En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de la
Universidad de La Rioja, aprobados por Real Decreto 1296/1995,
de 21 de julio ("Boletín Oficial del Estado" de 15 de septiembre),
y con el fin de atender las necesidades del personal de
Administración y Servicios de esta Universidad,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le son
atribuidas por el artículo 50.j de la misma norma, acuerda convocar
pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Facultativa de
Archivos y Bibliotecas con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza por
el sistema de promoción interna.
1.2 Las presentes pruebas selectivas se regirán por lo
dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la
Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, por el que se aprueba el reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado
y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional
de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado; los Estatutos de la propia universidad y lo dispuesto en la
presente convocatoria.
1.3 El procedimiento de selección de los aspirantes por el
sistema de promoción interna constará de las fases de oposición
y concurso.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a
la puntuación final de la fase de oposición a efectos de establecer
el orden definitivo de aspirantes aprobados. En ningún caso podrán
ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.
1.4 El programa que ha de regir estas pruebas selectivas es
el que figura como anexo I de esta convocatoria.
1.5 El Tribunal adoptará las medidas oportunas para
garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, cuya naturaleza
lo permita, sean corregidos sin que se conozca la identidad de
los aspirantes. En este sentido, el Tribunal excluirá a aquellos
opositores en cuyos ejercicios figuren nombres, rasgos, marcas
o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.
1.6 El orden de llamamiento de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra del alfabeto español que
se establezca en la Resolución de la Secretaría de Estado para
la Administración Pública, por la que se publica el resultado del
sorteo celebrado anualmente a estos efectos.
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer
apellido comience por la letra indicada, el orden de llamamiento
se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la
siguiente, y así sucesivamente.
1.7 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, quedando decaídos en su derecho los
opositores que no compadezcan a realizarlo, salvo los casos
debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal, para
los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria, cuando
la naturaleza del ejercicio y las exigencias del principio de igualdad
lo permitan.
1.8 En cualquier momento los órganos competentes de
selección podrán requerir a los opositores para que acrediten su
identidad.
1.9 Las bases íntegras de la presente convocatoria, así como
los actos derivados de la misma, se publicarán en el "Boletín Oficial
del Estado", y en el tablón de anuncios del edificio de Rectorado
de esta Universidad.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la unión
Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de
tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación
de trabajadores, en los términos en que ésta se halle definida
en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.
b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
c) Estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto,
Ingeniero o equivalente.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
e) No haber sido separado del servicio, mediante expediente
disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes
funciones públicas.
2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas deberán
pertenecer a algún Cuerpo o Escala del grupo B del área de actividad,
tener destino definitivo en esta Universidad y poseer una
antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que
pertenezcan.
2.3 Todos los requisitos enumerados en las bases 2.1 y 2.2,
en su caso, deberán poseerse en el día de finalización del plazo
de toma de posesión como funcionarios de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en la instancia que será facilitada
gratuitamente en el Rectorado de la Universidad de La Rioja (avenida
de la Paz, 93, 26004 Logroño).
3.2 Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, se
dirigirán al señor Rector de la Universidad de La Rioja, acompañadas
de una fotocopia del documento nacional de identidad, o
documento correspondiente para los nacionales a los que hace
referencia la base 2.1.a), certificado por la autoridad competente de
su país de origen. Si se tratara de documento nacional de identidad,
con formato antiguo, es necesario también fotocopia del número
de identificación fiscal.
3.3 La presentación de solicitudes se hará en el Registro
General de la Universidad de La Rioja (edificio Rectorado), o en la
forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Las solicitudes, que se presenten a través de las oficinas de
Correos, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas
por el funcionario de Correos antes de ser certificadas, como señala
el precitado artículo.
Las solicitudes suscritas por los españoles residentes en el
extranjero deberán cursarse, en el plazo expresado en la base
3.2, a través de las representaciones diplomáticas o consulares
españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente
a la Universidad de La Rioja.
3.4 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte
días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación
del anuncio de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del
Estado".
3.5 Los derechos de examen serán de 3.000 pesetas y se
ingresarán en la cuenta corriente número
00850510-40-0000050219 del Banco Santander, en concepto
de "Pruebas Selectivas, Escala Facultativa de Archivos y
Bibliotecas".
En la solicitud deberá figurar el sello del mencionado Banco,
acreditativo del pago de los derechos, y su falta determinará la
exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago
en el Banco supondrá la sustitución del trámite de presentación,
en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en
la base 3.2.
3.6 Los aspirantes deberán observar las siguientes
instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:
3.6.1 En el recuadro de la solicitud destinado a "Cuerpo o
Escala" los aspirantes harán constar únicamente "promoción".
3.6.2 En el recuadro de la solicitud destinado a "Forma de
acceso" los aspirantes que participen señalarán necesariamente
la letra "P".
