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Documento BOE-A-1999-1085

Resolución de 16 de diciembre de 1998, del Instituto de la Juventud, por la que se convoca la concesión de ayudas para la realización de intercambios de grupos de jóvenes en el marco de la Decisión número 818/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se adopta el programa comunitario «La Juventud con Europa» (tercera fase).

Publicado en:
«BOE» núm. 13, de 15 de enero de 1999, páginas 2065 a 2078 (14 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1999-1085

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el apartado segundo de la Orden del

Ministerio de Asuntos Sociales, de fecha 17 de enero de 1996 ("Boletín

Oficial del Estado" número 20, del 23), por la que se establecen las bases

reguladoras para la concesión de ayudas a intercambios de grupos de

jóvenes en el marco del programa "La Juventud con Europa" (tercera fase),

procede efectuar la correspondiente convocatoria.

En su virtud, este Instituto de la Juventud ha dispuesto:

Primero.-Convocar la concesión de ayudas correspondientes a 1999

con cargo al concepto presupuestario 19.201.323 A.483 del Instituto de

la Juventud.

Segundo. Cuantía y distribución .-1. El importe de las ayudas

convocadas asciende a 1.474.414 euros.

2. Al menos un tercio de estos recursos se destinarán a proyectos

cuyos beneficiarios sean jóvenes desfavorecidos por razones de índole

cultural, social, económica, física, mental o geográfica, según lo establecido

en el artículo 4 de la Decisión indicada.

3. De la cantidad indicada en el punto 1, se asigna, en principio:

3.1 El 10 por 100 para proyectos de intercambio presentados por

asociaciones y entidades de ámbito nacional (147.441 euros).

3.2 El 90 por 100 para proyectos de intercambio presentados por

asociaciones, entidades y grupos de jóvenes no asociados de ámbito

regional y local (1.326.973 euros).

4. Los organismos de juventud de las Comunidades Autónomas

podrán proponer a la Comisión Evaluadora que se establece en el apartado

sexto de la Orden antes citada ayudas para las solicitudes por ellos

tramitadas.

4.1 La capacidad de propuesta de cada Comunidad Autónoma se ha

establecido, de acuerdo con lo determinado en el apartado segundo de

la susodicha Orden, teniendo en cuenta lo siguiente:

4.1.1 Asignación de una base mínima común de 6.000 euros a todas

las Comunidades Autónomas y de 3.000 a Ceuta y Melilla.

4.1.2 El porcentaje de población de jóvenes entre quince y veinticinco

años de cada Comunidad Autónoma, ponderado con los siguientes factores:

4.1.2.1 El PIB de cada Comunidad Autónoma en relación con la media

nacional.

4.1.2.2 Factores de índole social y geográfico (tasa de desempleo

juvenil e insularidad).

4.2 Habida cuenta de lo indicado en el punto anterior, la capacidad

de propuesta de cada Comunidad Autónoma, para 1999, en euros y en

términos de porcentaje de la cuantía indicada en el punto 3.2, es la

siguiente:

C. Autónoma Porcentaje Euros

Andalucía............ 19,73 246.462

Aragón................ 2,59 37.571

Asturias.............. 2,54 36.905

Baleares.............. 1,74 27.216

Canarias.............. 4,52 61.074

Cantabria............ 1,32 22.048

Castilla y León...... 5,85 77.260

Castilla-La Mancha . 4,14 56.413

Cataluña.............. 14,80 186.454

C. Valenciana........ 10,12 129.408

Extremadura........ 2,74 39.386

Galicia................ 6,74 88.158

Madrid................ 12,85 162.581

Murcia................ 2,99 42.389

Navarra............... 1,21 20.706

País Vasco............ 5,03 67.360

La Rioja............... 0,56 12.876

Ceuta.................. 0,30 6.603

Melilla................. 0,25 6.101

4.3 Esta capacidad de propuesta está supeditada a que los proyectos

se adecuen a los criterios de calidad del programa y será válida para

las evaluaciones del año 1999. En la evaluación de mayo se podrá adjudicar

el remanente que quedase de la cantidad asignada para entidades de ámbito

estatal y de las Comunidades Autónomas que no hayan agotado su

capacidad de propuesta, para proyectos presentados por Comunidades

Autónomas que sí hubiesen agotado su capacidad de propuesta. En la evaluación

de octubre, todas las cantidades no utilizadas se integrarán en un fondo

común que será adjudicado sólo en función de la calidad de los proyectos

presentados.

