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Documento BOE-A-1999-11996

Orden de 20 de mayo de 1999 por la que se resuelve concurso de méritos, referencia 4G/99, convocado por Orden de 8 de marzo de 1999.

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 28 de mayo de 1999, páginas 20287 a 20289 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1999-11996

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 8 de marzo de 1999 ("Boletín Oficial del Estado"

del 18), corrección de errores y erratas en el "Boletín Oficial del

Estado" del 30 y corrección de errata en "Boletín Oficial del Estado"

de 1 de abril, se convocó concurso de méritos referencia 4G/99,

para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el

Departamento y, de acuerdo con lo previsto en la base décima de dicha

convocatoria, así como en el artículo 47.1 del vigente Reglamento

General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración

General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y

Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo, en lo que se refiere al plazo de resolución del

presente concurso, y habiéndose cumplido cuantos requisitos y

procedimientos se establecen en las bases de la convocatoria

mencionada, que recogen lo prevenido en el mencionado Reglamento

General de 10 de marzo de 1995, sobre plazo de presentación

de instancias, examen de las mismas, valoración de méritos

alegados según baremo establecido y previa propuesta elaborada por

la correspondiente Comisión de valoración a la que hace referencia

la base octava de la citada Orden de 8 de marzo de 1999,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.-Resolver la convocatoria y aprobar la propuesta de

la Comisión de valoración de méritos, adjudicando los puestos

de trabajo que se relacionan en el anexo a los funcionarios que

asimismo se especifican.

Segundo.-Declarar desiertos los puestos que se indican en

el citado anexo.

Tercero.-El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles,

si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes,

si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente

al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles

siguientes a la publicación de la presente Orden.

Cuarto.-Si la resolución comporta el reingreso al servicio

activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde la

publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial del Estado". No

obstante, aquellos funcionarios que hayan obtenido destino desde

la situación de servicios especiales o de excedencia para el cuidado

de hijos tendrán derecho, mientras duren las citadas situaciones,

a la reserva del nuevo destino, sin que para ello sea preciso

formalizar la toma de posesión del mismo hasta tanto se haga efectivo

el reingreso al servicio activo.

Quinto.-El personal que ha obtenido destino a través de este

concurso no podrá participar en concursos de méritos que

convoque tanto la Administración del Estado como las Comunidades

Autónomas hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma

de posesión del puesto que se les adjudique en la presente Orden,

salvo lo prevenido por el apartado 2 del artículo 41 del citado

Reglamento General.

Sexto.-Los destinos adjudicados se consideran de carácter

voluntario y, en consecuencia, no generan derecho al abono de

indemnización por concepto alguno.

Séptimo.-Contra el presente acto, que pone fin a la vía

administrativa, podrán recurrir potestativamente en reposición ante el

titular del Departamento en el plazo de un mes, o interponer

recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado

Central de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses,

contados ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación

en el "Boletín Oficial del Estado", no pudiendo interponerse este

último hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya

producido su desestimación presunta, conforme a lo dispuesto en

los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

según redacción dada a los mismos por la Ley 4/1999, de 13

de enero, así como en los artículos 9 y 46 de la Ley 29/1998,

de 13 de julio.

Madrid, 20 de mayo de 1999.-P. D. (Orden de 25 de

septiembre de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 27), el

Subsecretario, Claro José Fernández-Carnicero González.

Subdirección General de Recursos Humanos.

ANEXO: (Ver imágenes páginas 20288 a 20289).

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