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Documento BOE-A-1999-1009

Resolución 5/1999, de 8 de enero, de la Subsecretaría, por la que se convocan plazas para acceso a la condición de militar de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales.

Publicado en:
«BOE» núm. 13, de 15 de enero de 1999, páginas 1945 a 1959 (15 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1999-1009

TEXTO ORIGINAL

Primero.-De conformidad con lo dispuesto en la disposición

adicional decimocuarta de la Ley 49/1998, de 30 de diciembre,

de Presupuestos Generales del Estado para 1999 ("Boletín Oficial

del Estado" número 313, del 31) y previo informe de la Dirección

General de la Función Pública, se convocan plazas para acceso

a la condición de militar de empleo de la categoría de tropa y

marinería profesionales, en el número que resulte necesario para

alcanzar 67.500 efectivos al 31 de diciembre de 1999.

Segundo.-El proceso de selección se regirá por las

disposiciones siguientes:

Real Decreto 1951/1995, de 1 de diciembre ("Boletín Oficial

del Estado" número 302, del 19), por el que se aprueba el

Reglamento General de Ingreso y Promoción en las Fuerzas Armadas

y la Guardia Civil.

Real Decreto 984/1992, de 31 de julio ("Boletín Oficial del

Estado" número 209, de 31 de agosto), por el que se aprueba

el Reglamento de Tropa y Marinería Profesionales de las Fuerzas

Armadas.

Orden 42/1994, de 3 de abril ("Boletín Oficial del Estado"

número 42, del 19), por la que se aprueba el cuadro médico de

exclusiones y las pruebas de aptitud física, por las que han de

regirse los procesos selectivos para acceso a militar de empleo

de la categoría de tropa y marinería profesionales de las Fuerzas

Armadas.

Orden 74/1992, de 14 de octubre ("Boletín Oficial de Defensa"

número 204, del 19), por la que se aprueban las normas para

la valoración psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas con

responsabilidad de vuelo.

Disposición adicional primera del Real Decreto 1410/1994,

de 25 de junio ("Boletín Oficial del Estado" número 172, de 20

de julio), por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Militar.

Las bases que se aprueban por esta Resolución y que se

publican como anexo a ella.

Tercero.-El Director general de Reclutamiento y Enseñanza

Militar adoptará las disposiciones necesarias para llevar a cabo

el proceso de selección, de acuerdo con las normas establecidas

en estas bases.

Madrid, 8 de enero de 1999.-El Subsecretario, Adolfo

Menéndez Menéndez.

ANEXO

Bases de la convocatoria

1. Objeto

Regular las pruebas selectivas por el sistema de

concurso-oposición, para cubrir plazas para el acceso a militar de empleo

de la categoría de tropa y marinería profesionales del Ejército

de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, distribuidas en

cuatro (4) incorporaciones a lo largo del año 1999. Para la primera

incorporación la distribución de las plazas es la siguiente:

1.1 Ejército de Tierra.

1.1.1 Especialidades correspondientes a la modalidad de

trayectoria de compromisos cortos:

Plazas correspondientes a la primera incorporación: 4.540.

Duración del compromiso inicial: Dos años, excepto para las

especialidades señaladas con la llamada 16 que será de dieciocho

meses.

Duración del período de formación elemental: Diez semanas.

