio activo.

Séptimo.-El personal que ha obtenido destino a través de este

concurso no podrá participar en concursos de méritos que

convoque tanto la Administración del Estado como las Comunidades

Autónomas hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma

de posesión del puesto que se les adjudique en la presente Orden,

salvo lo prevenido por el apartado 2 del artículo 41 del citado

Reglamento General.

Octavo.-Los destinos adjudicados se consideran de carácter

voluntario y, en consecuencia, no generan derecho al abono de

indemnización.

Noveno.-Contra la presente Orden, que agota la vía

administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo

en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su

publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la

Audiencia Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66

y demás preceptos concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de

1 de julio, del Poder Judicial, previa la preceptiva comunicación

a este Ministerio, según previene el artículo 110.3 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 10 de diciembre de 1998.-P. D. (Orden de 25 de

septiembre de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 27), el

Subsecretario, Claro José Fernández-Carnicero González.

Subdirección General de Recursos Humanos.

Anexo (ver imágenes páginas 1937 a 1942).

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