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Documento BOE-A-1999-11894

Resolución de 14 de mayo de 1999, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de junio de 1999 y se convocan las correspondientes subastas.

Publicado en:
«BOE» núm. 125, de 26 de mayo de 1999, páginas 19913 a 19914 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1999-11894

TEXTO ORIGINAL

La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 27 de enero de 1999 autoriza a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a emitir Deuda del Estado durante 1999 y enero de 2000, señalando los instrumentos en que podrá materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado denominados en euros, y estableciendo las reglas básicas a las que su emisión ha de ajustarse, que básicamente son una prórroga de las vigentes en 1998, adaptadas para las emisiones en euros por Orden de 23 de diciembre de 1998.

En virtud de las citadas normas, la Resolución de esta Dirección General de 28 de enero de 1999 reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado e hizo público el calendario de subastas ordinarias para 1999. Posteriormente, por Orden de 10 de febrero de 1999 y Resolución de 11 de febrero de 1999 se ha regulado la figura de Creador de Mercado de Deuda Pública del Reino de España y la participación de las entidades que tengan esta condición en las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado, modificándose el procedimiento establecido para la presentación de peticiones y el desarrollo de las segundas vueltas.

Para cumplimiento del calendario de emisiones es necesario fijar las características de Bonos y Obligaciones del Estado a tres, cinco, diez y quince años que se pondrán en circulación en el próximo mes de junio de 1999 y convocar las correspondientes subastas. En estas subastas, dada la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, a fin de completar el volumen que requieren las emisiones en la actualidad para garantizar su liquidez en los mercados secundarios, se ponen en oferta nuevos tramos de las referencias que vienen emitiendo, y que tienen la calificación de Bonos segregables, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 19 de junio de 1997.

Por todo ello, en uso de las autorizaciones contenidas en la Orden de 27 de enero de 1999,

Esta Dirección General ha resuelto:

1. Disponer las emisiones denominadas en euros de Bonos del Estado a tres y cinco años y de Obligaciones del Estado a diez y quince años en el mes de junio de 1999 y convocar las correspondientes subastas, que habrán de celebrarse de acuerdo con lo previsto en la Orden de 27 de enero de 1999, en las Resoluciones de 28 de enero, 11 de febrero y 15 de abril de 1999 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente Resolución.

2. Características de los Bonos y Obligaciones en euros que se emiten.

a) El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que establecieron la Resolución de esta Dirección General de 16 de julio de 1998 para las emisiones de Bonos del Estado a tres años al 4,25 por 100, vencimiento el 30 de julio de 2002, y de Bonos del Estado a cinco años al 4,50 por 100, vencimiento el 30 de julio de 2004; la Resolución de 15 de abril de 1999 para la emisión de Obligaciones del Estado a diez años al 4,0 por 100, vencimiento del 31 de enero de 2010, y la Resolución de 17 de noviembre de 1998 para la emisión de Obligaciones del Estado a quince años al 4,75 por 100, vencimiento el 30 de julio de 2014.

El primer cupón a pagar en los Bonos a tres y cinco años y Obligaciones a quince años que se emitan será, por su importe completo, el de 30 de julio de 2000. En las Obligaciones a diez años, el primer cupón a pagar será el de 31 de enero de 2000 y su importe se determinará, según lo previsto en la Resolución de 21 de abril de 1999, mediante la siguiente expresión:

MathML (base64):PG1hdGggbWF0aHNpemU9IjIwIj4KICAgIDxtdGV4dD5JbXBvcnRlIGEgcGFnYXI9PC9tdGV4dD4KICAgIDxtZnJhYz4KICAgICAgICA8bXJvdz4KICAgICAgICAgICAgPG10ZXh0PjAsMDQgJiN4RDc7IDI2NTwvbXRleHQ+CiAgICAgICAgPC9tcm93PgogICAgICAgIDxtcm93PgogICAgICAgICAgICA8bXRleHQ+MzY1PC9tdGV4dD4KICAgICAgICA8L21yb3c+CiAgICA8L21mcmFjPgogICAgPG10ZXh0PiYjeEQ3OyBzYWxkbyBub21pbmFsPC9tdGV4dD4KPC9tYXRoPg==

b) Los Bonos y Obligaciones en euros cuya emisión se dispone por la presente Resolución tienen la calificación de Bonos segregables. No obstante, está pendiente de aprobación, mediante Resolución de esta Dirección General, la autorización para el inicio de las operaciones de segregación y reconstitución de las Obligaciones a diez y quince años que se ponen en oferta.

3. Los titulares de cuentas a nombre propio en la Central de Anotaciones y las Entidades Gestoras con capacidad plena o restringida fomularán las peticiones entre las ocho treinta y las diez horas del día fijado para la resolución de las subastas, a través de la red informática de comunicaciones del Servicio de Liquidación del Banco de España, o por teléfono en caso de no disponer de la citada conexión. Los Creadores de Mercado de Deuda Pública del Reino de España, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de 11 de febrero de 1999, dispondrán de un período adicional de treinta minutos para presentar sus peticiones.

4. Las segundas vueltas de las subastas, a las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado de Deuda Pública del Reino de España, se desarrollarán entre la resolución de las subastas y las doce horas del segundo día hábil posterior a su celebración, conforme al procedimiento establecido en la Resolución de 11 de febrero de 1999.

5. Existiendo la posibilidad de formular ofertas no competitivas en las subastas que se convocan, según se prevé en el apartado 1.b) de la Resolución de 28 de enero de 1999, con posterioridad a la celebración de las subastas no existirá período de suscripción pública de la Deuda que se emite.