Código Especialidad Destino durante el compromiso inicial Número de plazas

Centro de formación

Nombre Localidad

5005 Infantería. BRIPAC. BIP. Javalí Nuevo (Murcia) (1) (2). 21 BIP. Javalí Nuevo (Murcia).

5006 Infantería. BRIPAC. Alcalá de Henares (Madrid) (1) (2). 110 BIP. Javalí Nuevo (Murcia).

5007 Artillería. BRIPAC. Alcalá de Henares (Madrid) (1) (2). 20 BIP. Javalí Nuevo (Murcia).

5008 Ingenieros. BRIPAC. Alcalá de Henares (Madrid) (1) (2). 25 BIP. Javalí Nuevo (Murcia).

5009 Transmisiones. BRIPAC. Alcalá de Henares (Madrid) (1) (2). 15 BIP. Javalí Nuevo (Murcia).

5010 Logística. BRIPAC. Alcalá de Henares (Madrid) (2). 40 BIP. Javalí Nuevo (Murcia).

5011 Artillería. BRILEG. Almería (1). 30 BIP. Javalí Nuevo (Murcia).

5012 Ingenieros. BRILEG. Almería (1). 17 BIP. Javalí Nuevo (Murcia).

5013 Transmisiones. BRILEG. Almería (1). 15 BIP. Javalí Nuevo (Murcia).

5014 Logística. BRILEG. Almería. 25 BIP. Javalí Nuevo (Murcia).

5015 Infantería. BRILEG. Ronda (Málaga) (1). 30 BIP. Javalí Nuevo (Murcia).

Código Especialidad Destino durante el compromiso inicial Número de plazas

Centro de formación

Nombre Localidad

5016 Infantería. I Tercio de la Legión (1) (16). 90 CIMOV. número 2 San Fernando (Cádiz).

5017 Infantería. II Tercio de la Legión, Ceuta (1) (16). 60 CIMOV. número 2 San Fernando (Cádiz).

5018 Infantería. BRILEG. Almería (1). 100 BIP. Javalí Nuevo (Murcia).

5020 Infantería. BRILAT. Figueirido (Pontevedra). 40 BIP. Javalí Nuevo (Murcia).

5021 Artillería. BRILAT. Figueirido (Pontevedra). 20 BIP. Javalí Nuevo (Murcia).

5023 Transmisiones. BRILAT. Figueirido (Pontevedra). 10 BIP. Javalí Nuevo (Murcia).

5024 Logística. BRILAT. Figueirido (Pontevedra). 10 BIP. Javalí Nuevo (Murcia).

5025 Infantería. BRILAT. Siero (Asturias). 50 BIP. Javalí Nuevo (Murcia).

5030 Infantería. BRIMZ. XI, Botoa (Badajoz). 156 CIMOV. número 1. Cáceres.

5031 Artillería. BRIMZ. XI, Botoa (Badajoz). 30 CIMOV. número 1. Cáceres.

5032 Ingenieros. BRIMZ. XI, Botoa (Badajoz). 25 CIMOV. número 1. Cáceres.

5034 Logística. BRIMZ. XI, Botoa (Badajoz). 30 CIMOV. número 1. Cáceres.

5036 Infantería. BRIAC. XII, Madrid. 123 CIMOV. número 1. Cáceres.

5037 Artillería. BRIAC. XII, Madrid. 20 CIMOV. número 1. Cáceres.

5038 Ingenieros. BRIAC. XII, Madrid. 20 CIMOV. número 1. Cáceres.

5039 Transmisiones. BRIAC. XII, Madrid. 20 CIMOV. número 1. Cáceres.

5040 Logística. BRIAC. XII, Madrid. 28 CIMOV. número 1. Cáceres.

5041 Infantería. CG. DIMZ. número 1, UINT. 1, CNBQ. 1, Burgos. 30 Tte. Galiana. Valladolid.

5042 Caballería. RCLAC. 14, Pozuelo de Alarcón (Madrid). 40 CIMOV. número 1. Cáceres.

5043 Artillería. RACA. 11, Castrillo del Val (Burgos). 60 Tte. Galiana. Valladolid.

5045 Ingenieros. RING. 1, Castrillo del Val (Burgos). 35 Tte. Galiana. Valladolid.

5046 Transmisiones. RT. 1, Castrillo del Val (Burgos). 40 Tte. Galiana. Valladolid.

5047 Logística. AGLD. 1, Castrillo del Val (Burgos). 35 Tte. Galiana. Valladolid.

5050 Infantería. BRIMZ. X, Cerro Muriano (Córdoba). 125 CIMOV. número 1. Cáceres.

5051 Artillería. BRIMZ. X, Cerro Muriano (Córdoba). 15 CIMOV. número 1. Cáceres.

5052 Ingenieros. BRIMZ. X, Cerro Muriano (Córdoba). 10 CIMOV. número 1. Cáceres.

5053 Transmisiones. BRIMZ. X, Cerro Muriano (Córdoba). 15 CIMOV. número 1. Cáceres.

5054 Logística. BRIMZ. X, Cerro Muriano (Córdoba). 10 CIMOV. número 1. Cáceres.

5060 Caballería. BRC. II, Zaragoza. 120 CEFIVE. Alicante.

5061 Artillería. BRC. II, Zaragoza. 55 CEFIVE. Alicante.

5062 Ingenieros. BRC. II, Zaragoza. 10 CEFIVE. Alicante.

5063 Transmisiones. BRC. II, Zaragoza. 16 CEFIVE. Alicante.

5064 Logística. BRC. II, Zaragoza. 15 CEFIVE. Alicante.

5067 Infantería. BRCZM. I, Viella (Lleida). 15 CEFIVE. Alicante.

5068 Infantería. CG. BRCZM. I, Huesca. 29 CEFIVE. Alicante.

5070 Infantería. BRCZM. I, Jaca (Huesca). 65 CEFIVE. Alicante.

5071 Artillería. BRCZM. I, Huesca. 29 CEFIVE. Alicante.

5072 Ingenieros. BRCZM. I, Huesca. 25 CEFIVE. Alicante.

5073 Transmisiones. BRCZM. I, Huesca. 20 CEFIVE. Alicante.

5074 Logística. BRCZM. I, Huesca. 20 CEFIVE. Alicante.

5075 Infantería. BRCZM. I, Pamplona. 60 CEFIVE. Alicante.

5077 Infantería. BIL. La Palma Breña Baja (Tenerife) (16). 28 Base de Hoya Fría. Santa Cruz de Tenerife.

5079 Ingenieros. BRIL. IV, San Clemente de Sasebas (Girona). 11 CEFIVE. Alicante.

5080 Logística. BRIL. IV, San Clemente de Sasebas (Girona). 10 CEFIVE. Alicante.

5086 Infantería. CG. FMA., GRINT. I, BNBQ. I, Valencia. 43 CEFIVE. Alicante.

5087 Infantería. BRIL. IV, San Clemente de Sasebas (Girona). 15 CEFIVE. Alicante.

5088 Infantería. BRIL. III, Bétera (Valencia). 25 CEFIVE. Alicante.

5089 Infantería. BRIL. V, Araca (Vitoria). 10 Tte. Galiana. Valladolid.

5090 Infantería. BRIL. V, Munguía (Bilbao). 10 Tte. Galiana. Valladolid.

5091 Infantería. BRIL. V, San Sebastián. 10 Tte. Galiana. Valladolid.

5092 Artillería. BRIL. V, Araca (Vitoria). 17 Tte. Galiana. Valladolid.

5093 Transmisiones. BRIL. V, Araca (Vitoria). 10 Tte. Galiana. Valladolid.

5094 Artillería. CG. MAAA. Madrid. 16 CIMOV. número 1. Cáceres.

5099 Artillería. GSAM. HAWK 1/74, San Roque (Cádiz). 35 CIMOV. número 2. San Fernando (Cádiz).

5100 Artillería. RACA. 63, San Andrés de Rabanedo (León). 69 CIMOV. número 1. Cáceres.

5101 Artillería. RALCA. 62, Astorga (León). 40 CIMOV. número 1. Cáceres.

5102 Artillería. RAAA. 71, Madrid. 10 CIMOV. número 1. Cáceres.

5103 Artillería. RAAA. 72, Zaragoza. 25 CEFIVE. Alicante.

5104 Artillería. RAAA. 73, Cartagena (Murcia). 30 CEFIVE. Alicante.

5107 Artillería. MACTAE. Tarifa (Cádiz). 30 CIMOV. número 2. San Fernando (Cádiz).

5109 Artillería. RACTA. 5, San Roque (Cádiz). 10 CIMOV. número 2. San Fernando (Cádiz).

5111 Ingenieros. RPEI. 12, Zaragoza. 75 CEFIVE. Alicante.

5112 Ingenieros. MING. Salamanca. 30 CIMOV. número 1. Cáceres.

5122 Artillería. RAAA. 82, Agoncillo (Logroño). 60 Tte. Galiana. Alicante.

5123 Transmisiones. REWT. 31, Madrid. 20 CIMOV. número 1. Cáceres.

5126 Transmisiones. RETAC. 21, Marines (Valencia). 90 CEFIVE. Alicante.

5128 Transmisiones. RETES, 22 (6). 90 CIMOV. número 1. Cáceres.

5134 Transmisiones. AGTP. 1, Canillejas (Madrid). 10 CIMOV. número 1. Cáceres.

5135 Logística. AGTP. 1, Canillejas (Madrid). 30 CIMOV. número 1. Cáceres.

5136 Logística. AALOG. 11, Colmenar Viejo (Madrid). 24 CIMOV. número 1. Cáceres.

5138 Logística. AALOG. 41, Zaragoza. 60 CEFIVE. Alicante.

5141 Logística. FAMET. El Copero (Sevilla). 10 CIMOV. número 1. Cáceres.

Código Especialidad Destino durante el compromiso inicial Número de plazas

Centro de formación

Nombre Localidad

5142 Logística. FAMET. Bétera (Valencia). 10 CIMOV. número 1. Cáceres.

5143 Logística. FAMET. Almagro (Ciudad Real). 10 CIMOV. número 1. Cáceres.

5144 Logística. FAMET. Agoncillo (La Rioja). 10 CIMOV. número 1. Cáceres.

5150 Logística. FAMET. Colmenar Viejo (Madrid). 35 CIMOV. número 1. Cáceres.

5154 Infantería. JETROP. Tenerife (16). 54 Base de Hoya Fría. Santa Cruz de Tenerife.

5160 Artillería. RAMIX 93, La Laguna (Tenerife) (16). 26 Base de Hoya Fría. Santa Cruz de Tenerife.

5163 Logística. UALOG. LXXXI S/C, Tenerife (16). 27 Base de Hoya Fría. Santa Cruz de Tenerife.

5167 Infantería. BIL. IV/9, Lanzarote (16). 20 Base de Hoya Fría. Santa Cruz de Tenerife.

5168 Transmisiones. BON. CG. JETROP. Las Palmas de Gran Canaria (16). 15Base de Hoya Fría. Santa Cruz de Tenerife.

5169 Infantería. RIL. Soria 9, P. Rosario, Fuerteventura (16). 16 Base de Hoya Fría. Santa Cruz de Tenerife.

5171 Artillería. RAMIX. 94, Las Palmas de Gran Canaria (16). 37 Base de Hoya Fría. Santa Cruz de Tenerife.

5172 Ingenieros. BING. XVI, Las Palmas de Gran Canaria (16). 15 Base de Hoya Fría. Santa Cruz de Tenerife.

5174 Logística. UALOG. LXXXII, Las Palmas de Gran Canaria (16). 23 Base de Hoya Fría. Santa Cruz de Tenerife.

5175 Infantería. JETROP. Las Palmas de Gran Canaria (16). 42 Base de Hoya Fría. Santa Cruz de Tenerife.

5177 Artillería. RAMIX. 91, Palma de Mallorca (16). 23 CEFIVE. Alicante.

5178 Ingenieros. BING. XIV, Palma de Mallorca (16). 20 CEFIVE. Alicante.

5179 Infantería. COMGE. Palma de Mallorca (16). 26 CEFIVE. Alicante.

5180 Logística. UALOG. LXXI, Palma de Mallorca (16). 25 CEFIVE. Alicante.

5181 Infantería. COMGE. Ceuta (16). 110 CIMOV. número 2. San Fernando (Cádiz).

5183 Ingenieros. RING. 7, Ceuta (16). 25 CIMOV. número 2. San Fernando (Cádiz).

5184 Transmisiones. BT. XVII, Ceuta (16). 35 CIMOV. número 2. San Fernando (Cádiz).

5186 Infantería. COMGE. Melilla (16). 155 CIMOV. número 2. San Fernando (Cádiz).

5188 Ingenieros. RING. 8, Melilla (16). 20 CIMOV. número 2. San Fernando (Cádiz).

5189 Transmisiones. BT. XVIII, Melilla (16). 47 CIMOV. número 2. San Fernando (Cádiz).

5191 Caballería. RCAC. 10, Melilla (16). 20 CIMOV. número 2. San Fernando (Cádiz).

5194 Logística. ULOG. 24, Melilla (16). 29 CIMOV. número 2. San Fernando (Cádiz).

5195 Artillería. COMGE. Melilla (16). 127 CIMOV. número 2. San Fernando (Cádiz).

5200 Infantería. Guardia Real El Pardo (Madrid) (14). 15 Guardia Real. A determinar.

5201 Caballería. Guardia Real El Pardo (Madrid) (14). 15 Guardia Real. A determinar.

5300 Transmisiones. BON. CG. COMGE. Palma de Mallorca (16). 12 CEFIVE. Alicante.

5302 Infantería. BIL. II/47, Menorca (16). 20 CEFIVE. Alicante.

5303 Infantería. BIL. III/47, Ibiza (16). 20 CEFIVE. Alicante.

5310 Logística. UALOG. XLII, Barcelona. 10 CEFIVE. Alicante.

5311 Logística. UALOG. XXXI (7). 11 CIMOV. número 1. Cáceres.

5312 Logística. UALOG. LI, Burgos (8). 39 Tte. Galiana. Valladolid.

5320 Logística. CG. MALRE. Pirenaico, Zaragoza. 10 CEFIVE. Alicante.

5321 Logística. CG. MALRE Centro, Madrid. 10 CIMOV. número 1. Cáceres.

5322 Logística. CG. MALRE. Noroeste, Valladolid. 10 Tte. Galiana. Valladolid.

5330 Logística. DITRA. Ceuta (15) (16). 20 CIMOV. número 1. Cáceres.

5340 Infantería. Centros del MADOC. Zaragoza (12). 10 CEFIVE. Alicante.

5341 Infantería. AGBS. Tremp (Lleida). 17 CEFIVE. Alicante.

5342 Infantería. Centros del MADOC. Madrid (13). 10 CEFIVE. Alicante.

5343 Infantería. Jefatura del MADOC. Granada. 10 CEFIVE. Alicante.

5349 Infantería. EMMOE. Jaca (Huesca). 13 CEFIVE. Alicante.

5350 Caballería. BRC. I, Valladolid. 10 Tte. Galiana. Valladolid.

5385 Caballería. RCAC. 3, Ceuta (16). 35 CIMOV. número 2. San Fernando (Cádiz).

5387 Logística. ULOG. 23, Ceuta (16). 59 CIMOV. número 2. San Fernando (Cádiz).

5389 Artillería. COMGE. Ceuta (16). 155 CIMOV. número 2. San Fernando (Cádiz).

Total plazas..............................................................4.540

BRC: Brigada de Caballería. CG: Cuartel General.

BIP: Batallón Instrucción Paracaidista. BRCZM: Brigada de Montaña.

CNBQ: Compañía NBQ. BRILAT: Brigada Aerotransportable.

