Visto el expediente de indulto de don Javier Pérez Prieto, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Terrassa, en sentencia de fecha 15 de diciembre de 1993, como autor de un delito de utilización ilegítima de vehículo de motor ajeno en grado de tentativa, a la pena de 100.000 pesetas de multa con diez días de arresto sustitutorio en caso de impago y privación del permiso de conducir durante seis meses, por hechos cometidos en el año 1992; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de diciembre de 1998,
Vengo en indultar a don Javier Pérez Prieto la pena de multa pendiente de cumplimiento, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 11 de diciembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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