6. Según se determina en el punto 1 de la Resolución de 28 de enero de 1999, los Bonos y Obligaciones que se emitan se pondrán en circulación los días 7 y 8 de junio próximo, fechas de desembolso y adeudo en cuenta fijadas para los titulares de cuentas en la Central de Anotaciones, y se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas en el apartado 2.a) anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como única emisión a partir de su puesta en circulación.

7. En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo previsto en el apartado 5.8.3 de la Orden de 27 de enero de 1999 y en la Resolución de 15 de abril de 1999.

Madrid, 14 de mayo de 1999.−El Director general, Jaime Caruana Lacorte.

ANEXO
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado a tres años al 4,25 por 100, vencimiento 30 de julio de 2002

Subasta mes junio

(Porcentaje)

Precio Rendimiento bruto *
102,75 3,116
102,76 3,113
102,77 3,109
102,78 3,106
102,79 3,103
102,80 3,100
102,81 3,096
102,82 3,093
102,83 3,090
102,84 3,086
102,85 3,083
102,86 3,080
102,87 3,076
102,88 3,073
102,89 3,070
102,90 3,066
102,91 3,063
102,92 3,060
102,93 3,056
102,94 3,053
102,95 3,050
102,96 3,047
102,97 3,043
102,98 3,040
102,99 3,037
103,00 3,033
103,01 3,030
103,02 3,027
103,03 3,023
103,04 3,020
103,05 3,017
103,06 3,013
103,07 3,010
103,08 3,007
103,09 3,004
103,10 3,000
103,11 2,997
103,12 2,994
103,13 2,990
103,14 2,987
103,15 2,984
103,16 2,980
103,17 2,977
103,18 2,974
103,19 2,971
103,20 2,967
103,21 2,964
103,22 2,961
103,23 2,957
103,24 2,954
103,25 2,951

* Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado a cinco años al 4,50 por 100, vencimiento 30 de julio de 2004

Subasta mes junio

(Porcentaje)

Precio Rendimiento bruto *
104,50 3,394
104,51 3,392
104,52 3,390
104,53 3,388
104,54 3,386
104,55 3,384
104,56 3,382
104,57 3,380
104,58 3,378
104,59 3,375
104,60 3,373
104,61 3,371
104,62 3,369
104,63 3,367
104,64 3,365
104,65 3,363
104,66 3,361
104,67 3,359
104,68 3,357
104,69 3,355
104,70 3,353
104,71 3,350
104,72 3,348
104,73 3,346
104,74 3,344
104,75 3,342
104,76 3,340
104,77 3,338
104,78 3,336
104,79 3,334
104,80 3,332
104,81 3,330
104,82 3,328
104,83 3,326
104,84 3,323
104,85 3,321
104,86 3,319
104,87 3,317
104,88 3,315
104,89 3,313
104,90 3,311
104,91 3,309
104,92 3,307
104,93 3,305
104,94 3,303
104,95 3,301
104,96 3,299
104,97 3,296
104,98 3,294
104,99 3,292
105,00 3,290

* Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a diez años al 4,00 por 100, vencimiento 31 de enero de 2010

Subasta mes junio

(Porcentaje)

Precio Rendimiento bruto *
96,25 4,489
96,30 4,483
96,35 4,477
96,40 4,470
96,45 4,464
96,50 4,458
96,55 4,452
96,60 4,446
96,65 4,440
96,70 4,434
96,75 4,427
96,80 4,421
96,85 4,415
96,90 4,409
96,95 4,403
97,00 4,397
97,05 4,391
97,10 4,385
97,15 4,378
97,20 4,372
97,25 4,366
97,30 4,360
97,35 4,354
97,40 4,348
97,45 4,342
97,50 4,336
97,55 4,330
97,60 4,324
97,65 4,318
97,70 4,312
97,75 4,306
97,80 4,300
97,85 4,294
97,90 4,287
97,95 4,281
98,00 4,275
98,05 4,269
98,10 4,263
98,15 4,257
98,20 4,251
98,25 4,245
98,30 4,239
98,35 4,233
98,40 4,227
98,45 4,221
98,50 4,215
98,55 4,209
98,60 4,203
98,65 4,197
98,70 4,191
98,75 4,185

* Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a quince años al 4,75 por 100, vencimiento 30 de julio de 2014

Subasta mes junio

(Porcentaje)

Precio Rendimiento bruto *
98,75 4,805
98,80 4,800
98,85 4,795
98,90 4,790
98,95 4,786
99,00 4,781
99,05 4,776
99,10 4,772
99,15 4,767
99,20 4,762
99,25 4,757
99,30 4,753
99,35 4,748
99,40 4,743
99,45 4,739
99,50 4,734
99,55 4,729
99,60 4,724
99,65 4,720
99,70 4,715
99,75 4,710
99,80 4,706
99,85 4,701
99,90 4,696
99,95 4,692
100,00 4,687
100,05 4,682
100,10 4,678
100,15 4,673
100,20 4,668
100,25 4,664
100,30 4,659
100,35 4,654
100,40 4,650
100,45 4,645
100,50 4,641
100,55 4,636
100,60 4,631
100,65 4,627
100,70 4,622
100,75 4,617
100,80 4,613
100,85 4,608
100,90 4,604
100,95 4,599
101,00 4,594
101,05 4,590
101,10 4,585
101,15 4,581
101,20 4,576
101,25 4,571

* Rendimientos redondeados al tercer decimal.

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