DIMZ: División Mecanizada. BRILEG: Brigada Legionaria. FAR: Fuerza de Acción Rápida. BRIMZ: Brigada Mecanizada.

BRIPAC: Brigada Paracaidista. BTSERES: Batallón Transmisiones Servicios Especiales.

UINT: Unidad de Inteligencia. CEFIVE: Centro de Formación. FAMET: Fuerzas Aeromóviles. MING: Mando de Ingenieros.

MACA: Mando Art. Campaña. GRINT: Grupo de Inteligencia.

GRNBQ: Grupo NBQ. GOE: Batallón Operaciones Especiales.

UTFAR: Unidad de Transmisiones de la FAR. BOEL: Bandera Operaciones Especiales Legión. RAAA: Rgto. Art. Antiaérea. RACTA: Rgto. Art. de Costa.

RING: Rgto. de Ingenieros. REI: Rgto. Especialidades Ingenieros.

RETAC: Rgto. Transmisiones Tácticas. REWE: Rgto. Guerra Electrónica Estratégico. AGLD: Agrupación Logística Divisionaria. AGTP: Agrupación de Transportes.

UTMAAA: Unidad Transmisiones del MAAA. BING: Batallón de Ingenieros.

BIL: Batallón de Infantería Ligero. FMA: Fuerza de Maniobra.

MACTAE: Mando Art. de Costa. BRIL: Brigada de Inf. Ligera (MOV). BRIAC: Brigada Acorazada. RIL: Rgto. de Infantería Ligero.

RACA: Rgto. Art. de Campaña. RALCA: Rgto. Art. Lanzacohetes.

RAMIX: Rgto. Art. Mixto. RT: Rgto. de Transmisiones. REWT: Rgto. Guerra Electrónica Táctico. MALRE: Mando Apoyo Logístico Regional.

RETES: Rgto. Transmisiones Estratégico. AALOG: Agrupación Logística.

GSAM: Grupo Artillería SAM. BT: Batallón de Transmisiones. GAAAL: Grupo Artillería Antiaérea. DITRA: Dirección de Transportes.

UALOG: Unidad de Apoyo Logístico. COMGE: Comandancia General. GACTA: Grupo de Artillería de Costa. MADOC: Mando de Adiestramiento y Doctrina.

RCAC: Rgto. de Caballería Acorazada. JETROP: Jefatura de Tropas. BRIAC: Brigada Acorazada. AGBS: Academia General Básica de Suboficiales.

RPEI: Rgto. Pontoneros y Especialidades de Ingenieros. CIMOV: Centro de Instrucción y Movilización. RCLAC: Regimiento de Caballería Ligero Acorazado. EMMOE: Escuela Militar de Montaña y Operaciones Especiales.

-------(1) Destino sujeto a lo dispuesto en la base 11.2 de esta convocatoria.

(2) Destino que requiere realizar el curso de aptitud paracaidista. (3) Destino que requiere realizar el curso de operaciones especiales.

(6) El destino durante el compromiso inicial podrá ser: Pozuelo de Alarcón (Madrid) y unidadesen:M-BA-SE-CE-CO-GR-ML-AL-V-B-Z-HU BU-C-VA-PO-LE-SA-PM-TF-GC.Este destino será efectivo una vez finalizado el período de formación complementaria a realizar en Pozuelo de Alarcón (Madrid). (7) El destino durante el compromiso inicial podrá ser: Bétera/Valencia o Chinchilla/Albacete.

(8) El destino durante el compromiso inicial podrá ser: Burgos o Ibeas de Juarros. (12) El destino durante el compromiso inicial podrá ser: Academia General Militar, Centro de Adiestramiento de San Gregorio o Instituto Politécniconúmero 2.

(13) El destino durante el compromiso inicial podrá ser: Escuela Politécnica, Instituto Politécnico número 1, Escuela de Logística del Ejército de Tierra o Escuela Superior del Ejército.

(14) Los solicitantes de estas plazas deberán tener en bipedestación una talla igual o superior a 170 centímetros los hombres y a 165 centímetros las mujeres. (15) Plazas para la dotación de los buques afectos al servicio de la defensa nacional, adscritos al Ejército de Tierra personal embarcado.

(16) La duración del compromiso inicial será de dieciocho meses.

1.2 Armada.

1.2.1 Especialidades correspondientes a la modalidad de trayectoria de compromisos cortos:

Infantería de Marina:

Plazas correspondientes a la primera incorporación: 250.

Duración del compromiso inicial: Dieciocho meses.

Duración del período de formación elemental: Diez semanas.

Centro de formación

Código Especialidad Destino durante el compromiso inicial Número de plazas Nombre Localidad

Duración formación elemental Semanas

6260 Infantería. (a), (b), (c), (d), (e), (f) 250 CEIM. Cartagena (Murcia). 10

Total plazas.............................................. 250

(a) TEAR: Tercio de Armada, San Fernando (Cádiz) (1).

(b) TERSUR: Tercio Sur, San Fernando (Cádiz).

(c) TERNOR: Tercio Norte, Ferrol (Coruña).

(d) TERLEV: Tercio Levante, Cartagena (Murcia).

(e) AGRUMAD: Agrupación Infantería Marina (Madrid).

(f) AGRUCAN: Agrupación Infantería de Marina de Canarias (Las Palmas).

CEIM: Centro de Instrucción de Infantería de Marina.

(1) Destino sujeto a lo dispuesto en la base 11.2 de esta convocatoria.

1.2.2 Especialidades correspondientes a la modalidad de trayectoria de compromisos largos:

Marinería:

Plazas correspondientes a la primera incorporación: 500.

Duración del compromiso inicial: Tres años.

Duración del período de formación elemental: Diez semanas.

Duración del período de formación complementaria: Veintiséis semanas.

Centro de formación

Código Especialidad Destino durante el compromiso inicial Número de plazas Nombre Localidad

6501 Maniobra y Navegación. (a) 90 Escuela y Est. Naval de La

Graña.

Ferrol (A Coruña).

6502 Artillería y Misiles. (b) 25 Escuela de Tiro y Artillería

Naval "Janer".

San Fernando (Cádiz).

6503 Dirección de Tiro. (c) 25 Escuela de Tiro y Artillería

Naval "Janer".

San Fernando (Cádiz).

6506 Sistemas Tácticos. (d) 25 Escuela de Transmisiones y

Electrónica.

Vigo (Pontevedra).

6507 Comunicaciones. (a) 35 Escuela de Transmisiones y

Electrónica.

Vigo (Pontevedra).

6509 Electricidad. (a) 70 Escuela de Energía y

Prol

Ferrol (A Coruña).

Centro de formación

Código Especialidad Destino durante el compromiso inicial Número de plazas Nombre Localidad

6511 Mecánico de

Instalaciones de Motores y

Turbinas de Gas.

(a) 90 Escuela de Energía y

Propulsión.

Ferrol (A Coruña).

6512 Administración. (a) 50 Escuela y Est. Naval de La

Graña.

Ferrol (A Coruña).

6513 Hostelería y

Alimentación.

(a), (e) 90 Escuela y Est. Naval de La

Graña.

Ferrol (A Coruña).

Total plazas................................................ 500

(a) Buques de la flota, buques de zonas marítimas, flotilla de aeronaves y flotilla de submarinos.

(b) Buques de la flota, buques de zonas marítimas y flotilla de aeronaves.

(c) Buques de la flota.

(d) Buques de la flota y flotilla de aeronaves.

(e) Dependencias de tierra.

1.3 Ejército del Aire.

1.3.1 Especialidades correspondientes a la modalidad de trayectoria de compromisos cortos:

Plazas correspondientes a la primera incorporación: 368.

Duración del compromiso inicial: Dieciocho meses, excepto para las especialidades de la Guardia Real que será de dos años.

Centro de formación

Código Especialidad Destino durante el compromiso inicial Número de plazas Nombre Localidad

Duración formación elemental Semanas

7102 Seguridad y Defensa. Guardia Real, El Pardo (Madrid)

(2).

56 Guardia Real. A determinar. 10

7114 Apoyo (Albañil). Guardia Real, El Pardo (Madrid)

(2).

1 ABA. León. 10

7121 Apoyo (Fontanero). Guardia Real, El Pardo (Madrid)

(2).

1 ABA. León. 10

7151 Apoyo (Farmacia). Guardia Real, El Pardo (Madrid)

(2).

1 ETESDA.

CEFAREA.

Zaragoza.

Burgos.

4

6

7201 Seguridad y Defensa. Unidades, centros y organismos

del Ejército del Aire.

180 ETESDA. Zaragoza. 10

7203 Seguridad y Defensa. EZAPAC (Murcia) (1) (3). 20 ETESDA. Zaragoza. 10

7406 Apoyo (Supervisor

de Carga).

Unidades, centros y organismos

del Ejército del Aire.

10 ETESDA. Zaragoza. 10

7416 Apoyo (Defensa NBQ

y CI).

Unidades, centros y organismos

del Ejército del Aire.

38 ETESDA. Zaragoza. 10

7421 Apoyo (Albañil). Unidades, centros y organismos

del Ejército del Aire.

14 ABA. León. 10

7426 Apoyo (Electricista). Unidades, centros y organismos

del Ejército del Aire.

15 ABA. León. 10

7431 Apoyo (Fontanero). Unidades, centros y organismos

del Ejército del Aire.

19 ABA. León. 10

7451 Apoyo (Farmacia). Unidades, centros y organismos

del Ejército del Aire.

13 ETESDA.

CEFAREA.

Zaragoza.

Burgos.

4

6

Total plazas.............................................. 368

Abreviaturas de Unidades:

ABA: Academia Básica del Aire.