Tercero. Solicitantes .-Podrán solicitar estas ayudas las asociaciones

juveniles, las entidades que realicen actividades en favor de los jóvenes

y los grupos de jóvenes no asociados que proyecten actividades de

intercambio en el marco del programa.

Cuarto. Requisitos .-A. De los participantes:

1. Deberán ser grupos de jóvenes, entre quince y veinticinco años,

de los 15 Estados miembros de la Unión Europea; de Islandia, Liechtenstein

y Noruega, en virtud del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo;

o de Bulgaria, la R. Checa, Chipre, R. Eslovaca, Estonia, Hungría, Letonia,

Lituania, Polonia y Rumania, en virtud de los respectivos acuerdos de

asociación con la Unión Europea.

2. El número total de participantes no debe ser inferior a 16 ni

superior a 60. En todo caso debe haber un equilibrio en el número de

participantes por país.

B. De los proyectos:

1. Deben tener un claro contenido pedagógico y estar elaborados

conjuntamente por los grupos de jóvenes participantes.

2. Deben tener una duración mínima de seis días, excluyendo la

duración de los viajes, y máxima de veintiún días.

3. Deben tener una clara dimensión europea.

4. Deben basarse en la convivencia e intercomunicación cultural entre

los jóvenes visitantes y los jóvenes del país de acogida.

Quinto. Programas subvencionables .-1. Intercambios bilateriales o

trilaterales en los que participen grupos de jóvenes de dos o tres países.

Se podrá solicitar ayuda tanto para los gastos de viaje al otro país como

para los gastos de desarrollo del programa en el propio país.

2. Encuentros multilaterales en los que participen grupos de jóvenes

de cuatro o más Estados miembros. Se podrá solicitar ayuda sólo a la

Agencia Nacional del país de acogida, tanto para los gastos de acogida

como para el viaje internacional de los participantes extranjeros.

Sexto. Solicitudes .-Las solicitudes se formalizarán por triplicado de

acuerdo con el modelo que figura como anexo a la presente Resolución

y, según lo establecido en la reiterada Orden, deberán presentarse, de

acuerdo con los respectivos ámbitos de competencia, en el Instituto de

la Juventud y en los organismos de juventud de las Comunidades

Autónomas.

Séptimo. Plazos :

Hasta el 1 de febrero de 1999: Para actividades que se realicen entre

el 1 de abril y el 31 de agosto de 1999.

Hasta el 1 de mayo de 1999: Para las actividades que se realicen entre

el 1 de julio y el 30 de noviembre de 1999.

Hasta el 1 de octubre de 1999: Para las actividades que se realicen

entre el 1 de diciembre de 1999 y el 30 de abril del 2000.

Octavo. Evaluación. -La evaluación de los proyectos se realizará por

la Comisión Evaluadora, establecida de acuerdo con lo indicado en el

apartado sexto de la reiterada Orden, que tendrá en cuenta los criterios

de valoración establecidos en el apartado séptimo de la misma.

Noveno. Resolución .-La resolución sobre las ayudas solicitadas se

dictará en el plazo de dos meses desde la fecha límite fijada para la

presentación de los correspondientes proyectos, según se establece en el

apartado séptimo de la presente.

Aquélla se dictará con sujeción a cuanto se establece en la reiterada

Orden.

En el supuesto de que transcurrido el plazo máximo para resolver,

esto no se hiciera expresamente, se podrá entender desestimada la

solicitud.

Madrid, 16 de diciembre de 1998.-El Director general, Antonio

Basagoiti Pastor.