3.6.3 Los aspirantes con minusvalías podrán indicarlo en la
solicitud, para lo cual utilizarán el recuadro número 7 del impreso
y solicitar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempos y
medios para la realización de los ejercicios, en caso de que sean
necesarias, expresándolo en el recuadro número 9.
3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
3.8 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan
hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar
su modificación mediante escrito motivado, dirigido al señor
Rector, dentro del plazo establecido por la base 3.2 para la
presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo no se admitirá
ninguna petición de esta naturaleza, salvo causa excepcional
sobrevenida, justificada y libremente apreciada por el Tribunal.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el
Rector de la Universidad de La Rioja dictará, en el plazo máximo
de un mes, Resolución que será publicada en el "Boletín Oficial
del Estado", declarando aprobada la lista provisional de admitidos
y excluidos, con expresión de las causas de exclusión, y se
indicarán los lugares y fechas de realización del primer ejercicio. Para
subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión
en la relación de admitidos y excluidos, los aspirantes dispondrán
de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente
al de la publicación de la citada Resolución, fecha que será
igualmente determinada para el cómputo de los plazos a efectos de
posibles impugnaciones y recursos.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen
el defecto determinante de la exclusión o aleguen la omisión,
justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos,
serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
4.2 En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto
de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los
aspirantes comprobarán no sólo que figuran en la relación de
excluidos, sino, además, que sus nombres constan en las
relaciones de admitidos.
4.3 Los derechos de examen serán reintegrados únicamente
a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de las
pruebas selectivas, practicándose de oficio tal devolución.
5. Tribunales
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas será el que figura
en el anexo II de esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo a la Presidenta del mismo, cuando concurran
en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes
a pruebas selectivas de acceso a la Función Pública en los cinco
años inmediatamente anteriores a la publicación de esta
convocatoria. La Presidenta podrá solicitar de los miembros del Tribunal
una declaración expresa de no hallarse incursos en las
circunstancias de abstención o recusación.
Asimismo los aspirantes podrán recusar a los miembros de
la Comisión cuando concurran las mismas circunstancias
anteriormente mencionadas, de conformidad con lo establecido en el
artículo 29 de la misma Ley.
5.3 El Tribunal podrá acordar la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas, cuando las circunstancias o el carácter
de alguna de las pruebas así lo aconseje, así como otro personal
colaborador para tareas materiales de vigilancia y organización.
5.4 El Tribunal adoptará las medidas precisas, de forma que
los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para
la realización de los ejercicios que el resto de los particulares.
En este sentido se establecerán, para las personas con minusvalías
que los soliciten en la forma prevista en la base 3.6.3, las
adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral,
sanitaria o de los órganos competentes de la Comunidad
Autónoma de La Rioja.
5.5 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de La
Rioja, avenida de la Paz, 93, Logroño, teléfono:
941/29 91 28-136.
El Tribunal dispondrá que en esta sede al menos una personal,
miembro o no del mismo, atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
6. Pruebas selectivas
6.1 La fase de oposición estará formada por los ejercicios
que a continuación se indican, siendo éstos eliminatorios:
6.1.1 Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito
de dos temas a elegir de entre tres, propuestos por el Tribunal
del programa que figura en el anexo I.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de tres
horas. El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión
pública.
Este primer ejercicio se calificará de cero a 10 puntos, siendo
necesario para aprobar obtener, como mínimo, cinco puntos.
6.1.2 Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución y
exposición por escrito de dos supuestos prácticos, a elegir por el
interesado entre cuatro propuestos por el Tribunal, relacionados con
los siguientes temas:
Gestión y evaluación.
Orientación bibliográfica.
Nuevas tecnologías en la información.
El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de tres
horas, y los aspirantes podrán utilizar los textos y apuntes que
consideren necesarios y que aporten al efecto, así como los medios
y recursos disponibles en el lugar que determine el Tribunal para
la realización de esta prueba.
Se valorará el rigor analítico, la sistemática, la capacidad de
búsqueda de soluciones alternativas y la claridad de ideas, en
orden a la elaboración de una propuesta razonada.
Este ejercicio se calificará de cero a cinco puntos cada uno
de los supuestos prácticos. Para aprobar será preciso obtener cinco
puntos, y no ser calificado con cero en ninguno de los supuestos.
6.1.3 Tercer ejercicio: Consistirá en la presentación de una
memoria en la que se desarrollará un proyecto vinculado a alguna
de las siguientes áreas orientativas: Servicios de la Biblioteca,
formación y gestión de colecciones, gestión del proceso técnico,
gestión de recursos humanos y económicos, evaluación de
servicios o procesos, formación de usuarios, automatización de
servicios bibliotecarios, instalaciones y equipamiento.
Dicha memoria deberá ser entregada al Tribunal en el momento
de la presentación a las pruebas del segundo ejercicio.
