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Visto el expediente de indulto de doña María Elena Maroto Hernández, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por la Sección Decimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia de fecha 3 de febrero de 1997, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 1.500 pesetas, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de abril de 1999,
Vengo en indultar a doña María Elena Maroto Hernández la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 16 de abril de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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