CEFAREA: Centro de Farmacia del Ejército del Aire.

ETESDA: Escuela de Técnicas de Seguridad, Defensa y Apoyo.

EZAPAC: Escuadrilla de Zapadores Paracaidistas.

(1) Esta especialidad requiere la realización del curso de Cazador Paracaidista a la finalización de la formación elemental. La no superación de estecurso supondrá la baja en esta Unidad y podrán ser destinados en vacante de esta especialidad a cualquier otra Unidad del Ejército del Aire.

(2) Los solicitantes de estas plazas deberán tener en bipedestación una talla igual o superior a 170 centímetros los hombres y 165 centímetros las mujeres. (3) Destino sujeto a lo dispuesto en la base 11.2 de la convocatoria.

1.3.2 Especialidades correspondientes a la modalidad de trayectoria de compromisos largos:

Plazas correspondientes a la primera incorporación: 142.

Duración del compromiso inicial: Tres años.

Duración del período de formación elemental: Diez semanas.

Centro de formación

Código Especialidad Destino durante el compromiso inicial Número de plazas Nombre Localidad

7501 Operador de Alerta y

Control.

Unidades, centros y

organismos del Ejército del Aire.

10 EMACOT. Madrid.

7502 Operador Equipos

Telecomunicación.

Unidades, centros y

organismos del Ejército del Aire.

47 EMACOT. Madrid.

7503 Mantenimiento de

Aeronaves.

Unidades, centros y

organismos del Ejército del Aire.

30 ABA. León.

7505 Mecánica de

Telecomunicación.

Unidades, centros y

organismos del Ejército del Aire.

28 EMACOT. Madrid.

7602 Operador Equipos

Telecomunicación.

Guardia Real, El Pardo

(Madrid) (2).

2 EMACOT. Madrid.

7814 Mecánica de Electrónica. Unidades, centros y

organismos del Ejército del Aire.

25 EMACOT. Madrid.

Total plazas................................................ 142

Abreviaturas de Unidades:

ABA: Academia Básica del Aire.

EMACOT: Escuela de Técnicas de Mando, Control y Telecomunicaciones.

(2) Los solicitantes de estas plazas deberán tener en bipedestación una talla igual o superior a 170 centímetros los hombres y 165 centímetros las mujeres.

1.4 Para cada una de las restantes incorporaciones de esta

convocatoria, se publicarán oportunamente las especialidades,

plazas a convocar para cada una de ellas y el resto de los datos

necesarios.

2. Condiciones para tomar parte en la convocatoria

Podrán optar a las plazas convocadas, quienes cumplan las

siguientes condiciones:

2.1 Generales:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Tener cumplidos dieciocho años en la fecha límite de

admisión de instancias en los Centros de Reclutamiento y no cumplir

ni haber cumplido veintiséis años en 1999.

c) Acreditar buena conducta ciudadana conforme a lo

establecido en la Ley 68/1980, de 1 de diciembre, de conducta

ciudadana. Expedición de certificaciones e informes.

d) No estar privado de los derechos civiles.

e) No estar procesado por delito doloso o separado del servicio

de las Administraciones Públicas, ni inhabilitado para el ejercicio

de la función pública.

f) No estar clasificado exento del servicio militar, excepto si

han obtenido esta clasificación por mantener obligaciones

familiares de carácter excepcional o como consecuencia de convenios

internacionales suscritos por España.

g) No estar clasificado como suspensión del servicio militar

por padecer enfermedad o limitación física o psíquica incluida

en el Cuadro Médico de Aplazamientos, anexo al Reglamento de

Reclutamiento, aprobado por Real Decreto 1107/1993, de 9 de

julio, ni tener iniciado expediente de suspensión.

h) No tener adquirida la condición de objetor de conciencia

ni estar en trámite su adquisición.

i) No ser militar de empleo de la categoría de tropa y marinería

profesionales con compromiso en vigor ni estar realizando el

período de formación elemental para adquirir tal condición, ni haber

sido nombrado alumno en alguna de las incorporaciones de esta

convocatoria.

j) No haber causado baja como militar de empleo de la

categoría de tropa y marinería profesionales como consecuencia de

condena por delito o sanción disciplinaria por falta grave, en

aplicación del artículo 14.1 de Real Decreto 1385/1990, de 8 de

noviembre, por el que se aprueba el Reglamento general de

adquisición y pérdida de la condición de militar y de situaciones

administrativas del personal militar profesional.

k) No haber causado baja voluntaria o no haber efectuado

su presentación en la segunda parte de la fase de oposición de

alguna de las incorporaciones de la presente convocatoria.

2.2 Particulares:

a) Para los solicitantes de las plazas de especialidades de la

modalidad de trayectoria de compromisos largos, excepto las

correspondientes al Ejército de Tierra, tener superado el 2. o curso

de la Educación Secundaria Obligatoria, estar en posesión del

título de Graduado Escolar u otro equivalente o superior.

b) Para los solicitantes de las plazas de trayectoria de

compromisos largos del Ejército de Tierra, excepto para la especialidad

de música, estar en posesión de cualquiera de los siguientes títulos

académicos:

Estar en posesión del título de graduado en Educación

Secundaria (ESO).

Estar en posesión del título de Técnico Auxiliar de Formación

Profesional de Primer Grado (FP 1).

Estar en posesión del título de Técnico correspondiente a

cualquier profesión de la Formación Profesional Específica de

Grado Medio de la LOGSE.

o haber superado:

El segundo curso del Bachillerato Unificado y Polivalente

(2. o BUP).

El segundo curso del primer ciclo experimental de Reforma

de las Enseñanza Medias (REM).

Las pruebas de acceso a los ciclos formativos de Grado

Medio, reguladas por la Orden de 7 de julio de 1994 ("Boletín

Oficial del Estado" número 166, del 13).

De las Enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos,

el tercer curso del Plan de 1963 o segundo de Comunes

Experimental.

c) Para los solicitantes de las plazas de especialidades de la

modalidad de trayectoria de compromisos cortos, estar en

posesión, como mínimo, del Certificado de Escolaridad u otro

equivalente.

d) Los aspirantes para la especialidad de música de cualquiera

de los tres Ejércitos deberán tener superados los estudios

correspondientes al tercer curso de solfeo y haber realizado dos años

de estudios en cualquiera de los instrumentos que se especifican

en la publicación del número de plazas correspondientes a cada

incorporación. Durante la segunda fase del proceso selectivo

deberán interpretar una obra de estudio a su elección, con un

instrumento de su propiedad.

e) Los solicitantes de las plazas de la especialidad 7501

(Operador de Alerta y Control) deberán superar un reconocimiento

médico de especialidad durante la formación elemental, en el

Centro de Instrucción de Medicina Aeroespacial (CIMA).

2.3 En cada incorporación se podrán solicitar hasta un

máximo de dieciséis especialidades de entre todas las ofrecidas, con

independencia del Ejército al que pertenezcan.

2.4 Los alumnos de los Institutos Politécnicos del Ejército

de Tierra podrán optar a las plazas que para ellos se reserven,

de conformidad con lo establecido en el artículo 4.2.d) del Real

Decreto 1951/1995, de 1 de diciembre, por el que se aprueba

el Reglamento General de Ingreso y Promoción en las Fuerzas

Armadas y la Guardia Civil, siempre que finalicen su

correspondiente plan de estudios en el presente año.

3. Instancias

3.1 Las instancias para tomar parte en esta convocatoria se

ajustarán al modelo del apéndice I.

3.2 Los aspirantes podrán presentar personalmente la

instancia en su Centro de Reclutamiento, debidamente documentada,

remitirla por correo certificado, o en la forma establecida en el

artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" número 285).

Los solicitantes que se encuentren realizando el servicio militar

deberán presentar la instancia y documentación en su Unidad de

Destino, cuyo Jefe las remitirá diariamente al Centro de

Reclutamiento de la provincia en que se encuentre ubicada la Unidad

de Destino. Las instancias que se reciban en los Centros de

Reclutamiento fuera del plazo establecido serán remitidas a la Dirección

General de Reclutamiento y Enseñanza Militar para su envío a

los respectivos Mandos de Personal de los Ejércitos a los efectos

oportunos.

Los Centros de Reclutamiento y las Unidades, en su caso,

entregarán al interesado una copia de la instancia, sellada y fechada,

que servirá como justificante de haberla presentado.

No se admitirá ninguna instancia ni documentación adelantada

por fax, télex, ni medio similar, excepto las de aquellos solicitantes

que se encuentren fuera del territorio nacional.

Los alumnos de los Institutos Politécnicos que quieran optar

a las plazas que para ellos se reserven deberán presentar la

instancia y la documentación en los respectivos Institutos

Politécnicos, cuyo Jefe las remitirá al Centro de Reclutamiento que

gestiona a cada uno de los solicitantes.

3.3 La fecha límite de admisión de instancias y

documentaciones en los Centros de Reclutamiento para cada una de las

incorporaciones será de veinte días naturales, contados a partir

del siguiente al de publicación en el "Boletín Oficial del Estado"

de las especialidades y plazas ofertadas para cada incorporación.