ANEXO

EDUCACIÓN FORMACIÓN JUVENTUD

PROGRAMA LA JUVENTUD CON EUROPA

AGENCIA NACIONAL ESPAÑOLA

Formulario de solicitud para intercambios juveniles intracomunitarios

A CCIÓN A.1

Comisión Europea

La Juventud con Europa (1) : Un programa para todos los jóvenes

La estrecha y solidaria colaboración entre los jóvenes de todos los

países europeos, más allá de las fronteras, constituye una garantía de

paz, cohesión y solidaridad para el futuro. El programa "La Juventud con

Europa" se dirige a los jóvenes de edades comprendidas entre los quince

y los veinticinco años que residan en alguno de los 15 Estados miembros

de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega en virtud del acuerdo

sobre el Espacio Económico Europeo o Bulgaria, R. Checa, Chipre,

Eslovaquia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Polonia y Rumania, en virtud

de los acuerdos de asociación entre la Unión Europea y estos países. El

principal objetivo del programa es contribuir al proceso educativo de todos

los jóvenes. También va dirigido a promover la colaboración con terceros

países. El programa abarca un periodo de cinco años (1995-1999) y cuenta

con un presupuesto de 126 millones de ecus. Las cinco acciones principales

son:

Acción A: Actividades intracomunitarias que afectan directamente a

los jóvenes.

Acción A.I: Intercambios y movilidad de los jóvenes.

Los intercambios son el principal medio previsto por el programa para

promover entre los jóvenes un mejor entendimiento de la diversidad de

la sociedad europea y del valor de dicha diversidad. Los proyectos deben

realizarse fuera del contexto de las estructuras de educación formal o

formación profesional.

Acción A.II.1: Iniciativas juveniles.

La Comisión apoya proyectos establecidos y gestionados por jóvenes

que les permitan desarrollar su iniciativa y creatividad.

Acción A.II.2: Períodos de servicio voluntario.

Estas actividades ofrecen a los jóvenes la oportunidad de realizar

períodos de servicio voluntario en otro Estado miembro en proyectos que

beneficien a la comunidad de acogida, desarrollando así su creatividad y

alentando un sentimiento de solidaridad.

Acción B: Animadores juveniles.

Acción B.I: Apoyo directo a las acciones que afectan directamente a

los jóvenes.

Actividades como visitas de estudio y actividades formativas que

permitan a los animadores juveniles prepararse mejor para ayudar a los

jóvenes a desarrollar proyectos.

Acción B.II: Cooperación europea para la formación de animadores

juveniles.

Proyectos de intercambio de experiencias y la transferencia de

conocimientos, el desarrollo de actividades formativas, reuniones de los

responsables de las estructuras formativas y formadores de animadores

juveniles, así como el desarrollo y ejecución conjuntos de módulos de formación

que permitan a los responsables desarrollar una dimensión europea en

la formación de los monitores.

Acción C: Cooperación entre estructuras de los Estados miembros.

Las actividades comprendidas en la acción C, entre las que se incluye

el intercambio de experiencias y la creación de relaciones y redes de

colaboración, tienen como objetivo reforzar la cooperación entre estructuras

de juventud de los Estados miembros, que es esencial para el desarrollo

de una acción auténticamente comunitaria en el campo de la juventud.

Se presentará particular atención a los responsables de los asuntos de

juventud de las estructuras regionales y locales, que tienen pocas o ninguna

oportunidad de contactos a nivel europeo, y para quienes una acción de

este tipo constituye un claro valor añadido.

Acción D: Intercambios con terceros países.

Los intercambios con terceros países permitirán a los jóvenes que

participen en ellos comprender mejor sus respectivas situaciones y desarrollar,

así, un sentido de solidaridad. Proporcionan a dichos jóvenes una

oportunidad de experimentar activamente formas de participación democrática.

Actividades preparatorias, como visitas de estudio y actividades

formativas, permitirán a los animadores juveniles y a los responsables de los

asuntos de juventud de los países no miembros establecer las bases para

el pleno desarrollo de los intercambios juveniles.

Acción E: Información de los jóvenes e investigación sobre juventud.

Acción E.I: Información de los jóvenes.

