Vistos los antecedentes de los centros privados de Educación Infantil
que se relacionan en anexo y que, de hecho, han cesado en sus actividades
docentes, extinguiéndose así su autorización,
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Aprobar, de oficio, la extinción de la autorización, de los
centros privados de Educación Infantil que se relacionan en el anexo a
la presente Orden, por no ejercer la actividad docente para la que fueron
autorizados.
Segundo.-Quedan sin efecto las disposiciones que autorizaron el
funcionamiento legal de dichos centros; siendo necesario para el caso de que
se instase la reapertura de los mismos dar cumplimiento a los preceptos
legales vigentes en materia de autorización de centros escolares privados.
Tercero.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25
y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Madrid, 12 de marzo de 1999.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17
de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación
Profesional, Roberto Mur Montero.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
ANEXO QUE SE CITA
Provincia: Madrid. Municipio: Madrid. Localidad: Madrid.
Denominación: "Santa Beatriz". Domicilio: Primera, 19. Titular: Doña Beatriz Stern
García Loygorri y dos más. Número de expediente: 13.174. Código:
28014351.
Provincia: Valladolid. Municipio: Valladolid. Localidad: Valladolid.
Denominación: "Ladybird". Domicilio: Plaza de Cuba, sin número. Titular:
Doña Elena González Barral y doña Teresa Prieto Riera. Número de
expediente: 14.817. Código: 47006211.
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