3.4 Junto con la instancia, los aspirantes presentarán en su

Centro de Reclutamiento la siguiente documentación (ver

apéndice II), que constituirá el expediente de admisión a las pruebas

selectivas y que será válida para todas las incorporaciones

solicitadas en esta convocatoria, a excepción de la instancia y el

justificante de haber ingresado los derechos de examen que deberán

presentarlos en cada incorporación a la que opten:

a) Justificante, en impreso oficial, de haber ingreso en una

entidad colaboradora (Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de

Créditos) la cantidad de 1.500 pesetas en concepto de derechos

de examen; de conformidad con lo establecido en el artículo 18

de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,

Administrativas y de Orden Social. El impreso oficial para efectuar

el citado ingreso, y la información pertinente, se podrá obtener

en cualesquiera de los Centros de Reclutamiento que figuran en

el apéndice VI. De conformidad con lo establecido en el

artículo 17 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,

Administrativas y de Orden Social para 1999, estarán exentas

del pago de tasas las personas que figuren como demandantes

de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la

fecha de la convocatoria de pruebas selectivas de acceso a los

Cuerpos y Escalas de funcionarios o las categorías de personal

laboral convocadas por la Administración pública estatal en las

que soliciten su participación. Será requisito para el disfrute de

la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado

oferta de empleo adecuado ni se hubieran negado a participar,

salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o

reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas

superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo

interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará en

su caso en la correspondiente oficina del INEM. En cuanto a la

acreditación de las rentas del solicitante, se realizará mediante

declaración escrita del solicitante.

b) Dos fotografías iguales y de fecha reciente, tamaño carné,

con nombre, apellidos y número del documento nacional de

identidad escritos al dorso.

c) Fotocopia del documento nacional de identidad por ambas

caras.

d) Fotocopia compulsada de las titulaciones académicas que

establece la base 2.2 de esta convocatoria.

e) Declaración de conducta ciudadana, complementaria de

la certificación de antecedentes penales, según modelo del

apéndice V.

f) Documento de designación de beneficiarios del Seguro

Colectivo de Vida y Accidentes suscrito por el Ministerio de

Defensa, según modelo del apéndice IV.

g) Fotocopia compulsada de los documentos especificados en

el apéndice III, acreditativos de los méritos alegados por el

aspirante para ser valorados en la fase de concurso.

h) Para los que estén realizando el servicio militar, certificado

expedido por el Jefe de la Unidad, en el que haga constar la fecha

de ingreso en las Fuerzas Armadas y el empleo que en ese momento

ostenta el aspirante, así como las condecoraciones militares que

tenga concedidas.

i) Para los que hayan realizado el servicio militar, fotocopia

compulsada de la cartilla militar, notificación de pase a la reserva

del servicio militar o bien un certificado del Centro de

Reclutamiento del que dependa el solicitante, con indicación del empleo

alcanzado, condecoraciones obtenidas y el tiempo permanecido

en las Fuerzas Armadas.

j) Para los que hayan participado en misiones fuera del

territorio nacional durante un período de tiempo superior a tres meses,

original o fotocopia compulsada del certificado de la Unidad

especificando la misión o misiones en las que ha participado y su

duración.

k) Para aquellos que en la actualidad forman parte de

Unidades o Agrupaciones Tácticas que realizan misiones a las que

se refiere el apartado j), certificado del Jefe de dicha Unidad o

Agrupación acreditativo de que el solicitante forma parte de la

misma.

l) Para los que hayan sido con anterioridad militares de

empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales,

certificado de pase a la reserva por finalización de compromiso o

fotocopia del "Boletín Oficial de Ministerio de Defensa" en el que

se publique su baja en las Fuerzas Armadas.

m) Para los solicitantes de las especialidades de música,

acreditar mediante fotocopia compulsada que posee los estudios a

que hace referencia la base 2.2.d).

Los documentos que lo precisen podrán ser compulsados en

los Centros de Reclutamiento o en la propia Unidad de destino

del solicitante.

3.5 La no presentación de alguno de los documentos a que

hacen referencia los apartados a), b), c), d) y e) de la base 3.4

antes de las fechas límite de admisión de instancias señaladas

en la base 3.3, será causa de exclusión del proceso selectivo.

3.6 Para su valoración en la fase de concurso, deberá unirse

a la instancia la documentación a que se hace referencia en los

apartados g) a l) de la base 3.4.

3.7 Los Centros de Reclutamiento excluirán del proceso

selectivo a aquellos aspirantes que no reúnan alguna de las condiciones

generales o particulares a que se hace referencia en las bases

de esta convocatoria. No procederá devolución alguna de los

derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas

selectivas por causas imputables al interesado, de acuerdo con

lo previsto en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril,

de Tasas y Precios Públicos.

3.8 La aceptación de la instancia y documentación por los

Centros de Reclutamiento supondrá la admisión al proceso

selectivo de aquellos aspirantes que cumplan las condiciones

establecidas en las bases.

3.9 Los Centros de Reclutamiento notificarán a los aspirantes

admitidos el número de opositor y el lugar, fecha y hora de

realización de la prueba de evaluación personalizada. A los excluidos

y excluidos condicionales les informarán sobre las causas de su

exclusión y el plazo de subsanación.

4. Proceso selectivo

4.1 El proceso selectivo constará de:

a) Fase de concurso:

Consistirá en la valoración de los méritos académicos

generales, profesionales y académicos específicos de los aspirantes

de acuerdo con los baremos del apéndice III.

Los méritos académicos específicos se valorarán solamente

para la especialidad que se solicite en primer lugar de las que

se señalan en dicho apéndice. Para el resto de las especialidades

solicitadas, la nota de concurso será igual a la suma de los méritos

académicos generales más los profesionales.

La puntuación máxima de esta fase será de diez puntos.

b) Fase de oposición:

1. Prueba de evaluación personalizada: Su realización se

ajustará a lo establecido en la base 6.1 de esta convocatoria.

2. Prueba de personalidad, reconocimiento médico y prueba

de aptitud física: Se desarrollarán en los centros de formación

que para cada una de las especialidades se especifican en las

bases de esta convocatoria.

4.2 El proceso de selección para los aspirantes procedentes

de los Institutos Politécnicos del Ejército de Tierra, siempre que

reúnan las condiciones especificadas en la base 2.4 y opten a

las plazas reservadas para ellos, constará de las siguientes fases:

a) Fase de concurso:

Se valorarán las calificaciones obtenidas por los alumnos al

superar el plan de estudios desarrollados en el Instituto

Politécnico, sirviendo esa calificación para establecer el orden de

prelación de los aspirantes.

La puntuación máxima será de diez puntos.

b) Fase de oposición:

Constará de las siguientes pruebas:

Prueba de evaluación personalizada que señala la base 6.1

de esta convocatoria.

Reconocimiento médico, según señala la base 7.3.

Aptitud física, de conformidad con lo establecido en la

base 7.4.

5. Órganos de selección

5.1 Para el desarrollo y calificación de la fase de concurso

y la fase de oposición, el Director general de Reclutamiento y

Enseñanza Militar nombrará una Comisión Permanente de

Selección cuya composición y funcionamiento se ajustarán a lo

dispuesto en el Real Decreto 1951/1995, de 1 de diciembre, por

el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso y Promoción

en las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil.

5.2 Dependiente de la Comisión Permanente, se constituirá

una Secretaría compuesta por el personal técnico y de apoyo

necesario para la realización del proceso de selección.

5.3 La Comisión Permanente de Selección tendrá la categoría

que corresponda de acuerdo con la legislación vigente.

5.4 Corresponde a la Comisión Permanente de Selección

realizar las siguientes actividades:

La calificación definitiva de la fase de concurso, de acuerdo

con las puntuaciones y valoraciones de los méritos establecidos

en el apéndice III.

La calificación definitiva de la fase de oposición.

El cálculo de la calificación final obtenida por cada aspirante.

Determinar los aspirantes que pasarán a la segunda parte de

la fase de oposición como seleccionados provisionalmente en cada

especialidad y los suplentes de cada una de las especialidades.

La asignación definitiva del número de plazas convocadas entre

los seleccionados provisionalmente de cada especialidad.

Resolver los recursos que los aspirantes seleccionados

provisionalmente puedan presentar contra la calificación de "No Apto"

en la prueba de reconocimiento médico.

6. Desarrollo del proceso selectivo. Primera parte de la fase

de oposición

6.1 A medida que se vayan presentando las instancias, los

aspirantes realizarán la prueba de evaluación personalizada en

los Centros de Reclutamiento; a tal efecto, dichos Centros

comunicarán con antelación suficiente a cada uno de los aspirantes

el día y hora en que deberán presentarse para la realización de

dicha prueba.

Los que se encuentren cumpliendo el servicio militar serán

citados para realizar la prueba por el Centro de Reclutamiento de

la provincia donde radique su Unidad, una vez que el citado Centro

de Reclutamiento les haya comunicado su admisión a las pruebas

selectivas.

La no presentación en el lugar, día y hora indicados, será causa

de exclusión del proceso selectivo, perdiendo la cantidad abonada

en concepto de derechos de examen.

La prueba de evaluación personalizada evaluará la capacidad

de los aspirantes para obtener el rendimiento académico y

profesional militar requerido, mediante pruebas que midan

especialmente factores intelectuales y aptitudinales. La aplicación de estas

pruebas la realizarán personal psicólogo perteneciente al Servicio

de Psicología de las Fuerzas Armadas.

La calificación de la prueba será de0a10puntos.

6.2 Una vez realizada la prueba de evaluación personalizada

por todos los aspirantes admitidos, se obtendrá la valoración de

esta primera parte, que será el resultado de la suma de la

puntuación de concurso, más la nota de oposición multiplicada por

dos, dividido todo por tres. Estas calificaciones se ordenarán de

mayor a menor. Este orden de los aspirantes, las preferencias

manifestadas por cada uno de ellos y el número de plazas

convocadas en las distintas especialidades determinarán los aspirantes

seleccionados provisionalmente para cada especialidad.

