Visto el expediente de indulto de don Francisco García Castillo, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Barcelona, en
sentencia de fecha 30 de octubre de 1997, como autor de un delito de robo
con fuerza, a la pena de dos años de prisión, un delito de falsedad en
documento mercantil, a la pena de seis meses y un día de prisión y multa
de seis meses con cuota diaria de 300 pesetas, y un delito de estafa, a
la pena de seis meses de prisión, con las accesorias de inhabilitación
especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena,
por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta de la Ministra de Justicia
y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30
de abril de 1999,
Vengo en indultar a don Francisco García Castillo de la mitad de las
penas privativas de libertad impuestas, a condición de que no vuelva a
cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación
del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 30 de abril de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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