De conformidad con el artículo 7.4 del Real Decreto 636/1993, de 3
de mayo, y como consecuencia de la oferta de sometimiento al sistema
arbitral de consumo realizada por las empresas "Retevisión, Sociedad
Anónima"; "Centro de Formación Vial ZZ 98 Alberto, Sociedad Limitada"; "Minas
de Almadén y Arrayanes, Sociedad Anónima"; Autoescuela "Europa";
"Paradores de Turismo de España, Sociedad Anónima"; "Investigación
Neotecnológica y Desarrollo Español, Sociedad Limitada"; "Remolques
Marítimos, Sociedad Anónima"; "A. E. Ramos, Almonacid e Hidalgo, Sociedad
Limitada"; "Autoescuela Aranvial, Sociedad Limitada"; "Suministros
Urbasa, Sociedad Limitada"; Autoescuela "El Pinar"; "Autoescuela Cabrera,
Sociedad Limitada"; Autoescuela "Siselsa Garbe"; "Noroto, Sociedad
Anónima"; Autoescuela "Ramos"; Plamesur; "Juan Manuel Vicente, Sociedad
Limitada", con número de inscripción en la Junta Arbitral Nacional de
Consumo del 239 al 256, y "Cyberplaza, Sociedad Anónima"; "BCH-Vida,
Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros"; Clínica Dental Villacañas;
"Comercial Toribio, Sociedad Limitada"; "Motos Arqués, Sociedad
Limitada"; "Fujitsu Sorbus, Sociedad Anónima", con número de inscripción
en la Junta Arbitral Nacional de Consumo del 258 al 263, respectivamente,
se les otorga a las mismas el distintivo oficial.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 27 de abril de 1999.-El Presidente, Alberto Bercovitz
Rodríguez-Cano.
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