Visto el expediente de indulto de doña María Elena Maroto Hernández,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenada por la Sección Decimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid,
en sentencia de fecha 3 de febrero de 1997, como autora de un delito
contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de
1.500 pesetas, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho
de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos
en el año 1996, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación
del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de abril de 1999,
Vengo en indultar a doña María Elena Maroto Hernández la pena
privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no
abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación
y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde
la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 16 de abril de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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