Este ejercicio se calificará de cero a 10 puntos, siendo necesario
para aprobar obtener, como mínimo, cinco puntos.
6.2 En la fase de concurso se valorarán los servicios
efectivamente prestados hasta la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, en Cuerpos o Escalas del grupo B,
con arreglo al siguiente baremo:
6.2.1 Antigüedad: La antigüedad del funcionario en los
Cuerpos o Escalas del grupo B, a que se refiere la base 2.2., se valorará
teniendo en cuenta los servicios prestados hasta la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, asignándose a
cada año completo de servicios efectivos una puntuación de 0,20
puntos, hasta un máximo de tres puntos.
6.2.2 Grado personal: Según el grado personal que se tenga
consolidado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento
de grado por la autoridad competente antes del día de finalización
del plazo de presentación de solicitudes, se otorgará la siguiente
puntuación: hasta el grado 18, 1,75 puntos, y por cada unidad
de grado que exceda de 18, 0,25 puntos, hasta un máximo de
cuatro puntos.
6.2.3 Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento
de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe
a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes,
se otorgará la siguiente puntuación; hasta el nivel 18, 1,50 puntos,
y por cada nivel que exceda de 18, 0,50 puntos, hasta un máximo
de seis puntos.
6.2.4 La calificación final de las pruebas vendrá determinada
por las sumas obtenidas en la fase de concurso y oposición.
6.3 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al
siguiente calendario:
6.3.1 Fase de oposición: El primer ejercicio de la oposición
se celebrará a partir de la segunda quincena del mes de junio.
6.3.2 El Tribunal publicará en el lugar de celebración del
primer ejercicio y en aquellos otros que estime oportuno, el
anuncio de celebración de los siguientes ejercicios con, al menos,
cuarenta y ocho horas de antelación a la fecha señalada para su
inicio.
7. Lista de aprobados
7.1 Concluido cada uno de los ejercicios obligatorios de la
fase de oposición correspondientes a estas pruebas selectivas, el
Tribunal hará públicas, en el lugar de celebración de los ejercicios
y en aquellos otros que estime oportuno, las relaciones de
aspirantes que hayan superado cada uno de ellos, con indicación de
la puntuación obtenida y del número del documento nacional de
identidad. Los opositores que no se hallen incluidos en tales
relaciones tendrán la consideración de no aptos.
7.2 La lista que contenga la valoración de méritos de la fase
de concurso se hará pública al mismo tiempo y en los mismos
lugares que la correspondiente al de la fase de oposición.
7.3 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal elevará al
Rector la propuesta definitiva de aspirantes aprobados por orden
de puntuación, en la que constarán las calificaciones de cada uno
de los ejercicios, la suma total y la puntuación obtenida en la
fase de concurso.
7.4 El Tribunal calificador no podrá aprobar ni declarar que
han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes
superior al de plazas convocadas por la presente Resolución. Cualquier
propuesta de aprobados que contravenga esta norma será nula
de pleno derecho.
8. Presentación de documentos
8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el
día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las relaciones
definitivas de aprobados, éstos presentarán, si procede, en el
Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de La Rioja, los
siguientes documentos:
a) Fotocopia debidamente compulsada del título
correspondiente, o certificado que acredite haber abonado los derechos
correspondientes para la expedición de dicho título.
b) Fotocopia del documento nacional de identidad.
8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera
estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y
demás requisitos ya probados para obtener su anterior
nombramiento, y cualquier otro extremo del que hubiese constancia en
su expediente personal.
8.3 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de
presentar los documentos expresados en la base anterior podrá
acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria
mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho.
8.4 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo caso de fuerza
mayor, no presentaren la documentación exigida, o del examen
de la misma se dedujere que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios
de carrera y quedarán anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio
de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en
la solicitud inicial.
9. Nombramiento de funcionarios de carrera de la Escala
Facultativa de Archivos y Bibliotecas
Concluidos los trámites establecidos en la base anterior, los
aspirantes aprobados serán nombrados funcionarios de carrera
de la Escala Facultativa de Archivos y Bibliotecas de la Universidad
de La Rioja, mediante resolución del Rectorado de la misma que
se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".
La toma de posesión de estos aspirantes se efectuará en el
plazo máximo de un mes, contado desde la fecha de dicha
publicación.
10. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de las actuaciones de los órganos de selección
podrán ser impugnados en lo casos y en la forma establecidos
en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Logroño, 22 de abril de 1999.-El Rector, Urbano Espinosa
Ruiz.
ANEXO I
Programa
1. Biblioteconomía
1.1 La formación profesional del bibliotecario en España.
Evolución y situación actual.
1.2 El concepto de biblioteca. Tipo de bibliotecas.
1.3 Las bibliotecas nacionales. La Biblioteca Nacional de
España.
1.4 Las bibliotecas universitarias. Bibliotecas universitarias
en España.
