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Documento BOE-A-1999-10886

Orden de 4 de mayo de 1999 por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones Culturales de Competencia Estatal la denominada «Fundación Euroamérica».

Publicado en:
«BOE» núm. 115, de 14 de mayo de 1999, páginas 18246 a 18247 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-10886

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de inscripción en el Registro de Fundaciones Culturales de Competencia Estatal de la denominada «Fundación Euroamérica», instituida y domiciliada en Madrid, calle Serrano, número 63, 2.º

Antecedentes de hecho

Primero.

Por don José Juan Casas Castro, en su propio nombre y, además, en nombre y representación de «Banco Santander de Negocios, Sociedad Anónima»; don Salvador Martos Hinojosa, en su propio nombre y, además, en nombre y representación de la compañía mercantil anónima «Abengoa, Sociedad Anónima»; don Victorio Valle Sánchez, en su propio nombre y, además, en nombre y representación de Fundación de las Cajas de Ahorros Confederadas para la Investigación Económica y Social; don José Joaquín Herrero Aleixandre, en nombre y representación, como Apoderado, de la sociedad «Ibadesa Exportaciones y Servicios, Sociedad Anónima»; don Miguel Vergara Trujillo, en su propio nombre y, además, en nombre y representación, como mandatario verbal, de la sociedad «Alcatel España, Sociedad Anónima»; Lord Garel-Jones, doña Florentina María Peña Díaz, don Eduardo Peña Abizanda, don Carlos Solchaga Catalán, representado por doña Pilar Zugaza Izquierdo; don Francisco Javier Baviano Hernández, don Ángel Durández Adeva y don Román Antonio Ortega Gómez, representados por don Gonzalo Sosa Alguacil-Carrasco, se procedió a constituir una fundación de interés general, de carácter cultural, de ámbito estatal, con la expresada denominación en escritura pública, comprensiva de los Estatutos que han de regir la misma, ante el Notario de Madrid don Ángel Benítez-Donoso Cuesta, como sustituto de don Juan José Rivas Martínez, el día 14 de abril de 1999, complementada por otra escritura de ratificación, ante el mismo Notario y de fecha 19 de abril de 1999.

Segundo.

La «Fundación Euroamérica» tiene por objeto: a) Fomentar, difundir y desarrollar relaciones culturales, económicas y de cooperación para el desarrollo entre instituciones, entidades y empresas europeas y americanas, impulsando la cooperación entre Europa y América en los terrenos cultural, científico, económico, comercial y empresarial, b) Apoyar el comercio y las relaciones económicas y culturales entre América y Europa, actuando como centro efectivo de comunicación, información y contacto entre ambos continentes, c) Promover conferencias, encuentros, ferias y seminarios considerados convenientes para el conocimiento y el intercambio de relaciones culturales y socioeconómicas, d) Editar, publicar y distribuir revistas y otras publicaciones que tengan como finalidad favorecer el entendimiento entre Europa y América, e) Cualquier otra iniciativa que redunde en el progreso e incremento de las relaciones entre la sociedad americana y europea, prestando una atención prioritaria y un interés especial a la comunidad latinoamericana.

Tercero.

La dotación inicial de la Fundación, según consta en la escritura de constitución, asciende a la cantidad de 5.035.000 pesetas (30.260,95 euros), constando certificación de que dicha cantidad se encuentra depositada en entidad bancaria a nombre de la Fundación.

Cuarto.

El gobierno, administración y representación de la Fundación se encomienda a un Patronato, constituido como sigue: Presidente: Lord Garel-Jones; Vicepresidentes: Doña Florentina María Peña Díaz, don Eduardo Peña Abizanda y don Carlos Solchaga Catalán; Secretario: Don Francisco Javier Baviano Hernández; Tesorero: Don Ángel Durández Adeva, y Vocales: Don José Luis Leal Maldonado, don Jaime Carvajal y Urquijo, don Eugenio Triana García, don José Juan Casas Castro, don Miguel Vergara Trujillo, don Victorio Valle Sánchez, don Salvador Martos Hinojosa, don Román Antonio Ortega Gómez, doña Ana Patricia Botín Sanz de Sautuola Oshea, don Jorge Semprún Maura, don Carlos Espinosa de los Monteros Bernaldo de Quirós, don Daniel Ellis Franklin, don Edouard Balladur, doña Simone Annie Liline Veil, don Miguel Roca Junyent, don Peter Benjamín Mandelson, don Miguel Ángel Canalejo Larraínzar, don Juan Manuel Herrero Aleixandre, don Óscar Fanjul Martín y don Mario Alberto Nobre Lopes Soares, todos los cuales han aceptado expresamente sus cargos.

Quinto.

En los Estatutos de la «Fundación Euroamérica» se recoge todo lo relativo al gobierno y gestión de la misma.

Vistos la Constitución vigente, que reconoce en el artículo 34 el derecho de fundación para fines de interés general; la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General; el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero; el Real Decreto 765/1995, de 5 de mayo, por el que se regula determinadas cuestiones del régimen de incentivos fiscales a la participación privada en actividades de interés general, y el Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, y las demás disposiciones concordantes y de general y pertinente aplicación.

Fundamentos de Derecho

Primero.

De conformidad con lo establecido en el artículo 21.2 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero, es competencia del titular del Departamento de Educación y Cultura disponer la inscripción de las fundaciones culturales, facultad que tiene delegada en la Secretaría General del Protectorado de Fundaciones, por Orden de 31 de mayo de 1996 («Boletín Oficial del Estado» de 5 de junio).

Segundo.

El artículo 36.2 de la Ley 30/1994 establece que la inscripción de las fundaciones requerirá el informe favorable del órgano al que corresponda el ejercicio del Protectorado, en cuanto a la persecución de fines de interés general y a la suficiencia de la dotación; considerándose competente a tal efecto la Secretaría General del Protectorado del Ministerio de Educación y Cultura, de acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 22 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal.

Tercero.

Examinados los fines de la Fundación y el importe de la dotación, la Secretaría General del Protectorado de Fundaciones Culturales del Ministerio de Educación y Cultura estima que aquéllos son culturales y de interés general, que puede considerarse que la dotación es suficiente para la inscripción; por lo que, acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 36 de la Ley y demás formalidades legales, procede acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones,

Este Ministerio, a propuesta de la Secretaría General de Fundaciones Culturales, previo informe del Servicio Jurídico del Departamento, ha resuelto:

Inscribir en el Registro de Fundaciones Culturales la denominada «Fundación Euroamérica», de ámbito estatal, con domicilio en Madrid, calle Serrano, número 63, 2.º, así como el Patronato cuya composición figura en el número cuarto de los antecedentes de hecho.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 4 de mayo de 1999.‒P. D. (Orden de 31 de mayo de 1996), la Secretaria general del Protectorado de Fundaciones, Soledad Díez-Picazo Ponde de León.

Ilma. Sra. Secretaria general del Protectorado de Fundaciones.

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