Finalizado el proceso anterior, se designará un 25 por 100

de suplentes en cada especialidad, entre los demás aspirantes

ordenados según lo dispuesto en el párrafo anterior.

Los seleccionados provisionalmente junto con los suplentes

pasarán a realizar la segunda parte de la fase de oposición.

6.3 En caso de igualdad en la calificación final, la asignación

de plazas se resolverá según el orden de prelación siguiente:

a) Mayor puntuación en la fase de concurso.

b) Mayor puntuación en la fase de oposición.

6.4 Los aspirantes podrán ser requeridos en cualquier

momento por el personal responsable de controlar la prueba, para

que acrediten su identidad por medio del documento nacional

de identidad.

6.5 Las relaciones de aspirantes que deberán realizar la

segunda parte de la fase de oposición serán remitidas por la

Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar al Mando de

Adiestramiento y Doctrina del Ejército de Tierra y los Mandos

de Personal de la Armada y del Ejército del Aire, así como a los

respectivos Centros de Reclutamiento para su exposición pública.

A partir de la citada exposición, los aspirantes dispondrán de diez

días naturales para solicitar, en su caso, la revisión de la

calificación asignada. La solicitud de revisión dirigida al Presidente

de la Comisión Permanente de Selección podrá presentarse en

el Centro de Reclutamiento donde se realizó la prueba.

7. Desarrollo del proceso selectivo. Segunda parte de la fase

de oposición

7.1 Los aspirantes seleccionados y los suplentes efectuarán

su presentación en el Centro de Formación en las siguientes fechas:

Primera incorporación: 1 de marzo de 1999.

Segunda incorporación: 24 de mayo de 1999.

Tercera incorporación: 6 de septiembre de 1999.

Cuarta incorporación: 29 de noviembre de 1999.

Para su presentación, los aspirantes dispondrán de pasaporte

oficial emitido por los respectivos Centros de Reclutamiento y

a cargo de cada Ejército.

Si algún aspirante no efectuase su presentación en el lugar,

fecha y hora indicada, se entenderá que renuncia a sus derechos

y será eliminado del proceso selectivo.

7.2 Una vez incorporados al Centro de Formación todos los

seleccionados provisionalmente y los suplentes, deberán pasar una

prueba de personalidad y, en su caso, las entrevistas necesarias

para determinar su perfil psicológico.

7.3 A continuación, deberán superar el reconocimiento

médico, conforme al Cuadro Médico de Exclusiones aprobado por

Orden 42/1994, de 13 de abril ("Boletín Oficial del Estado"

número 92).

La calificación de esta prueba será de apto o no apto.

Los que resulten no aptos causarán baja en el proceso selectivo.

Esta baja será efectiva a las veinticuatro horas de la comunicación

de dicha calificación.

La calificación de no apto no tendrá carácter vinculante para

la realización, en su caso, del servicio militar. Asimismo, podrá

ser revisada a instancia del interesado, mediante solicitud dirigida

al Presidente de la Comisión Permanente de Selección en el plazo

máximo de tres días a partir del siguiente al de comunicación

de la citada calificación. Dicha solicitud se cursará

preferentemente desde el Centro de Formación o a través del Centro de

Reclutamiento del interesado.

El Presidente de la Comisión Permanente de Selección

dispondrá la comparecencia del interesado ante el Tribunal Médico

Militar de Apelación correspondiente, siendo pasaportado por su

Centro de Reclutamiento. Aquellos que se encuentren cumpliendo

el servicio militar serán pasaportados por la propia Unidad y con

cargo a su Ejército.

Recibido el dictamen médico, el fallo del Presidente de la

Comisión Permanente de Selección será definitivo y deberá ser

comunicado al interesado.

Aquellos que resulten declarados aptos por el Tribunal Médico

Militar de Apelación y hubieran obtenido una nota final suficiente

para ocupar una plaza en la especialidad para la que fueron

seleccionados provisionalmente, se incorporarán al Centro de

Formación correspondiente en la primera incorporación en la que haya

plazas para dicha especialidad o, en su caso, en la incorporación

más próxima a la declaración de apto, en caso de aceptar otra

especialidad que se le oferte. En ambos casos deberán superar

las pruebas de aptitud física a que hace referencia la base siguiente.

7.4 Los calificados aptos en el reconocimiento médico

deberán superar las pruebas de aptitud física que determina la Orden

42/1994, de 13 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número 92).

La calificación de esta prueba será de apto o no apto. La

calificación de no apto tendrá carácter definitivo y supondrá la baja

definitiva en el proceso selectivo. Esta baja será efectiva a las

veinticuatro horas de la comunicación de dicha calificación.

7.5 Los centros de formación comunicarán a la Comisión

Permanente de Selección los resultados de la prueba de personalidad,

del reconocimiento médico y de la prueba de aptitud física.

7.6 Los aspirantes seleccionados provisionalmente y los

suplentes estarán acogidos al Seguro Colectivo de Vida y

Accidentes suscrito por el Ministerio de Defensa, durante el desarrollo

de esta fase, incluyendo los traslados necesarios para su

realización.

También disfrutarán de este seguro aquellos que tengan que

comparecer ante el Tribunal Médico Militar de Apelación, en los

mismos términos que en el párrafo anterior.

7.7 Durante esta segunda parte, los aspirantes seleccionados

provisionalmente y los suplentes dispondrán de alojamiento y

manutención, que será gestionado y a cargo de los respectivos

Ejércitos, desde la noche anterior al día de comienzo de las

pruebas, y su permanencia en el Centro de Formación se ajustará

a las normas de régimen interno dictadas por el Mando

correspondiente. El incumplimiento de dichas normas por parte de

los mismos podrá suponer la exclusión inmediata del proceso

selectivo.

7.8 Por el Mando de Adiestramiento y Doctrina del Ejército

de Tierra y los Mandos de Personal de la Armada y del Ejército del

Aire, se adoptarán las disposiciones necesarias para el desarrollo

de esta segunda parte de la fase de oposición del proceso selectivo.

8. Documentación

8.1 Todos los aspirantes que deban realizar la segunda parte

de la fase de oposición deberán entregar al efectuar su

presentación en el Centro de Formación el Certificado del Registro Central

de Penados y Rebeldes o resguardo justificativo de haberlo

solicitado.

8.2 Quienes no presentasen el certificado o resguardo citado

en la base anterior, salvo caso de fuerza mayor, o si del examen

de la documentación presentada se dedujera que carecen de alguno

de los requisitos señalados en la base 2, causarán baja en la

relación de aspirantes seleccionados provisionalmente, sin perjuicio

de exigirles las posibles responsabilidades en que pudieran haber

incurrido.

9. Nombramiento y formación

9.1 Una vez superadas las pruebas citadas en las bases 7.2,

7.3 y 7.4, se procederá por la Comisión Permanente de Selección

a la asignación definitiva de plazas en cada especialidad de acuerdo

con la puntuación obtenida, conforme a lo establecido en la base

6.2 entre los aspirantes seleccionados provisionalmente y los

suplentes que hayan superado todas las pruebas, hasta completar

el número de plazas convocadas en cada una de ellas.

Finalizada la segunda parte del proceso selectivo, los aspirantes

seleccionados iniciarán sin solución de continuidad el período de

formación elemental, debiendo firmar la notificación de

incorporación a las Fuerzas Armadas, según modelo aprobado por

Resolución 451/39137/1993, de 27 de octubre ("Boletín Oficial del

Estado" número 268), en cuyo momento adquirirán la condición

militar, y serán nombrados alumnos de las correspondientes

especialidades para el acceso a militar de empleo de la categoría de

tropa y marinería profesionales, por Resolución del Subsecretario

de Defensa, publicada en el "Boletín Oficial del Ministerio de

Defensa".

9.2 No se podrá declarar admitido para iniciar como alumno

el período de formación elemental, un número de aspirantes

superior al de las plazas convocadas. En el caso de que en alguna

especialidad queden plazas sin cubrir, se podrán acumular a las

de otra especialidad del mismo Ejército, con independencia de

la modalidad de trayectoria.

9.3 Superado el período de formación elemental y tras la firma

del compromiso inicial, los alumnos serán nombrados soldados

o marineros profesionales y adquirirán la condición de militar de

empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales por

nombramiento de los respectivos Mandos de Personal de los

Ejércitos, mediante Resolución publicada en el "Boletín Oficial del

Ministerio de Defensa".

9.4 En aplicación del artículo 9.2 del Real Decreto 984/1992,

de 31 de julio, los alumnos que no superen el período de formación

elemental podrán solicitar su repetición por una única vez dentro

de la misma especialidad durante el plazo máximo de un año,

o también se les podrá asignar, previa su conformidad, aquella

otra especialidad que mejor se adapte a sus capacidades

personales. Durante el tiempo que transcurra desde que finalice el

primer período de formación elemental hasta su incorporación al

siguiente perderán la condición militar, si no la tuvieran adquirida

con anterioridad por estar cumpliendo el servicio militar.

9.5 Los que soliciten la baja a petición propia por motivos

justificados de interés particular deberán firmar el modelo de

comunicación de baja aprobado por Resolución 451/39136/1993, de

27 de octubre ("Boletín Oficial del Estado" número 268), de la

Secretaría de Estado de Administración Militar, no pudiendo

solicitar su participación en las siguientes incorporaciones de la

presente convocatoria.

La baja, y la consiguiente pérdida de la condición militar, será

efectiva a las veinticuatro horas desde la presentación de dicha

comunicación.