1.5 Gestión y desarrollo de la colección bibliográfica en las
bibliotecas universitarias.
1.6 El expurgo en la biblioteca.
1.7 Los catálogos automatizados. Características,
mantenimiento y evaluación.
1.8 El servicio de préstamo interbibliotecario. Situación en
España.
1.9 El servicio de referencia e información bibliográfica.
2. Fuentes de información científica
2.1 El Control Bibliográfico Universal.
2.2 Las bibliografías nacionales.
2.3 Fuentes de información en Ciencia y Tecnología.
2.4 Fuentes de información en Biomedicina.
2.5 Fuentes de información en Agricultura y alimentación.
2.6 Fuentes de información en Economía y Administración
de Empresas.
2.7 Fuentes de información en Ciencias Jurídicas.
2.8 Fuentes de información en Ciencias de la Educación.
2.9 Fuentes de información en Humanidades.
2.10 Internet y las bibliotecas Universitarias.
2.11 La información electrónica y sus repercusiones en las
bibliotecas.
3. Gestión de bibliotecas y organización bibliotecaria
3.1 Gestión de recursos humanos financieros en bibliotecas
universitarias.
3.2 Planificación de servicios bibliotecarios y gestión de
calidad.
3.3 Evaluación de los servicios bibliotecarios.
3.4 La automatización de los servicios bibliotecarios.
Planificación del proceso y etapas a seguir.
3.5 Los sistemas integrados de gestión bibliotecaria.
Características y criterios de valoración.
3.6 La cooperación bibliotecaria.
3.7 La bibliometría.
3.8 Situación actual de la industria editorial y el comercio
del libro en España.
3.9 La organización bibliotecaria española en la actualidad.
Las bibliotecas en La Rioja.
3.10 Legislación sobre el patrimonio bibliográfico y
documental en España.
ANEXO II
Tribunal calificador
Titulares:
Presidenta: Doña María Luisa Iriarte Vañó, Gerenta de la
Universidad de La Rioja.
Vocales en representación de la Universidad: Doña Marta
Magriñá Contreras, del Cuerpo Facultativo de Archiveros
Bibliotecarios y Arqueólogos; doña Isabel Zulueta Gurrea, de la Escala
de Gestión de Archivos y Bibliotecas; don Joaquín Roncero
Carrizosa, de la Escala de Gestión de la Hacienda Pública.
Vocales en representación de la Junta de Personal: Doña Eva
Iradier Santos, de la Escala de Técnicos Auxiliares de Biblioteca.
Secretario: Don Joaquín Roncero Carrizosa.
Suplentes:
Presidente: Don Miguel Argaiz Ramírez, Jefe del Servicio de
Control Presupuestario y Patrimonial de la Universidad de La
Rioja.
Vocales en representación de la Universidad: Don José Luis
Calvillo Sayas, de la Escala de Gestión de Archivos y Bibliotecas;
doña Yolanda Bañuelos Pérez, de la Escala de Gestión de Archivos
y Bibliotecas; doña Ana Eguizábal Herce, de la Escala de Técnicos
Auxiliares de Biblioteca.
Vocales en representación de la Junta de Personal: Doña María
Pilar Martínez Martínez, de la Escala de Técnicos Auxiliares de
Biblioteca.
Secretaria: Doña Ana Eguizábal Herce.
ANEXO III
D./D. a .....................................................,
con domicilio en...............................................,
y documento nacional de identidad número/NIF.................
Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario de carrera de la Escala facultativa de Archivos y
Bibliotecas de la Universidad de La Rioja, que no ha sido separado
del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que
no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
Logroño, a................. de ................. de199....
ANEXO IV
Don/doña.........................................................................................................................
Cargo................................................................................................................................
Centro directivo.......................................................................................................................
Unidad administrativa.................................................................................................................
Certifico: Que los antecedentes obrantes en este centro, relativos al opositor más adelante indicado se ajustan los siguientes extremos:
Apellidos y nombre................................................................................................................
Cuerpo o Escala a la que pertenece....................................................................................................
Número de documento nacional de identidad/número de identificación fiscal............................................................
Número de Registro de Personal.......................................................................................................
Destino actual........................................................................................................................
Antigüedad en el Cuerpo/Escala como funcionario/a de carrera a la fecha de publicación
de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado":
Años: Meses: Días:
Servicios previos reconocidos al amparo de la Ley 30/1978, de 26 de diciembre,
asimilados a dicho Cuerpo/Escala:
Años: Meses: Días:
Total:.............................................................................................................................
Grado personal consolidado y formalizado a la fecha de publicación de la convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado":
Nivel de complemento de destino del puesto de trabajo que ocupa a la fecha de
publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado":
(A cumplimentar por el órgano de selección)
Total puntuación fase de concurso.
Y para que conste, expido la presente certificación en:..............................................................................
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid