Uno.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 39.2 de
la Ley de Reforma Universitaria, y en el artículo 2.4 del Real
Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, por el que se regulan los
concursos para la provisión de plazas de los Cuerpos Docentes
Universitarios, el Rector de la Universidad Pública de Navarra ha
resuelto convocar a concurso las plazas de Profesorado
Universitario que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución.
Dos.-Dichos concursos se regirán por lo dispuesto en la Ley
Orgánica 11/1983, de Reforma Universitaria, de 25 de agosto
("Boletín Oficial del Estado" de 1 de septiembre); Real Decreto
1888/1984, de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado"
de 26 de octubre), modificado por el Real Decreto 1427/1986,
de 13 de junio ("Boletín Oficial del Estado" de 11 de julio), y
por la legislación general de funcionarios civiles del Estado, y
se tramitarán independientemente para cada uno de los concursos
convocados.
Tres.-Para ser admitidos a los concursos los solicitantes
deberán reunir los siguientes requisitos generales:
a) Tener la nacionalidad española o la de cualquier otro
Estado miembro de la Unión Europea. Asimismo podrán presentarse
los nacionales de aquellos Estados a los que, en virtud de tratados
internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por
España sea de aplicación de libre circulación de trabajadores en
los términos en que ésta se halla definida en el Tratado constitutivo
de la Comunidad Europea.
b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber cumplido los
sesenta y cinco años de edad.
c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de la Administración del Estado o de la Administración
Local, Autónoma o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el
ejercicio de funciones públicas.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el
desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de
Universidad.
La documentación que acredite reunir estas condiciones deberá
ser presentada por aquellos candidatos que hayan superado las
pruebas en el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir
la actuación de la Comisión.
Cuatro.-Asimismo, los solicitantes deberán reunir las
condiciones específicas que se señalan a continuación:
a) Para concursar a las plazas de Catedrático, Profesor Titular
de Universidad y Catedrático de Escuela Universitaria, tener título
de Doctor. Para las plazas de Titular de Escuela Universitaria,
ser Licenciado, Ingeniero o Arquitecto Superior. También podrán
concursar para las plazas de Titular de Escuela Universitaria en
las áreas de conocimiento relacionadas en el anexo de la Orden
de 28 de diciembre de 1984 los Diplomados, Arquitectos Técnicos
e Ingenieros Técnicos.
b) Cuando estando en posesión del título de Doctor se
concurra a plazas de Catedrático de Universidad, conforme a lo
previsto en el artículo 4. o , 1, c), del Real Decreto 1888/1984, de
26 de septiembre, y no se pertenezca a ninguno de los Cuerpos
que en el mismo se señalan, los interesados deberán acreditar
haber sido eximidos de este requisito.
c) Cuando la plaza convocada a concurso de méritos sea de
Catedrático de Universidad, de Profesor Titular de Universidad,
de Catedrático de Escuela Universitaria, o de Profesor Titular de
Escuela Universitaria, podrán concursar los Profesores del Cuerpo
a que corresponde la plaza convocada.
d) Cuando la plaza convocada a concurso de méritos sea de
Profesor Titular de Universidad o de Catedrático de Escuela
Universitaria, podrán concursar únicamente Profesores que ya
pertenezcan a estos Cuerpos.
e) De acuerdo con la disposición transitoria sexta de la Ley
de Reforma Universitaria, a los concursos de méritos para
Catedráticos de Escuelas Universitarias podrán concurrir, además de
los indicados en el apartado c) de la base cuarta de la convocatoria,
y no obstante lo dispuesto en el artículo 36.1 de la Ley de Reforma
Universitaria, los antiguos miembros del Cuerpo extinguido de
Catedráticos de Institutos Nacionales de Enseñanza Media.
f) De acuerdo con la disposición transitoria tercera del Real
Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, a los concursos de
méritos de Catedráticos de Escuela Universitaria podrán concurrir
los antiguos miembros del Cuerpo extinguido de Profesores
Agregados de Escuela Universitaria con título de Doctor.
g) De acuerdo con el artículo 39.4 de la Ley de Reforma
Universitaria, a los concursos de méritos para Profesores Titulares
de Universidad y Catedráticos de Escuela Universitaria podrán
presentarse los Catedráticos Numerarios de Bachillerato que estén
en posesión del título de Doctor.
h) A los concursos de méritos de Profesores Titulares de
Escuela Universitaria podrán presentarse los Catedráticos
Numerarios de Bachillerato.
La concurrencia de estas condiciones específicas deberá estar
referida siempre a una fecha anterior a la expiración del plazo
fijado para solicitar la participación en el concurso. La
documentación que lo acredite deberá ser presentada junto con la instancia
a que hace referencia el punto cinco.
Cinco.-Quienes deseen tomar parte en el concurso remitirán
la correspondiente solicitud al Rector de la Universidad Pública
de Navarra por cualquiera de los procedimientos establecidos en
el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (las
instancias presentadas en las oficinas de correo deberán observar,
como requisito de admisión, el procedimiento establecido en el
artículo 205.3 del Reglamento de los Servicios de Correos: Las
instancias se presentarán en sobre abierto para que el empleado
estampe el sello de fechas en la parte superior izquierda del
documento principal), en el plazo de veinte días hábiles, contados desde
el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el "Boletín
Oficial del Estado", mediante instancia, ajustada al modelo del
anexo II de la presente convocatoria y debidamente
cumplimentada junto con los documentos que acrediten reunir los requisitos
para participar en el concurso. Los aspirantes deberán justificar,
en su caso, mediante resguardo original, haber abonado la
cantidad de resguardo original, haber abonado la cantidad de 3.000
pesetas por derechos de examen y formación de expediente
mediante giro postal o telegráfico que deberá remitirse al
Negociado de Personal Docente (Campus de Arrosadía, sin número,
31006 Pamplona). Igualmente podrá realizarse el abono mediante
pago en efectivo en el mismo Negociado.
Seis.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, este
Rectorado, por cualquiera de los procedimientos establecidos en
la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, remitirá a todos los
aspirantes relación completa de admitidos y excluidos con indicación
de las causas de exclusión. Contra dicha resolución, aprobando
la lista de admitidos y excluidos, los interesados podrán presentar
reclamación ante el Rector, en el plazo de quince días hábiles
a contar desde el siguiente al de la notificación de la lista de
admitidos y excluidos.
Siete.-El currículum vitae, a entregar en el acto de presentación
ante la Comisión, por quintuplicado, deberá ajustarse al modelo
que les facilitará la Universidad.
Pamplona, 6 de mayo de 1999.-El Rector, Antonio Pérez
Prados.
ANEXO I
Catedráticos de Universidad
Número 372. Número de plazas: Una. Área de conocimiento:
"Didáctica de la Expresión Plástica". Departamento: Psicología y
Pedagogía. Actividad docente: Procesos en la creación de la
imagen plástica: Sus repercusiones didácticas. Clase de convocatoria:
Concurso ordinario.
Número 373. Número de plazas: Una. Área de conocimiento:
"Teoría de la Señal y Comunicaciones". Departamento: Ingeniería
Eléctrica y Electrónica. Actividad docente: Señales y sistemas de
transmisión. Clase de convocatoria: Concurso ordinario.
Profesores Titulares de Universidad
Número 374. Número de plazas: Una. Área de conocimiento:
"Economía Aplicada". Departamento: Economía. Actividad
docente: Economía Aplicada. Clase de convocatoria: Concurso de
méritos.
Número 375. Número de plazas: Dos. Área de conocimiento:
"Organización de Empresas". Departamento: Gestión de Empresas.
Actividad docente: La propia del área. Clase de convocatoria:
Concurso ordinario.
Número 376. Número de plazas: Una. Área de conocimiento:
"Derecho Mercantil". Departamento: Derecho Privado. Actividad
docente: La propia del área. Clase de convocatoria: Concurso
ordinario.
Número 377. Número de plazas: Una. Área de conocimiento:
"Derecho Internacional Privado". Departamento: Derecho Privado.
Actividad docente: La propia del área. Clase de convocatoria:
Concurso ordinario.
Número 378. Número de plazas: Una. Área de conocimiento:
"Historia Contemporánea". Departamento: Geografía e Historia.
Actividad docente: Historia Política y Social Contemporánea.
Clase de convocatoria: Concurso ordinario.
Número 379. Número de plazas: Una. Área de conocimiento:
"Historia Medieval". Departamento: Geografía e Historia. Actividad
docente: La propia del área. Clase de convocatoria: Concurso
ordinario.
Número 380. Número de plazas: Una. Área de conocimiento:
"Física de la Materia Condensada". Departamento: Física.
Actividad docente: La propia del área. Clase de convocatoria:
Concurso ordinario.
Número 381. Número de plazas: Una. Área de conocimiento:
"Ingeniería Mecánica". Departamento: Ingeniería Mecánica,
Energética y de Materiales. Actividad docente: Mecánica del Sólido
Rígido. Clase de convocatoria: Concurso ordinario.
Número 382. Número de plazas: Una. Área de conocimiento:
"Álgebra". Departamento: Matemática e Informática. Actividad
docente: Álgebra Lineal y Representaciones de Grupos. Clase de
convocatoria: Concurso ordinario.
Número 383. Número de plazas: Una. Área de conocimiento:
"Didáctica de la Expresión Musical". Departamento: Psicología y
Pedagogía. Actividad docente: Didáctica de la Expresión Musical
y prácticas docentes en Educación Primaria. Clase de
convocatoria: Concurso ordinario.
ANEXO: (Ver imagen página 20354).
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