9.6 Los alumnos que, por causa de lesión, enfermedad u otros

motivos, pierdan más de un tercio de las horas lectivas del período

de formación causarán baja en el mismo, reservándoles el derecho

de repetición del citado período, por una única vez, en la

especialidad asignada, durante el tiempo máximo de un año a contar

desde que sea efectiva la baja.

9.7 Aquellos que causen baja por cualquier motivo y

estuvieran realizando el servicio militar se incorporarán a su Unidad

de procedencia al hacerse efectiva la baja, siendo pasaportados

por el Centro de Formación.

10. Compromiso inicial

El compromiso inicial se formalizará mediante el modelo de

impreso aprobado por Orden 95/1992, de 14 de diciembre

("Boletín Oficial del Ministerio de Defensa" número 246, del 17).

11. Destinos

11.1 Como norma general, los soldados o marineros

profesionales y los Cabos profesionales permanecerán en la Unidad

de destino que se les asigne al firmar el compromiso inicial.

11.2 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25 del

Reglamento de Tropa y Marinería Profesionales de las Fuerzas Armadas,

el personal femenino podrá optar a todos los destinos de su empleo

militar, excepto los de tipo táctico u operativo en Unidades de

La Legión, de operaciones especiales, paracaidistas y cazadores

paracaidistas. Tampoco podrán formar parte de las fuerzas de

desembarco, de las dotaciones de submarinos, ni de buques

menores en los que sus condiciones estructurales no permitan el

alojamiento en condiciones adecuadas.

12. Retribuciones

Las retribuciones a percibir por los militares de empleo de la

categoría de tropa y marinería profesionales serán las que

determina el Reglamento General de Retribuciones del Personal de

las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1494/1991,

de 11 de octubre, y modificado parcialmente por el Real

Decreto 2/1994, de 14 de enero ("Boletín Oficial del Estado" número 13).

13. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella

y de la actuación de los óganos de selección podrán ser

impugnados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín

Oficial del Estado" número 285, del 27), ante el Subsecretario de

Defensa (Subdirección General de Recursos e Información

Administrativa, Ministerio de Defensa, paseo de la Castellana,

número 109, 28071 Madrid).

Modelo de instancia (ver imágenes páginas 1955 a 1956)

APÉNDICE II

Documentación que se acompaña

Impreso oficial justificativo de haber hecho efectivo el pago

de los derechos de examen.

Dos fotografías iguales.

Fotocopia del documento nacional de identidad por ambas

caras.

Fotocopia compulsada de las titulaciones académicas que

acompaña a la instancia.

Declaración de conducta ciudadana.

Documento de designación de beneficiarios.

Certificado del Jefe de la Unidad (para los que estén cumpliendo

el servicio militar).

Certificado de haber participado o estar participando en

misiones fuera del territorio nacional.

Fotocopia compulsada de la cartilla militar o notificación de

pase a la reserva del servicio militar (1).

Fotocopia compulsada de la notificación de baja (2).

Fotocopia compulsada de los estudios a que hace referencia

la base 2.2.d) (para los solicitantes de las especialidades de

música).

-----(1) Para los que hayan sido con anterioridad militares de empleo de la categoría

de tropa y marinería profesionales o hayan sido Alféreces de SEFOCMA o militares de reemplazo.

(2) Para los que hayan sido con anterioridad militares de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales y hayan causado baja antes de la finalización

del último compromiso.

Nota: Aquellos aspirantes que deban realizar la segunda parte de la fase de

oposición deberán entregar en el Centro de Formación correspondiente el Certificado del Registro Central de Penados y Rebeldes o el justificante de haberlo solicitado.

Marcar con un aspa (X) la documentación relacionada en la base 3.4 que se presenta junto con la instancia de solicitud.

APÉNDICE III

Baremo fase de concurso

Méritos profesionales

Personal que ha pertenecido o pertenece en la actualidad a

las Fuerzas Armadas:

Alférez SEFOCMA: 5 puntos.

Cabo Primero profesional: 6 puntos.

Cabo Primero de reemplazo o Cabo profesional: 4 puntos.

Cabo de reemplazo, soldado o marinero profesional y Guardia

Civil Auxiliar: 3 puntos.

Soldado o marinero de reemplazo: 2 puntos.

Por cada año (o fracción) de servicio en las Fuerzas Armadas: 1

punto.

Por cada participación en misiones fuera del territorio nacional

superior a tres meses: 2 puntos.

Por estar participando en una misión fuera del territorio

nacional: 2 puntos.

Cruz del Mérito Militar, Naval o Aeronáutico: 4 puntos.

Mención honorífica (publicada en el "Boletín Oficial de

Defensa"): 1 punto.

Méritos académicos generales

Estar en posesión del título o documento acreditativo de:

Licenciatura o diplomatura: 6 puntos.

Título de Técnico Superior, Bachillerato LOGSE, COU de la

Ley 14/1970: 5 puntos.

Título Técnico Especialista, Ley 14/1970, o Técnico de Grado

Medio LOGSE: 4 puntos.

Título de BUP de la Ley 14/1970: 3 puntos.

Graduado en Educación Secundaria, Título de Técnico Auxiliar

Ley 14/1970, 2. o BUP Ley 14/1970, Título de Técnico LOGSE,

segundo curso del primer ciclo experimental de reforma de las

Enseñanzas Medias, pruebas de acceso a los ciclos formativos

de grado medio y tercer curso del Plan 1963 o segundo de comunes

experimentales de las Enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios

Artísticos: 2 puntos.

Graduado Escolar: 1 punto.

Sólo se valorará la titulación superior que posea el aspirante

debidamente legalizada o compulsada.

Méritos académicos específicos

Por el título de Formación Profesional o Técnico en la rama

y especialidades que a continuación se indican:

Título de Técnico Auxiliar Ley 14/1970 o título de Técnico

LOGSE: 2 puntos.

Título Técnico Especialista Ley 14/1970 o Técnico grado medio

LOGSE: 3 puntos.

Título de Técnico Superior: 4 puntos.

Especialidades Méritos específicos

Mecánica de Armas (5501). FP rama Metal.

FP rama Metal

Artillería y Misiles (6502).

Armas Submarinas (6504).

Especialidades:

Mecánica Armas.

Automatismos neumáticos y

oleohidráulicos.

FP rama Química

Especialidad:

Químico artificiero.

FP rama Electricidad y Electrónica

Montaje e Instalaciones

Eléctricas (5502).

Electricidad (6509).

Dirección de Tiro (6503).

Sonar (6505).

Electrónica (6508).

Especialidad:

Electricidad.

Electrónica.

FP rama Automoción

Especialidad:

Electricidad del Automóvil.

FP rama Electricidad y Electrónica

Operador de Equipos de

Telecomunicaciones (7502/

7602/7702).

Mecánica de Electrónica

(7814).

Especialidad:

Electrónica.

FP rama Metal

Óptica (5503). Especialidad:

Óptica.

FP rama de Automoción

Mecánica de Automoción

(7508/7608).

Especialidad:

Mecánica del Automóvil.

FP rama de Automoción

Mantenimiento de Aeronaves

(7503).

Especialidades:

Mecánica (aeronaves).

Mecánica (helicópteros).

Técnico Mantenimiento

Aeronaves.

FP rama de Artes Gráficas

Cartografía e Imágen

(7507/7707).

Especialidades:

Impresión.

Reproducción Fotomecánica.

Especialidades Méritos específicos

FP rama de Imagen y Sonido

Especialidades:

Imagen y Sonido.

Imagen Fotográfica.

Medios Audiovisuales.

FP rama Construcción y Obras

Especialidad:

Topografía.

FP rama de la Piel

Mantenimiento Textil y de la

Piel (5505).

Especialidad:

Profesión Preparado-Aparado.

Abastecimiento y Almacenes

(5504).

Administración (5600).

FP rama Administrativa y Comercial

FP rama Marítimo Pesquera

Maniobra y Navegación

(6501).

Especialidades:

Puente y Cubierta de Pesca.

Puente y Cubierta Mercante.

Navegación de Cabotaje.

FP rama Marítimo Pesquera

Comunicaciones (6507). Especialidades:

Radio.

Radiotelefonía naval.

FP rama Marítimo Pesquera

Mecánica de Instalaciones a

Vapor (6510).

Mecánica de Instalaciones de

Motores y Turbinas de Gas

(6511).

Especialidades:

Máquinas.

Mecánica naval.

FP rama Metal

FP rama Automoción

Especialidades:

Mecánica del Automóvil.

FP rama Metal

Armamento (7504/7604/

7704/7804).

Especialidad:

Mecánica Armas.

FP rama Electricidad y Electrónica

Mecánica de

Telecomunicaciones (7505/7605/7705).

Especialidad:

Electrónica de Comunicaciones.

FP rama Hostelería y Turismo

Hostelería y Alimentación

(6513).

Especialidades:

Administración hostelera.

Cocina.

Servicios.

Hostelería.

FP rama Sanitaria

Especialidad:

Dietética y Nutrición.

Estas puntuaciones sólo se aplicarán para las especialidades

que se especifican y siempre que sean solicitadas en primera

preferencia.

APÉNDICE IV

Documento de designación de beneficiarios

Apellidos.....................,nombre.....................

documento nacional de identidad.....,fecha de nacimiento.....

Designo beneficiarios del seguro de vida y accidentes suscrito

por el Ministerio de Defensa a:

D./D. a .....................................................

Nombre/apellidos DNI

.............................................................

Parentesco

D./D. a .....................................................

Nombre/apellidos DNI

.............................................................

Parentesco

D./D. a .....................................................

Nombre/apellidos DNI .............................................................

Parentesco

....................., a ............ de ............. de 199....

Firma

Nota: Si no designa expresamente beneficiarios, se

considerarán como tales a:

1. o Cónyuge, 2. o hijos/as, 3. o padres, 4. o hermanos/as.

APÉNDICE V

Declaración de conducta ciudadana, complementaria

de certificación de antecedentes penales

Don ........................................................,

con documento nacional de identidad......,expedido en......

el ............, de ............ de19...., domicilio............,

número...........,municipio...........,provincia...........

Por la presente, bajo mi responsabilidad,

DECLARO:

a) Que ............... se encuentra inculpado o procesado (*).

b) Que ................ se le ha aplicado medida de seguridad y

que ............. está implicado en diligencias seguidas en

procedimiento fundado en la Ley de Peligrosidad Social (*).

c) Que ............... ha sido condenado en juicio de falta

durante los tres años inmediatamente anteriores a esta declaración (*).

d) Que ............... se le ha impuesto sanción gubernativa en

los tres años inmediatamente anteriores a la fecha, como

consecuencia de expediente administrativo sancionador, por hechos

que guarden relación directa con el objeto del expediente en el

que se exige la certificación e informe de conducta (*).

Y para que conste en expediente sobre documentación para

tomar parte en la selección para el acceso a la condición de militar

de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales, firmo

la presente declaración, complementaria de la certificación de

antecedentes penales que acompaño.

En ..................., a................ de ............... de 19...

(Firma y rúbrica)

(*) De resultar afirmativo alguno de los supuestos, hacer constar órganojuris diccional o autoridad gubernativa que haya seguido diligencias, impuesto medidas

de seguridad o hubiera sancionado. No serán objeto de declaración las sanciones gubernativas por actos meramente

imprudentes ni las procedentes de infracciones de tráfico.

APÉNDICE VI

Relación de Centros de Reclutamiento

01 Álava. Dirección: Calle Postas, 52-54. Código postal:

01071. Teléfono: 945 25 14 33.

02 Albacete. Dirección: Plaza de Gabriel Lodares, 2. Código

postal: 02071. Teléfono: 967 23 98 97.

03 Alicante. Dirección: Calle Colombia, 3. Código postal:

03010. Teléfonos: 96 525 25 90-525 25 61.

04 Almería. Dirección: Calle General Luque, 2. Código postal:

04071. Teléfonos: 950 23 27 41-23 35 11.

05 Ávila. Dirección: Paseo de San Roque, 9. Código postal:

05071. Teléfono: 920 22 14 39.

06 Badajoz. Dirección: Avenida Fernando Calzadilla, 8. Código

postal: 06071. Teléfonos: 924 23 29 86-23 25 57.

07 Baleares (P. Mallorca). Dirección: Calle Mateu Enric Lladó,

40. Código Postal: 07071. Teléfonos: 971 71 21 78-71 31 79.

08 Barcelona. Dirección: Calle Tcol. González Tablas, sin

número. (Cuartel del Bruch), Pedralbes. Código postal: 08034.

Teléfonos: 93 280 44 44-280 28 09.

09 Burgos. Dirección: Calle Vitoria, 63. Código postal: 09006.

Teléfonos: 947 22 41 87-22 44 16-22 35 00.

10 Cáceres. Dirección: Avenida de las Delicias, sin número.

Código postal: 10071. Teléfono: 927 22 49 05.

11 Cádiz. Dirección: Paseo de Carlos III, 3, bajo. Código postal:

11003. Teléfono: 956 21 20 86.

12 Castellón. Dirección: Avenida del Mar, 19. Código postal:

12071. Teléfono: 964 22 08 00.

13 Ciudad Real. Dirección: Calle Altagracia, 56. Código postal:

13003. Teléfonos: 926 22 13 76-25 55 00.

14 Córdoba. Dirección: Calle Lope de Hoces, 5. Código postal:

14071. Teléfonos: 957 29 14 99-29 16 41.

15 A Coruña. Dirección: Avenida Alférez Provisional, 7. Código

postal: 15071. Teléfonos: 981 12 23 35-12 17 52.

16 Cuenca. Dirección: Parque San Julián, 14. Código postal:

16002. Teléfonos: 969 21 21 15-21 15 66.

17 Girona. Dirección: Calle Emili Grahit, 4. Código postal:

17071. Teléfonos: 972 20 01 28-20 26 35-20 46 98.

18 Granada. Dirección: Campo del Príncipe, sin número.

Código postal: 18009. Teléfono: 958 22 68 28.

19 Guadalajara. Dirección: Calle Madrid, sin número. Código

postal: 19071. Teléfonos: 949 21 17 08-21 58 60-23 17 94.

20 Guipúzcoa (San Sebastián). Dirección: Calle Sierra de

Aralar, 51. Código postal: 20071. Teléfono: 943 47 03 75.

21 Huelva. Dirección: Avenida Fuerzas Armadas, sin número,

Cuartel del Carmen. Código postal: 21071. Teléfono:

959 22 02 42.

22 Huesca. Dirección: Calle Padre Huesca, 51. Código postal:

22071. Teléfono: 974 24 41 11.

23 Jaén. Dirección: Plaza Troyano Salaverry, sin número.

Código postal: 23008. Teléfonos: 953 22 18 33-22 19 96.

24 León. Dirección: Calle General Lafuente, 5. Código postal:

24071. Teléfonos: 987 23 72 08/22 57 69.

25 Lleida. Dirección: Calle Onofre Cervero, 3. Código postal:

25071. Teléfono: 973 23 09 85.

26 La Rioja (Logroño). Dirección: Calle Chile, 54. Código

postal: 26005. Teléfono: 941 22 80 61.

27 Lugo. Dirección: Calle San Fernando, sin número. Código

postal: 27071. Teléfonos: 982 24 10 24-24 26 58.

28 Madrid. Dirección: Calle Quintana, 5. Código postal:

28071. Teléfono: 91 542 25 35.

29 Málaga. Dirección: Paseo de La Farola, 10. Código postal:

29071. Teléfonos: 95 221 37 74-221 92 23.

30 Murcia. Dirección: Paseo de Garay, sin número. Código

postal: 30071. Teléfono: 968 21 72 28.

31 Navarra (Pamplona). Dirección: Calle General Chinchilla,

10, 1. o Código postal: 31002. Teléfonos: 948 22 55

4822 58 28.

32 Orense. Dirección: Calle Paseo, 35. Código postal: 32071.

Teléfonos: 988 37 28 10-37 28 11.

33 Asturias (Oviedo). Dirección: Calle Lepanto, sin número.

Código postal: 33071. Teléfonos: 98 525 14 25-525 15 75.

34 Palencia. Dirección: Calle Casado de Alisal, 2. Código

postal: 34071. Teléfonos: 979 74 27 47-74 25 66.

35 Las Palmas (Las Palmas de Gran Canaria). Dirección: Calle

Real del Castillo, 152 (Risco de San Francisco). Código postal:

35014. Teléfono: 928 38 25 56.

36 Pontevedra. Dirección: Calle Pastor Díaz, sin número.

Código postal: 36002. Teléfonos: 986 85 18 73-85 18 13.

37 Salamanca. Dirección: Calle Alfonso de Castro, 34, segunda

planta. Código postal: 37071. Teléfono: 923 22 08 78.

38 Tenerife (Santa Cruz de Tenerife). Dirección: Avenida 25

de julio, 3, bajo. Código postal: 38071. Teléfonos:

922 27 60 60-27 60 20.

39 Cantabria (Santander). Dirección: Plaza Porticada, sin

número. Código postal: 39071. Teléfonos:

942 21 11 35-21 20 23.

40 Segovia. Dirección: Calle Puente de Santí Spiritus, 2.

Código postal: 40071. Teléfonos: 921 46 11 53-46 11 56.

41 Sevilla. Dirección: Avenida Eduardo Dato, 21. Código

postal: 41005. Teléfonos: 95 453 82 28-453 85 68-453 86 30.

42 Soria. Dirección: Alférez Provisional, sin número (Cuartel

de Santa Clara). Código postal: 42003. Teléfonos:

975 22 79 72-23 22 75.

43 Tarragona. Dirección: Rambla Vella, 4. Código postal:

43071. Teléfonos: 977 21 68 10-23 15 50.

44 Teruel. Dirección: Avenida de Sagunto, 11. Código postal:

44002. Teléfono: 978 60 21 36.

45 Toledo. Dirección: Cuesta Alcázar, sin número. Código

postal: 45071. Teléfonos: 925 25 26 81-25 37 56.

46 Valencia. Dirección: Calle General Gil Dolz, 6. Código

postal: 46010. Teléfono: 96 369 47 54.

47 Valladolid. Dirección: Fray Luis de León, 7. Código postal:

47003. Teléfonos: 983 30 69 22-30 26 33.

48 Vizcaya (Bilbao). Dirección: Calle Urizar, 13. Código postal:

48071. Teléfono: 94 422 01 71.

49 Zamora. Dirección: Avenida Requejo, 14. Código postal:

49071. Teléfono: 980 52 15 46.

50 Zaragoza. Dirección: Vía San Fernando, sin número. Código

postal: 50071. Teléfonos: 976 25 38 88-25 12 00.

51 Ceuta. Dirección: Calle Marina Española, 2, cuarta planta.

Código postal: 51071. Teléfono: 956 51 26 96.

52 Melilla. Dirección: Calle Concepción, 2. Código postal:

52071. Teléfono: 952 68 19 19.

53 C.R. Residentes en el extranjero (C.R. REX). Dirección: Calle

Juan Ignacio Luca de Tena, 30. Código postal: 28071. Teléfono:

91 320 25 00.

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