El intercambio de experiencias, el diseño y difusión de productos de

información sobre juventud y la creación de redes son los medios de

estimular la cooperación en este terreno en relación con los objetivos del

programa, con objeto de permitir a los jóvenes comprenderlo mejor y

contribuir a su consecución.

Acción E.II: Investigación sobre juventud.

Estudios para contribuir a comprender mejor la situación de los jóvenes

europeos, permitiendo, así, responder mejor a sus necesidades y

expectativas.

CÓMO RELLENAR ESTE FORMULARIO

Introducción

Se pueden elegir distintos formularios, en función de la actividad a

desarrollar.

Use este formulario si desea organizar un "intercambio juvenil entre

Estados miembros de la Comunidad, Islandia, Liechtenstein, Noruega, en

virtud del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y Bulgaria, R.

Checa, Chipre, Eslovaquia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Polonia

y Rumania, en virtud de los acuerdos de asociación entre la Unión Europea

y estos países" (acción A.I).

Estados participantes

El programa "La Juventud con Europa" se dirige a jóvenes residentes

en cualquiera de los 15 Estados miembros de la Unión Europea y los

otros antes citados. En adelante se hará referencia a dichos países con

la expresión "países del programa".

Cómo proceder

Todo "país del programa" cuenta con una Agencia Nacional "La

Juventud con Europa" designada para la ejecución del programa, ése será su

punto de contacto. No sólo le proporcionará documentación (formularios,

folletos, guía del candidato) que explique los objetivos del programa y

los criterios que deben satisfacerse para que su proyecto pueda ser elegido

(que deben leerse atentamente), sino también toda la ayuda necesaria

para planificar las distintas etapas de su proyecto. No deje de ponerse

en contacto con las Agencias Nacionales si lo necesita: Encontrará las

direcciones al final de este formulario.

Antes de rellenar este formulario, lea:

El vademécum/guía del candidato, para familiarizarse con las

prioridades del programa, las condiciones de participación y el procedimiento

y calendario de la presentación de solicitudes de subvención.

Las notas que aparecen a continuación.

El formulario tiene tres partes:

Parte I: Identificación del proyecto y de los socios (puntos1a5):

El objeto de esta primera parte es identificarle a usted y a sus socios.

Dé respuestas precisas y no deje de facilitar ninguna información que

se solicite, para que su solicitud no sea rechazada meramente porque

no sea posible ponerse en contacto con sus socios o evaluar la calidad

de los que colaboran en su proyecto.

Parte II: Datos presupuestarios (puntos 6 y 7) y administrativos (puntos

8 y 9):

En la "Nota sobre los modos de gestión financiera de los proyectos",

que se adjunta como anexo, se detalla la información sobre el método

empleado para calcular la subvención y las instrucciones relativas a los

diferentes tipos de coste.

Dado que está obligado a garantizar que todos los participantes en

las actividades del proyecto estén asegurados de responsabilidad civil,

accidente y enfermedad, le rogamos que incluya los costes correspondientes

en el presupuesto.

Exprese el presupuesto en su divisa nacional. El contrato que se le

enviará recogerá el importe máximo de la subvención propuesta expresado

en ecus.

Las informaciones contenidas en las partesIyIIdelformulario se

registrarán en una base de datos destinada exclusivamente para uso interno

de los servicios de la Comisión, de las Agencias Nacionales del programa

"La Juventud con Europa" y de la Oficina de Asistencia Técnica Sócrates

y Juventud.

Parte III: Descripción del proyecto (punto 10):

Los temas de esta segunda parte del formulario le ayudarán a explicar

su proyecto.

Hacer el esfuerzo de poner por escrito sus pensamientos le ayudará

a precisar su proyecto y expresarlo en términos más concretos.

Envío de los formularios

La solicitud de subvención debe presentarse por triplicado a la Agencia

Nacional.

Le recordamos que:

El grupo u organización de acogida presenta la solicitud de subvención

a su Agencia Nacional, que toma una decisión respecto de los costes del

programa de intercambio.

