Visto el expediente de indulto de don Antonio Luis Lázaro Ojeda, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Las Palmas, en sentencia de fecha 6 de abril de 1994, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de cuatro meses y un día de arresto mayor y multa de 500.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1993; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de abril de 1999,
Vengo en indultar a don Antonio Luis Lázaro Ojeda, la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que pague la multa fijada en sentencia en el plazo que determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 23 de abril de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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