El (los) grupo(s) u organización(es) de envío presenta(n) su(s)

solicitud(es) a su(s) respectiva(s) Agencia(s) Nacional(es), que toma(n) una

decisión respecto de los costes de viaje.

a) Las entidades de ámbito estatal y las de Ceuta y Melilla lo harán

directamente al Instituto de la Juventud (calle Ortega y Gasset, 71, 28006

Madrid).

b) Las entidades juveniles o grupos de jóvenes con implantación en

una sola Comunidad Autónoma lo harán en los organismos de juventud

de la Comunidad Autónoma correspondiente, cuyas direcciones figuran

a continuación.

En los intercambios multilaterales, sólo el grupo u organización de

acogida debe presentar una solicitud de subvención a su Agencia Nacional,

que tomará una decisión sobre el coste total del proyecto.

De modo similar, en los proyectos itinerantes, el

organizador/coordinador del proyecto debe presentar una solicitud de subvención a su

Agencia Nacional.

(1) Decisión número 818/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de fecha 14 de marzo de 1995, sobre la adopción de la tercera fase del programa "La Juventud con Europa" ("Boletín Oficial" número L 87, de 20 de abril de 1995, p. 1).

C. Autónoma Centro Dirección Código-localidad Teléfono

Andalucía. Instituto Andaluz de la Juventud. Calle Muñoz Olivé, 1, tercera planta. 41001 Sevilla. 95 422 18 78

Aragón. Dirección General de Juventud y Deportes. Paseo María Agustín, 36. 50004 Zaragoza. 976 71 49 95

Asturias. Dirección Regional de Deporte y Juventud. Calle Calvo Sotelo, 5. 33007 Oviedo. 98 523 11 12

Baleares. Dirección General de Juventud y Familia. Plaça de la Drassana, 4. 07012 Palma. 971 17 64 76

Canarias. Dirección General de Juventud. Calle Wenceslao Yanes, 6. 38202 La Laguna (Santa Cruz de

Tenerife).

922 63 06 90

Cantabria. Dirección Regional de Juventud. Calle Vargas, 53, 7. o 39010 Santander. 942 20 74 11

Castilla-La

Mancha.

Dirección General de Juventud. Plaza Cardenal Siliceo, sin número. 45002 Toledo. 925 26 74 20

Castilla y León. Dirección General de Deporte y Juventud. Monasterio de Prado. Autovía Puente

Colgante, sin número.

47007 Valladolid. 983 41 16 22

Cataluña. Secretaría General de Juventud. Calle Calabria, 147. 08015 Barcelona. 93 483 83 83

Extremadura. Dirección General de Juventud. Travesía Rambla Santa Eulalia, 1. 06800 Mérida (Badajoz). 924 38 15 00

Galicia. Dirección General de Juventud. Edificios administrativos San

Caetano, bloque 3, primero.

15704 Santiago de Compostela

(A Coruña).

981 54 48 55

Madrid. Dirección General de Juventud. Calle Sagasta, 11, cuarta planta. 28004 Madrid. 91 448 82 50

Murcia. Dirección General de Juventud, Mujer y

Familia.

Calle Manresa, 5, entresuelo. 30004 Murcia. 968 22 03 77

Navarra. Instituto Navarro de Deporte y Juventud. Calle Arrieta, 25. 31002 Pamplona. 948 42 78 77

La Rioja. Dirección General de Juventud y Deportes. Calle Portales, 2. 26001 Logroño. 941 26 18 21

32

País Vasco. Dirección de Juventud y Acción

Comunitaria.

Calle Duque de Wellington, 2. 01011 Vitoria-Gasteiz. 945 18 94 78

C. Valenciana. Instituto Valenciano de la Juventud. Calle Hospital, 2, segundo. 46001 Valencia. 96 386 98 88

Si es una asociación juvenil europea o internacional, debe enviar su solicitud directamente a: Comisión Europea. Dirección General XXII. Educación,

Formación y Juventud. Unidad C.2. Rue de la Loi, 200, B-1049 Bruselas.

(Ver imágenes páginas 2069 a 2078)

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